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Archivo de casos: expertos apoyan decisión de Corte

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La Corte constató la existencia de un número "significativo" de casos paralizados bajo el régimen del viejo CPP. Foto: F. Ponzetto

Justicia

Jueces polemizan sobre si ésta viola o no su independencia.

El 21 de diciembre pasado, la Suprema Corte de Justicia (SCJ) dispuso una medida que procura descomprimir a los siete juzgados que tramitan casos bajo el antiguo Código del Proceso Penal, tras constatar "un número importante de expedientes paralizados" en etapa presumarial.

La Corte planteó a los jueces que debían archivar, con la vista de la Fiscalía, los casos de delitos leves, que tengan más de un año de duración y en los que el acusado es primario.

La resolución de la Corte dividió a los operadores judiciales: algunos consideran que dicha medida afecta a la independencia de los jueces porque les ordena decretar el archivo de las actuaciones y otros entienden que son pautas a los magistrados, los que pueden decidir continuar investigando esos casos si así lo desean.

El catedrático de Derecho Constitucional, Rubén Correa Freitas, dijo a El País que lo que dispuso la Corte fue una medida administrativa de desburocratización o descongestionamiento de expedientes. "No creo que viole la independencia de los jueces. Si un juez durante un año, frente a un delito leve, no dispuso nada o no habido actuaciones, es que se trata de un asunto que tarde o temprano será archivado", dijo Correa Freitas.

El docente universitario consideró que la decisión de la Corte "sigue la línea" del nuevo Código del Proceso Penal de "sacar temas de poca monta". Y agregó que, de ninguna manera, algún juez puede sentirse afectado por la medida resuelta por la corporación. "Al contrario, alivia y descongestiona los juzgados y lleva a que los jueces se dediquen a cosas importantes. Es una buena medida la adoptada por la Corte", dijo Correa Freitas.

El también catedrático de Derecho Constitucional, Martín Risso, coincidió con Correa Freitas. "No hay problema (con la resolución de la Suprema Corte). Refiere a expedientes muy viejos y hay un criterio objetivo para todos. Nada es con nombre y apellido", dijo Risso.

El docente universitario de Derecho Constitucional, Jaime Sapolinsky, consideró que es competencia de la Corte dictar resoluciones necesarias para el funcionamiento del Poder Judicial y el cumplimiento efectivo de la función jurisdiccional.

"A mi juicio, no es que se le imponga al juez, ni tampoco al Ministerio Público, disponer el archivo de las actuaciones, situación que, con alta probabilidad, se daría de todos modos", dijo Sapolinsky.

Aunque opinó que el numeral 2º de la Acordada que refiere al archivo de los casos, podría haber sido "más claro y explícito", Sapolinsky entendió que la decisión contenida en la Acordada "no vulnera" el ordenamiento legal. Es decir, no afecta la independencia de los jueces

Discrepancias.

La jueza penal Julia Staricco, es titular de una de las sedes que tramitan casos bajo el régimen del viejo Código del Proceso Penal e integra la Comisión de Seguimiento creada por la Corte para analizar la situación de dichas sedes penales.

Staricco dijo a El País que, dentro de sus potestades, la Corte reglamenta la actividad judicial mediante circulares o acordadas.

"Acá lo que está dando (la Corte a los jueces) son pautas de trabajo diciendo que aquellos presumarios con más de un año de duración, delitos leves y cuando los acusados no tienen antecedentes, sean archivados sin perjuicio. La Corte no dice que se archive tal o cual expediente", dijo.

"El archivo en materia penal es siempre sin perjuicio", explicó Staricco en alusión a que considera que la Corte "no violó" la independencia de los magistrados con la Acordada que dictó días atrás. Y agregó que, en caso de que surja un elemento nuevo, ese expediente se trae nuevamente al juzgado y la fiscalía podrá o no solicitar el procesamiento.

La jueza Fanny Canessa, quien también tramita casos bajo el régimen del antiguo CPP, cuestionó la decisión de la Corte y analiza recurrirla.

Aunque la Corte diga que es una "sugerencia", es una orden, dijo Canessa. Y agregó: "La frase que "el juez decretara el archivo", resulta a todas luces imperativa". Recordó que en el CPP "viejo", los jueces son los únicos directores del proceso. Por lo tanto, dijo, "esta Acordada, colide frontalmente con la independencia técnica de cada magistrado". "Estoy pensando en recurrirla", señaló.

Abogados discrepan respecto a la medida

El presidente del Colegio de Abogados del Uruguay, Diego Pescadere, dijo que la Suprema Corte de Justicia solucionó un problema que denunció la agremiación el 1 de noviembre de 2017. Tras aclarar que su opinión era personal, Pescadere dijo que es posible que la solución encontrada por la Corporación no sea "muy atinada" desde el punto de vista técnico, pero sí lo es desde el punto de vista práctico. "Si el proceso penal no funciona, no hay nada peor que eso", dijo Pescadere.

Por su parte el abogado penalista, Andrés Ojeda calificó de "archivazo" a la decisión de la Corte. "Hay varios jueces enojados con esa decisión de la corporación. No parece ni una sugerencia ni una recomendación a los magistrados", expresó.

Para Ojeda, la resolución procura "solucionar un problema administrativo" provocado por "una mala distribución" de juzgados para el nuevo Código del Proceso Penal y para el viejo código.

El abogado Enrique Moller dijo: "La Constitución establece sanciones para los jueces que incumplen las leyes. Con la acordada, la Corte se está separando del proceder de las leyes porque creó una norma que viola la independencia del juez".

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