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Judiciales estudian presentar una acción de inconstitucionalidad del polémico artículo 15

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Funcionarios judiciales evaluan presentar una acción de inconstitucionalidad del artículo 15. Foto: Ariel Colmegna.

RENDICIÓN DE CUENTAS

La votación de este artículo fue ampliamente criticada por la oposición ayer, durante la votación de la Rendición de Cuentas en el Senado.

La Asociación de Funcionarios Judiciales del Uruguay (AFJU) evalúa la posibilidad de iniciar una acción de inconstitucionalidad del artículo 15 de la Rendición de Cuentas, que ayer fue votada por el Senado y espera su promulgación.

El presidente del sindicato de judiciales, Richard Ascurrein, dijo a El País que en la tarde de hoy emitirán una comunicado refiriéndose a este tema.

El pedido de inconstitucionalidad "es una posibilidad que se maneja", y el Consejo Ejecutivo "va a evaluar y seguramente va a llevar a asamblea la posibilidad de iniciar" la acción, apenas el artículo 15 sea promulgado, "porque como sabemos, este artículo va a entrar en vigencia cuando se promulgue la ley y no con el resto de la Rendición de Cuentas, que empieza a regir el 1° de enero", señaló el dirigente.

El artículo 15 habilita al Estado a postergar el pago de deudas generadas por juicios perdidos cuando el monto de los mismos exceda los 75 millones de UI, unos US$ 10 millones. En esos casos, el Estado puede optar por pagar de inmediato o formular la previsión correspondiente en el próximo ejercicio presupuestal, o sea, en la siguiente Rendición de Cuentas, por ejemplo.

El polémico artículo fue aprobado durante la votación en la Cámara de Diputados, con el apoyo de los 49 representantes frenteamplistas (Gonzalo Mujica aún no había dejado su banca) y del colorado Fernando Amado.

Ayer, en el Senado, laRendición de Cuentas no se abrió y pasó anoche mismo al Poder Ejecutivo.

A favor y en contra.

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Charles Carrera, flamante senador del MPP, defendió el artículo 15 diciendo que "da flexibilidad" al gobierno. "No se está diciendo que el Estado no vaya a pagar", recalcó. "La lectura correcta de la Constitución habilita la solución propuesta. No está en juego el Estado de Derecho sino todo lo contrario", añadió, intentando echar por tierra uno de los principales argumentos de la oposición. "Es una herramienta para retrasar el pago y eso es posible en un Estado de Derecho", sostuvo.

Al cruce salieron varios legisladores. Por ejemplo, el nacionalista Jorge Larrañaga afirmó que ese artículo "es el monumento al disparate lírico más grande", y que "vulnera la noción del Estado de Derecho y quiebra la igualdad y buena fe".

Para el senador colorado José Amorín Batlle, ese artículo "es el más difícil de digerir" de la Rendición porque es "groseramente inconstitucional". "Cualquiera puede decir lo que quiera. Todos sabemos que este artículo va a ser declarado inconstitucional. Va en contra de la separación de poderes", afirmó Amorín, y agregó que "lo hace este gobierno para chicanear a los funcionarios judiciales".

En respuesta, el senador oficialista, el socialista Yerú Pardiñas apuntó que la oposición usa "bravuconadas" al decir que no se quieren pagar las sentencias perdidas.

"Después la realidad y posiblemente la Suprema Corte de Justicia lo declare inconstitucional", agregó luego el senador nacionalista Álvaro Delgado.

También el senador del Partido Independiente, Pablo Mieres, dijo que se trata de una disposición inconstitucional y que violenta el Estado de Derecho en el país.

EN CONTRA

La posición de la Suprema Corte

El presidente de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), Jorge Chediak, en una nota publicada por El País en agosto que no ve con "optimismo" el artículo 15. Entrevistado por radio Sarandí, dijo que si bien no quería incurrir en "prejuzgamiento", el artículo "de alguna manera va en el mismo sentido que el 733 (de la Ley de Presupuesto), que la Corte lo declaró inconstitucional". Ese artículo establecía un procedimiento administrativo que habilitaba al Poder Ejecutivo a pagar las condenas contra el Estado una vez que se aprobaran los recursos necesarios en posteriores leyes presupuestales.

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