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Chau “zona gris”: Policía no tiene que esperar orden de un fiscal para actuar ante denuncia

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Fiscalía General de la Nación. Foto: Archivo El País

Instrucción inédita de Jorge Díaz

u201cLa autoridad policial una vez que toma conocimiento de un hecho denunciado puede y debe actuaru201d, indicó la Fiscalía General de la Nación en una instrucción. 

Desde la implementación del nuevo Código del Proceso Penal (CPP) en noviembre pasado se señaló desde la Policía una u201czona grisu201d. Es que algunos sostenían que desde la aparición del nuevo código la Policía debía esperar a tener la luz verde de un fiscal para actuar ante la denuncia de un ilícito.

Este jueves u2013y u201cen un hecho sin precedentesu201d- la Fiscalía General de la Nación u201cdictó la primera instrucción general a la Policía Nacional en el marco de las competencias atribuidas en el nuevo Código del Proceso Penalu201d.

En la instrucción se subraya que la aparición del nuevo CPP u201cno supuso modificaciones sustanciales en la labor de investigación de los efectivos policialesu201d.

"La autoridad policial una vez que toma conocimiento de un hecho denunciado puede y debe actuar (artículo 94 de la ley N° 18.315) teniendo presente que si son necesarias diligencias que requieran actuación fiscal o judicial deberán comunicarse de inmediato con el fiscal preasignado al caso", se añade. La negrita y los subrayados son del texto original.

u201cLa formalidad de la denuncia puede ser antes, durante o posterior a la misma, pero nunca será un requisito para el inmediato accionar policialu201d, subraya.

u201cLa policía debe actuar en forma inmediata y con la mayor diligencia para impedir cualquier hecho ilícito y luego proceder a la documentación de la denuncia. Ocurrido un hecho punible, las primeras actuaciones desde la comisión de un delito resultan fundamentales para el trabajo investigativo y para una persecución penal eficaz. Por lo cual, se estima de relevancia remarcar la importancia de las diligencias policiales a realizar ante un hecho con apariencia delictivau201d, suma.

La instrucción u2013con fecha 21 de agosto, firmada por el Fiscal de Corte, Jorge Díaz y dirigida al director de la Policía Nacional, Mario Layera- indica: "La legislación vigente establece que la Fiscalía General de la Nación ejercerá la dirección de la investigación de crímenes y delitos, así como la actuación en esta actividad de la Policía Nacional, la Prefectura Nacional Naval, de la Policía Aérea Nacional y demás autoridades con funciones de policía judicial (artículos 45 del CPP y 13 de la ley 19.483)u201d.

"Esto constituye uno de los grandes cambios que trae aparejado la implementación del sistema acusatorio e implica una actuación conjunta y comunicación permanente (...) por lo que se entiende conveniente establecer criterios generales de investigación", se añade, según el texto disponible en el sitio web de la Fiscalía.

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