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Economía echó a quinielero por una sanción inexistente

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Quinielas: gobierno perdió dos causas y tiene otra en trámite. Foto: F. Ponzetto

RECURSO DE AMPARO

Fallo le dio razón a agente; “MEF usó a una anciana en mi contra”, declaró.

Como presentó tres demandas en el Tribunal de lo Contencioso Administrativo —dos de ellas ganadas y una en trámite— contra la Dirección de Loterías y Quinielas, el Ministerio de Economía y Finanzas le inició una sanción subrepticia a un agente para desvincularlo de la cotitularidad de la Agencia Oficial de Quinielas N° 21 de Canelones, asegura el damnificado.

"El procedimiento administrativo (de expulsión) es pura fachada", dijo el agente en un inusual recurso de amparo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de 3° Turno.

En el escrito, el agente señaló que la prueba presentada por la Dirección de Loterías y Quinielas es "errónea"; se defendió a ciegas y hubo una evaluación arbitraria del motivo de su ausencia en el local provocada por una enfermedad. Además afirmó que la cartera incurre en un error de los motivos aducidos para echarlo, pues es ilógico que se expulse al socio ante la incapacidad del otro.

Advirtió que no es razonable que el Ministerio de Economía pretenda fundar una resolución colocando como antecedente negativo una sanción que fue eliminada por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo. Es decir, esa sanción "no existe en el mundo jurídico".

Para ello, la cartera utilizó las denuncias policiales y judiciales realizadas por la socia del agente, una empresaria de 85 años que padece "deterioro cognitivo", según declaró el damnificado ante la Justicia de lo Contencioso Administrativo de 3° Turno donde presentó el recurso de amparo contra la Secretaría de Estado.

A juicio del agente, se encontró en total indefensión ante el Ministerio de Economía y Finanzas.

El juez subrogante Gabriel Ohanian le dio la razón. "El agente estaba indefenso. ¿Qué descargo y prueba podía movilizar el Sr. M. si lisamente el informe en vista (de la cartera) no hace valoraciones de corte jurídico ni expresa un incumplimiento a la normativa vigente, es decir, no formula ningún cargo?".

Dolores.

En agosto de este año, el agente Luis M. promovió una acción de amparo contra el Ministerio de Economía solicitando al juez de lo Contencioso Administrativo una protección urgente mientras durara su planteo de suspensión de la expulsión decretada por el ministro de la cartera, Danilo Astori de la cotitularidad de la Agencia de Quinielas N° 21. Es que la Secretaría de Estado tiene la potestad de designar o expulsar a los agentes de esos comercios.

Luis M. es contador, trabaja en auditorías del Tribunal de Cuentas, es docente y desde hace años conduce la agencia.

Durante el segundo semestre de 2016, debido a una enfermedad crónica de columna, padeció empujes dolorosos que le imposibilitaron conducir hasta San Jacinto. Pero, en ese lapso, vía telefónica con el encargado y por mail siguió adecuadamente la marcha de la agencia, según señaló en su recurso.

Alegó que los problemas de salud los superó a principios de este año y el desempeño de la agencia siempre fue normal.

Expresó, en su demanda, que tiene un conflicto con servicios de la Dirección de Loterías y Quinielas que han derivado de tres procesos ventilados ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) referidos a una sanción que fue revocada por la Corporación; la Banca de Pando aprobó un cambio en el estatuto que provocaba perjuicios en el reparto de utilidades que fue fallado a su favor en otra sentencia, y se encuentra en trámite un tercer juicio por una resolución de la Banca que todo indica que será revocada ante la doctrina sentada en el fallo anterior.

El agente entendió que Economía puso el énfasis en el supuesto abandono de la agencia por parte del demandante y no en la situación de la denunciante y ha pretendido evitar que ésta compareciera personalmente, pero aún citada no concurrió a declarar.

Por su parte, el Ministerio de Economía sostuvo que el agente podía haber elegido otra vía para anular su expulsión como, por ejemplo, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo y advirtió que la demora en la tramitación administrativa "no es sinónimo de ineficiencia".

Los abogados de la cartera señalaron que el juego puede ser otorgado en forma precaria y revocable y agregaron que no hay peligro inminente de lesión de un derecho porque el Estado puede en todo momento revocar la designación de un agente de Quinielas.

Afirmaron en la sede que hay una gran cantidad de pruebas recabadas que acreditan que el agente incumplió con sus obligaciones.

Error.

El juez Ohanian hizo lugar al pedido del agente. Para ello tuvo en cuenta que él y su socia tienen una conflictiva relación que generó denuncias policiales y administrativas cruzadas. Ante el Ministerio de Economía, los dos socios de la Agencia de Quinielas N° 21 solicitaron la expulsión del otro.

El juez Ohanian recordó que la resolución de la cartera de suspender al agente señala que éste fue objeto de "sanciones y la aplicación de correctivos".

El magistrado advirtió el error de los abogados del Ministerio de Economía: la Administración impuso al agente la sanción más grave —el cese en la cotitularidad de una Agencia de Quinielas— en base a una medida que "fue declarada nula" por el TCA.

Más allá de que en la resolución hipotecada se habla en plural de "otras" sanciones, la única mencionada en el informe del Director Nacional de Loterías y Quinielas "es solo una" y ésta "ya no existía" en el mundo del derecho, señaló el juez Ohanian. Enseguida agregó: "No caben dudas de que le asiste razón al agente. El Ministerio de Economía promueve una resolución en base a un antecedente inexistente".

La cartera apeló el fallo.

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