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Condenado a 23 años de cárcel por matar a un hincha de Peñarol durante un festejo por aniversario

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Fiscalía general de la nación. Foto: Estefanía Leal
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FALLO DA LA RAZÓN A FISCALÍA

Un Tribunal de Apelaciones ratificó la pena impuesta por un crimen ocurrido en 2019 en una plaza de Tacuarembó.

Es la madrugada del 28 de setiembre de 2019. En la plazoleta ubicada en Timoteo Aparicio entre Juan Ortiz y Barsabas Ríos, en la ciudad de Tacuarembó, están reunidas aproximadamente unas 30 personas. Se habían juntado en ese lugar para festejar el cumpleaños del Club Atlético Peñarol. Un rato antes habían estado en otra plaza. En determinado momento llega al lugar un hombre que había estado tomando alcohol y acto seguido comienza a “molestar” a los jóvenes que se habían reunido y celebraban bajo el ritmo de un tambor.

La situación del hombre que llegó para “molestar”, en palabras del fallo judicial, deriva en una discusión y algunas personas le piden que se vaya del lugar para que el grupo pueda seguir festejando el cumpleaños del club aurinegro. Pero el hombre no solo sigue con la discusión, sino que saca un cuchillo y ataca a un joven provocándole lesiones. Pero luego agrede a otro joven de 22 años y provoca la tragedia: un asesinato.

Causa de muerte: “herida de arma blanca en el tórax”, determinó el médico forense. El homicida, luego de atacar a dos personas, se va de la plaza.

Unas horas más tarde, ese mismo 28 de setiembre, fue detenido por la Policía a la altura de la rambla. En el bolsillo de la campera el hombre tenía un cuchillo con mango de plástico y de una hoja de aproximadamente 15 centímetros. Era el que había usado para atacar a dos de la treintena de jóvenes que se había reunido en la plazoleta.

El caso generó gran conmoción en Tacuarembó. “En medio de los festejos hubo una riña y resultó muerto un chico de 22 años por una herida de arma blanca”, había indicado en ese entonces la fiscal de 2° Turno de Tacuarembó, Claudia Lete, a cargo del caso. También aclaró que no se había tratado de un enfrentamiento producto de una rivalidad futbolística.

Condena.

El año pasado, luego de un juicio oral en el marco del esclarecimiento del caso, la fiscal Lete presentó su teoría de cómo habían ocurrido los hechos y pidió a la Justicia que se condenara al agresor a 25 años de cárcel por ser el autor de un homicidio muy especialmente agravado.

Un policía baja de un patrullero portando esposas. Foto: Fernando Ponzetto
Un policía baja de un patrullero portando esposas. Foto: Fernando Ponzetto

La Justicia, en primera instancia, hizo lugar al pedido de la Fiscalía y redujo levemente la pena. El homicida fue condenado en 2020 a 23 años de penitenciaría. Pero luego, la defensa del autor del crimen apeló la decisión judicial y el caso recayó en el Tribunal de Apelaciones. En la apelación se argumentó que no se trató de un homicidio muy especialmente agravado, sino más bien de un homicidio “ultraintencional”.

En el fallo del tribunal, al que accedió El País, se explica que la defensa del condenado sostuvo como argumento en la apelación que “aun partiendo del hecho (de) que efectivamente el acusado fue el autor de la lesión que le ocasionó la muerte a la víctima, eso fue en el contexto de una riña, por lo que se trataría de un homicidio ultraintencional”. Es decir que la defensa entiende que la muerte era un posible resultado de esa lesión. En caso de darle la razón en su argumento, la pena sería más leve.

La defensa afirmó que a su juicio no hubo un “impulso de brutal ferocidad” y reclamó que se tuvieran en cuenta los atenuantes de legítima defensa incompleta -por tratarse de una riña que terminó en homicidio- y también el atenuante de “embriaguez voluntaria” del agresor -ya que la persona estaba en estado de ebriedad cuando acuchilló a las dos personas.

La Fiscalía, en tanto, expuso ante el tribunal que no hubo un homicidio ultraintencional sino un homicidio muy especialmente agravado y reafirmó que se había dado la agravante de la “brutal ferocidad”. En el fallo del tribunal se explica que la Fiscalía “manifestó su oposición a los atenuantes reclamados” y también al “abatimiento de la pena” que pidió la defensa del condenado.

Tribunal.

Lo ministros firmantes del Tribunal de Apelaciones determinaron en un reciente fallo que “con la unánime voluntad de sus miembros” se confirme la condena de primera instancia para el autor del homicidio. Es decir, que se mantenga firme la pena de 23 años de penitenciaría para el hombre por un delito de homicidio muy especialmente agravado.

Según se establece en el fallo, “los agravios de la defensa (del condenado) carecen de eficacia enervante de la decisión adoptada” y, a juicio de los ministros del tribunal, la “Fiscalía logró demostrar su punto de vista, con la certeza requerida para el dictado de una sentencia de condena”.

La defensa del condenado “no probó su teoría del caso relativa a un homicidio ultraintencional”, considera el tribunal. Y allí se especifica que el agresor “actuó con consciencia y voluntad por lo que su intención de dar muerte se ajustó al desenlace fatal”.

Además, agrega que esta persona salió de su casa con un cuchillo y fue directo a la plaza donde estaba reunido el grupo festejando. Una vez allí “los molestó”, y “a pesar de los reiterados pedidos de estos para que se retirara del lugar, no lo hizo, procediendo por el contrario a lesionar a una persona y dar muerte a otra”.

El tribunal especifica que “se advierte al respecto la ausencia manifiesta de una causa para la agresión, resultando los motivos ilógicos, insignificantes, fútiles”.

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