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Enfermero reclama a 4 testigos US$ 320.000

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"Se dijeron cosas inexactas, creo que hubo un daño". Abogado Teske. Foto: Archivo
EMERGENCIA DE HOSPITAL MACIEL, FOTO BELLO, ND 20060822

Los demandados habían declarado en su contra en Juzgado. El jueves pasado se realizó una conciliación.

El enfermero Marce lo Pereira reclamó US$ 320.000 a cuatro testigos por haber declarado en su contra ante la Justicia Penal. Pereira fue procesado en 2012 con prisión, acusado de cometer cinco delitos de homicidio especialmente agravados en régimen de reiteración real. Por ese caso, también fue enviado a la cárcel otro enfermero, imputado de ser el autor de diez delitos de homicidio especialmente agravados en reiteración real, y una nurse, remitida a prisión por un delito de homicidio especialmente agravado. Un tribunal de apelaciones absolvió a los tres acusados.

El jueves 17, Pereira citó a los cuatro testigos a una reunión de conciliación previa a una demanda civil por daños y perjuicios. Les pidió a cada uno US$ 80.000, según las actas de la conciliación a las que tuvo acceso El País.

"Se piensa hacer una demanda civil contra los cuatro testigos por resarcimiento. Entiendo que hubo daño moral por lo que declararon (ante la Justicia Penal). Vamos a discutirlo", dijo a El País el abogado del enfermero Pereira, Humberto Teske.

Según el penalista, en sus declaraciones ante la Justicia los testigos "dijeron cosas inexactas" y "se entendió que hubo un daño".

En el acta de conciliación Pereira insistió que los testigos, "con su accionar, corroboraron la denuncia infundada sobre mi persona que dio lugar al proceso (penal). Se reclaman US$ 80.000, más ilíquidos, sin perjuicio".

Posteriormente, la jueza de Conciliación de 1er. Turno, Silvia Castelli, cedió la palabra a los demandados. Una de las testigos ante la Justicia Penal, Adriana D., representada por el abogado Gustavo Salle, señaló en el acta que "cumplió" con la obligación ciudadana de comparecer a la Justicia Penal cuando fue convocada a declarar. Sostuvo que consecuentemente con ello, su actuación es "conforme a derecho" y "bajo ninguna circunstancia" ello puede constituirse en el origen o motivo de una acción indemnizatoria.

Otro juicio.

A mediados de este año, el enfermero Pereira le inició una demanda al Poder Judicial en el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de 1er Turno, en la que le reclamó US$ 2 millones por una supuesta prisión indebida. En esa acción, elaborada por Teske, solicitó que se condene al Poder Judicial a pagar US$ 386.000 por concepto de prisión indebida; US$ 773.104 por daño moral; US$ 797.385 por lucro cesante; y US$ 70.000 de honorarios profesionales.

En un escrito firmado por su presidente Jorge Chediak, la Suprema Corte de Justicia (SCJ) contestó la demanda de Pereira, señalando que solo corresponde pagar una indemnización en caso de existir una falla de su servicio o si funcionó con demora o en forma irregular. "Sin embargo, ello no quedó probado por el demandante", agrega el documento.

Chediak señaló que el Juzgado de lo Contencioso deberá considerar el daño causado por una supuesta prisión indebida en exceso y expresó que el magistrado del caso tiene que "desestimar" el supuesto daño patrimonial sufrido por el enfermero.

Para Chediak "no corresponde" que Pereira pida una "doble indemnización", superponiendo el daño moral a otro por prisión indebida que, en realidad, no es otra cosa que el daño extrapatrimonial. El ministro insistió en que para que nazca la obligación reparatoria del Estado debe probarse una conducta antijurídica o un dolo del Poder Judicial.

"Presión".

En 2013, el enfermero Marcelo Pereira dijo en el Juzgado que confesó los supuestos crímenes bajo presión. Expresó que le advirtieron que su esposa había sido detenida y que solo dejarían que la viera si confesaba. Afirmó que mantuvo esa postura porque no sabía cuál era el destino de su esposa. La jueza Dolores Sánchez lo absolvió por entender que la confesión sola no tiene valor.

"No surge responsabilidad de la Justicia".

El presidente de la Suprema Corte, Jorge Chediak, señaló en un escrito que en los procesamientos de los dos enfermeros y de la nurse la actuación del Poder Judicial fue "conforme a derecho", por lo que debe descartarse la presencia de una nota de ilicitud. "No surge responsabilidad del Poder Judicial por los hechos de autos (el expediente)", sostuvo el ministro.

Para decretar el procesamiento con prisión de una persona, la ley solo exige que existan, a criterio del juez, elementos de convicción suficientes, a diferencia de la plena prueba exigida para condenar.

Chediak sostuvo que el procesamiento de los dos enfermeros y de una nurse fue dictado en virtud de estimar que, de la prueba relevada, resultaron elementos de convicción para procesarlos con prisión y para iniciar proceso a los indagados. El juez de la causa dispuso el procesamiento con prisión de los tres acusados en atención a que los delitos que se les imputaban —homicidios— se castigan con pena de penitenciaría.

Chediak dice que los procesamientos de los dos enfermeros y de la nurse fueron entonces "correctamente fundados" y dictados en virtud de las pruebas halladas en las primeras etapas de la indagatoria.

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"Se dijeron cosas inexactas, creo que hubo un daño". Abogado Teske. Foto: Archivo

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