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Caso viuda negra: dinero fue usado en remedios

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Los abogados de la mujer procesada señalaron que ésta y su esposo, hoy fallecido, afrontaron solos los gastos del tratamiento. Foto: F. Ponzetto

INVESTIGACIÓN

Mujer apeló: “No se retiraron US$ 60.000; mi pareja pasó fondos de una cuenta a otra”.

El caso repercutió en Rivera. Fue protagonizado por una pareja de comerciantes y los dos hijos del hombre que falleció de cáncer en 2015. Se trata de una familia muy reconocida en la capital riverense.

El miércoles 13, después de un mes de requerida porque no se presentó en el Juzgado, la jueza penal Fanny Canessa procesó con prisión domiciliaria a la mujer por un delito de abuso de inferioridad psicológica de un incapaz por supuestamente obligarlo a retirar US$ 60.000 de una cuenta bancaria el 28 de setiembre de 2015. El empresario falleció un mes más tarde.

En forma simultánea, los hijos del hombre fallecido le iniciaron un juicio civil a la mujer reclamando varios inmuebles de su padre ubicados en la ciudad de Rivera.

Los abogados Ronald Vázquez y Mauricio Andrade, en representación de la mujer, apelaron el dictamen de la Justicia Penal alegando que esta tomó en cuenta para el procesamiento las declaraciones de un solo testigo -una de las cuidadoras del empresario enfermo- y no las afirmaciones de otros cuidadores y asistentes.

La apelación, a la que tuvo acceso El País, señala que los hijos denunciaron los supuestos hechos delictivos de la mujer cuando pasaron ocho meses de la muerte del empresario Y advierte que la denuncia se realiza “casualmente” cuando a los hijos les llega una demanda civil de la mujer para aclarar la situación patrimonial del empresario fallecido y ella.

“El único fin perseguido por los denunciantes es castigar a la procesada, como lo hicieron con su padre durante 13 años, por “exigir” lo que por derecho le corresponde, obedeciendo a una finalidad claramente económica”, reza la apelación.

Y aclara que nunca existió el retiro de US$ 60.000 al que alude la jueza en su auto de procesamiento.

“(El hombre enfermo) jamás retiró esa suma, sino que como surge del expediente ese día (28 de setiembre de 2015) transfirió de una cuenta del BBVA hacia otra cuenta propia en el mismo banco la suma de US$ 60.000. Y agrega que los denunciantes -los dos hijos del empresario fallecido- tenían bien en claro que su padre administraba su dinero y sus cuentas.

También sostiene que el empresario se presentó solo ante la oficial de cuentas del banco.

“No fue ni arrastrado ni llevado a la fuerza. Estaba totalmente consciente y decidió transferir las utilidades de su negocio a su “cuenta de gastos” obedeciendo claramente a sus necesidades de cubrir los cuantiosos gastos de su tratamiento”, señala otro tramo de la apelación realizada por los abogados Vázquez y Andrade.

En marzo de 2015, al empresario, de 70 años, le diagnosticaron leucemia mieloide aguda (en la médula ósea). Desde el diagnóstico a su posterior deceso, pasaron siete meses. Los últimos meses de vida del empresario transcurrieron con entradas y salidas al Sanatorio Americano. Luego de meses de internación y de un tratamiento agresivo, el empresario le solicitó en forma reiterada a su médica tratante que le permitiera estar unos días en su apartamento. Como se trataba de un paciente terminal, la profesional accedió a autorizarlo. Poco después falleció.

Discrepancia

Los abogados Vázquez y Andrade insisten en que ningún momento su defendida vistió a su esposo moribundo y lo llevó a un taxi a un banco a retirar US$ 60.000 como lo señala la Justicia en su auto de procesamiento. “La procesada solo solicitó un taxi para su pareja. Testigos señalan que él ingresó al banco y realizó solo la transferencia de dinero”, expresa el documento.

También advierten que la jueza “se equivoca” al asegurar el cuadro psiquiátrico del empresario enfermo. “No es correcto lo establecido en el auto de procesamiento, pues al empresario lo atendía un sicólogo y en su testimonio, este nada expresa respecto al supuesto cuadro depresivo del empresario”, agrega la apelación.

Al referirse a los testigos, la jueza considera “únicamente” el testimonio de la cuidadora F., única en mencionar los supuestos malos tratos y abusos constantes de la mujer al empresario enfermo.

“Omite considerar a los otros testigos (también asistentes y acompañantes del enfermo), quienes cubrían los restantes turnos y acompañaron todo el proceso, inclusive el día donde ocurre el supuesto abuso”, señala el documento.

Con respecto a los bienes, la apelación sostiene que la pareja compartía todo desde que comenzó la relación, apoyándose mutuamente.

Después que lograron cierta solvencia, comenzaron a adquirir bienes, manejaban cuentas en común y por separado y realizaban tres o cuatro viajes por año, agrega.

Y advierte que la denuncia de un supuesto maltrato realizado por la mujer a su marido enfermo fue tomada como “excusa” por los denunciantes para obtener un beneficio económico: “Una vez dictado el auto de procesamiento (de la mujer) hubo contacto por parte de los denunciantes para llegar a un arreglo económico”.

Una historia de un conflicto teñido por intereses económicos

El escrito de apelación del auto de procesamiento de la mujer la emprende contra los hijos del empresario fallecido desnudando los conflictos que estos mantenían primero con su padre y luego ella como pareja del hombre. Además realiza una lista de supuestos desencuentros entre padre e hijos por motivos económicos desde que falleció la esposa del empresario en 2001.

“Los problemas económicos entre padres e hijos vienen de larga data, tuvo que “exigir” a sus hijos” que le entregasen bienes, insiste el documento.

Sostiene que los hijos “nada hicieron” cuando, cuatro semanas antes de morir, recibieron información de supuestos malos tratos recibidos por el padre de parte de la pareja. “Uno de los hijos, un hombre de 43 años, solamente atina a revisar las cuentas y sacar de la cuenta de su padre el saldo que restaba estando este con vida. Pero nada más hace al respecto”, dice la apelación. Y advierte: “No se toma el primer ómnibus a Montevideo, no llama a los demás cuidadores, tampoco pone en conocimiento de la Policía o ya sea dirigirse hacia cualquiera que lo pudiera ayudar”, agrega.

“Los denunciantes no se preocuparon por poner fin a los padecimientos de su padre. Solo se fijaron en que faltaba plata de la cuenta”, reitera.

Con respecto al procesamiento de la mujer, dice que la Justicia no tomó en cuenta el principio “último ratio” (intervención mínima del Derecho Penal) en una causa “teñida de intereses económicos”.

Y agrega que el fallo tampoco consideró el principio “in dubio pro reo” (valorar la prueba a favor del acusado), ya que se ponderó la declaración de un único testigo por sobre otros testimonios.

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