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Enfermero demanda a Justicia por US$ 2:

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El abogado defensor del enfermero Marcelo Pereira, Humberto Teske, citará al Poder Judicial a una conciliación como paso previo a una demanda civil por una cifra estimada en US$ 2 millones por daños y perjuicios, daño moral y lucro cesante y futuro de su cliente.

El 18 de mayo pasado, el Tribunal de Apelaciones de 1er Turno confirmó la absolución de los enfermeros Pereira y Ariel Acevedo, acusados de matar a 15 personas en 2012.

Pereira, el enfermero de la mutualista La Española y el Hospital Maciel estuvo 1.077 días (casi tres años) preso por crímenes que luego un tribunal señaló que no cometió. "Pereira no puede trabajar más de enfermero. Por eso se solicitará lucro futuro porque le quedan 22 años para jubilarse", explicó a El País una fuente allegada al enfermero.

Según la demanda, Pereira era primario absoluto, nunca había ingresado a una comisaría y era un enfermero especializado en CTI.

Estuvo alojado en la cárcel de Juan Soler (San José) durante tres años.

Rumores.

Tanto Pereira como Acevedo fueron absueltos en febrero de 2015 por la jueza penal Dolores Sánchez, quien concluyó que para el procesamiento de ambos, por un delito de homicidio especialmente agravado en reiteración real, la Justicia Penal se basó en "un rumor".

Tras ser detenidos en 2012 en el marco de la "Operación Ángeles", Pereira confesó haberle suministrado morfina por vía central (cuello) para dar muerte a cinco pacientes en el Hospital Maciel. Acevedo, en tanto, admitió haber ultimado a once personas por medio de una inyección de aire al sistema circulatorio en la Asociación Española. La Justicia estimó, en ese momento, que los asesinatos cometidos por estas personas habían sido al menos 50 o tal vez más.

El 18 de mayo de este año, la Suprema Corte de Justicia divulgó un fragmento del Tribunal de Apelaciones que señala: "El Ministerio Público ha venido paulatinamente claudicando en sus posiciones: primero imputando con gran precisión a P. cinco delitos de homicidio y diez a A., consumados, que luego quedaron en "tentados" (bajo el supuesto extraordinario del inciso tercero del art. 5 CP: tentativa relativamente inidónea), para finalmente sugerir la incursión en figuras aún más leves (Violencia privada y Suministro de estupefacientes)".

DAÑOS Y PERJUICIOS

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