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S.A. de entes: piden control legal para sus inversiones

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Ancap sigue en el ojo de la tormenta y ahora la atención está en su planta de Etanol.
Fachadas ALUR, dia de mantenimiento de Ingenio/planta de azucar, ND 20110919, foto Ines Guimaraens - Archivo El Pais
Archivo El Pais

Préstamos a subsidiarias “eluden control constitucional”.

El 1° de marzo de este año, el Poder Ejecutivo emitió una resolución por la que autorizó a Ancap para que su empresa subsidiaria Alcoholes del Uruguay (ALUR) renovara sus líneas de crédito con varios bancos y suscribiera un contrato de préstamo con otro banco por un monto total de US$ 89,5 millones.

"Todo esto ocurre sin que el Poder Legislativo intervenga, ni tenga un conocimiento previo que le permita ejercer sus funciones de contralor. Si ALUR no paga, paga Ancap, y si ésta tiene pérdidas o se descapitaliza, es el Estado quien termina pagando a través de Rentas Generales", advirtió a El País el diputado colorado Conrado Rodríguez.

Por tal motivo y "para que el Poder Legislativo ejerza sus correspondientes funciones de contralor cuando está en juego la utilización de recursos públicos", el legislador colorado presentó un proyecto de ley que tiene por finalidad legislar sobre las operaciones financieras de sociedades anónimas de los entes que deberán ser autorizadas por ley.

Según Rodríguez, "la iniciativa surge en el contexto de que en los últimos años ha proliferado la existencia de sociedades anónimas donde, total o parcialmente y directa o indirectamente, tiene participación el Estado en el capital accionario, a través de sus entes autónomos y servicios descentralizados, de carácter comercial o industrial", recordó.

En la exposición de motivos del proyecto Rodríguez planteó también que "de esta forma el Estado es propietario de una gran cantidad de sociedades de derecho privado, que operan en una diversidad de rubros, forzando en muchos casos al límite los giros sobre los cuales tiene competencia un ente determinado, contrariando el principio de especialidad. Alcanza con decir que el Estado ha incursionado en la producción de perfumes, tejidos y procesamiento de alimentos congelados", afirmó.

Para Rodríguez además de eludirse el giro que preceptivamente les asignan las leyes a los entes autónomos y servicios descentralizados, y de disponer de sus recursos para fines ajenos a sus actividades normales, "todo lo que viola el principio de especialidad previsto en el artículo 190 de la Constitución mediante la utilización de esas sociedades anónimas, que se rigen por el derecho privado, se eluden los controles del Tribunal de Cuentas y las normas de administración del Tocaf, no obstante que esas empresas manejen fondos públicos y terminen comprometiendo así el patrimonio, las finanzas y los recursos públicos", analizó.

Precisó que por esas razones "es necesario legislar para que sea el Poder Legislativo, quien autorice o no las operaciones financieras de determinada entidad, de las empresas subsidiarias del Estado".

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