Publicidad

Jara de licencia y sin sueldo en Gas Sayago; "hay una incompatibilidad"

Compartir esta noticia
Polémica: la generó que Jara mantenga su cargo anterior. Foto: D. Borrelli
Conferencia de Ancap por informe del balance del primer semestre de 2016, ND 20160916, foto Darwin Borrelli
Archivo El Pais

CÁMARA DE DIPUTADOS

“Hay casos, pero son en el sector público”, argumentó Abdala.

Para ella es una licencia sin goce de sueldo, pero para la oposición, la presidenta de Ancap, Marta Jara, hizo una reserva de su cargo de gerenta general de GasSayago. En cualquier caso, la situación de la titular de la petrolera volvió a consideración de la comisión investigadora de Diputados sobre la frustrada planta regasificadora.

El tema fue puesto en la mesa por el diputado nacionalista Pablo Abdala en la comisión investigadora de la planta regasificadora, quien esperaba un informe jurídico de Ancap sobre el caso —que más tarde llegaría a la comisión— explicando por qué siendo presidenta del Directorio de Ancap ella mantuvo "en reserva el cargo" de gerenta general de GasSayago siendo que se trata de una empresa privada lo cual constituye "una clara incompatibilidad que surge de la normativa vigente (...) Hay una serie de situaciones de reserva del cargo", dijo Abdala en la reunión, "pero todas ellas de la actividad estatal, del sector público. En este caso, estamos ante una empresa privada", insistió.

Pero advirtió Abdala que "si dijéramos que es una empresa privada, pero como el accionista es el Estado podría aplicarse la reserva del cargo y por lo tanto utilizarse este instituto de la reserva del cargo público y no hubiera incompatibilidad, ahí regiría el artículo 200 de la Constitución que establece a texto expreso que los directores o miembros de los Directorios de las empresas públicas, entes autónomos y servicios descentralizados no podrán ser nombrados para cargos, ni aún honorarios, que directamente o indirectamente dependan del instituto del que forman parte, es decir del ente que en ese momento están dirigiendo, conduciendo o coconduciendo".

Jara respondió apenas que la licencia sin goce de sueldo la aprobó el anterior Directorio de la empresa. "Por el alcance temporal de este Directorio, la resolución de eventualmente aprobar una licencia sin goce de sueldo de un funcionario de GasSayago no la tomó este Directorio, sino el anterior", dijo.

¿Encontraste un error?

Reportar

Te puede interesar

Publicidad

Publicidad