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IMM busca rematar 339 casas abandonadas y con deudas

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La idea es potenciar la legislación que permite al Estado disponer de los bienes a privados.
Recorrida por viviendas tapiadas y abandonadas en la Ciudad Vieja, Montevideo, ND 20150626, foto Darwin Borrelli
Archivo El Pais

La Intendencia de Montevideo pretende rematar las casas cuyas deudas por tributos municipales superen el valor de mercado y están deshabitadas o en manos de intrusos. Muchas de ellas se han transformado en bocas de venta de pasta base o "aguantaderos" de delincuentes.

Ayer el intendente Daniel Martínez, tras presentarse en la Comisión de Vivienda de la Cámara de Representantes, señaló que en principio se pretende subastar unas 339 fincas abandonadas en los barrios Unión, Goes, la Aguada, Centro, Cordón y en zonas de Pocitos.

Hasta el momento se cuenta con datos producidos en relevamientos oculares que tuvieron lugar hace dos años en los municipios B y C por parte de una comisión de trabajo encabezada por el ex defensor del vecino, Fernando Rodríguez y dos arquitectos.

La comisión detectó tres grupos de viviendas en esta situación: las fincas abandonadas con deudas mayores al propio valor de la vivienda; las casas abandonadas con ocupantes y las viviendas que pese a las deudas, los dueños tienen algún proceso iniciado.

Al respecto, el intendente Martínez anunció ayer que la comuna empezará a trabajar con el primer grupo y llegará a hacer los remates correspondientes.

Bocas.

El alcalde del Municipio B, Carlos Varela, explicó a El País que "es evidente que las fincas abandonadas generan un deterioro importante en el entramado urbano".

Al respecto, Varela subrayó que las casas en desuso que no son atendidas por sus propietarios "potencialmente pueden ser ocupadas para uso habitación, algo que es entendible o para actividades delictivas como la venta de pasta base o en aguantadero o achique de los delincuentes".

El alcalde consignó que "el 90% de estas viviendas son de propiedad privada" y que "muchas veces es imposible localizar a los titulares ya que son sucesiones o sociedades anónimas inconclusas, algo que complica si se resuelve iniciar una expropiación".

Ayer las máximas autoridades municipales fueron recibidas por jerarcas del Ministerio de Vivienda para evaluar este y otros proyectos.

"Estamos trabajando en conjunto con el Ministerio de Vivienda para concretar un posible universo de estas fincas abandonadas y deudoras con el objetivo de poder volcarlas a la cartera de vivienda social", aseveró ayer a El País Silvana Pissano, directora de Acondicionamiento Urbano de la Intendencia de Montevideo.

Pissano subrayó que "esto no es algo inmediato".

Pasado.

El intendente Martínez está seguro que el abandono de viviendas es un fenómeno que se inició en las décadas de 1980 y 1990 cuando, producto del decaimiento económico, "mucha gente que vivía en zonas centrales consolidadas terminó no pudiendo pagar los costos de vivir en esas zonas y migró hacia la periferia".

"Nos interesa poder tener elementos legales que nos permitan traer gente que vive en la periferia hacia esas zonas centrales", dijo.

En el año 2012 el diputado Alfredo Asti presentó un proyecto de ley en que se habilitaba la "declaración judicial de inmueble en abandono".

La iniciativa preveía la declaración de bien "vacante" siempre y cuando "su propietario o promitente comprador, incumpla por un lapso superior a cinco años continuos, los deberes de conservar y de cuidar previstos por el artículo 37 de la Ley Nº 18.308 de Ordenamiento Territorial".

Asti entiende que hay unas 43.000 viviendas en esa condición en todo el país. Dentro de Montevideo hay 2.361 fincas ruinosas o destruidas y unas 14.562 que se pueden considerar como "vacantes", según datos oficiales surgidos en el censo del año 2011.

Dos constitucionalistas realizaron objeciones al proyecto. Ambos entendían que la iniciativa no prestaba la debida consideración al artículo 32 de la Carta Magna con respecto a la indemnización a los propietarios de los bienes en juego.

"Cuando se declare la expropiación por causa de necesidad o utilidad públicas, se indemnizará a los propietarios por los daños y perjuicios que sufrieren en razón de la duración del procedimiento expropiatorio, se consume o no la expropiación; incluso los que deriven de las variaciones en el valor de la moneda", indica el texto constitucional.

Sin embargo, los defensores del proyecto de Asti se preguntan cómo es posible que el Estado deba pagar a alguien cuya propiedad generó un daño importante a la sociedad.

Mientras tanto, en febrero pasado, Asti pidió desarchivar su proyecto y comenzó un proceso de incorporación de modificaciones. Con respecto a la declaración judicial de abandono tácito de la propiedad se realizaría "previa inspección ocular del juez y dando al propietario la posibilidad de reivindicar la propiedad", explicó el legislador en su columna de Montevideo Portal.

La medida se podrá tomar "cuando el propietario incumpla por 24 meses con los deberes de conservar, cuidar, rehabilitar y restituir previstos en el artículo 37 de la Ley de Ordenamiento Territorial", indicó.

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