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Histórico: terrorismo en Bolivia se juzga en Uruguay

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Es la primera vez y la consecuencia de negar la extradición.

La Justicia deberá resolver una serie de complejos problemas técnicos cuando por primera vez se disponga a juzgar en Uruguay a un ciudadano por un delito cometido en el extranjero. Se trata del uruguayo-boliviano Alejandro Melgar, sobre el que el Tribunal de Apelaciones denegó la extradición a Bolivia, donde se lo pretendía juzgar en el marco de una causa por terrorismo en Santa Cruz.

"Es la primera vez en la historia, no hay antecedentes de que se juzgue a una persona en Uruguay por un delito cometido en el extranjero. Eso planteará problemas técnicos de primer nivel como, por ejemplo, la legislación aplicable, si será la uruguaya o la boliviana. Las normas procesales serán las uruguayas y en cuanto a las leyes, supongo, que será la de la pena más benigna. Pero todo eso hay que estudiarlo, es un proceso novedoso", explicó a El País el abogado Miguel Langón. La posibilidad de juzgar en un país un delito cometido en otro es una aplicación de la Convención Internacional Contra los Actos de Terrorismo, al tiempo que los tratados modernos de extradición que establecen excepciones para las personas, sugieren la aplicación del principio "no se entrega pero se juzga". Esta norma ya se incluyó en el tratado de extradición con Brasil en 1915, donde Brasil no extraditaba nacionales.

Melgar ya ostenta otra particularidad en su caso. Cumplió el arresto administrativo más largo de la historia del país. Estuvo en Cárcel Central entre abril de 2012 y diciembre de 2015.

La jueza del crimen organizado, Adriana De los Santos, había concedido la extradición de Melgar. Pero el Tribunal de Apelaciones la denegó. Entendió que no se daban en la Justicia boliviana las garantías para el extraditado. Melgar fue juzgado en Bolivia en "rebeldía", pero el Tribunal entiende que el proceso no fue seguido por el "juez natural" de la causa. Efectivamente, por decreto del Poder Ejecutivo, se sustrajo la causa a un juez de Santa Cruz, donde se cometieron los hechos, y se derivó a la justicia federal de La Paz. Los principios jurídicos internacionales señalan que no se puede direccionar un caso hacia un juez. El Tribunal entendió que el juez natural tendría que ser de Santa Cruz y el gobierno de Bolivia cambió la jurisdicción. El Tribunal aclaró que no entró a considerar la legitimidad de las acusaciones ni las garantías del marco jurídico boliviano para el implicado.

Cna célula separatista y los exiliados.

La justicia boliviana acusa a Melgar de haber cometido un delito de Terrorismo y Alzamiento armado contra la seguridad. Se lo vincula con una célula que habría cometido atentados para grupos separatistas. El juez y el fiscal que lo juzgaron en Bolivia se asilaron en Brasil, donde admitieron que los presionó el gobierno.

Un mojón para la justicia penal

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