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Crecen procesamientos por muertes en el tránsito

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Homicidios culposos son excarcelables: las más altas indemnizaciones llegan a US$ 300.000.
Accidente de transito fatal en la rambla de Carrasco, choque entre camioneta y auto que se deslizo debido a la lluvia, Mvdeo., foto Ariel Colmegna, nd 20150728 - Archivo El Pais
Archivo El Pais

Uno de cada tres procesados por homicidio en Uruguay lleva el rótulo de "culposo" (no intencional), según datos del Registro Nacional de Antecedentes de la Suprema Corte de Justicia, a los que accedió El País.

En esta categoría ingresan aquellos que causaron la muerte de una o más personas por imprudencia, impericia, negligencia o violación de leyes y reglamentos, explicaron abogados. Una gran parte de ellos —aunque no hay datos precisos a nivel judicial— son resultado de accidentes de tránsito.

"Taximetristas y choferes de ómnibus son las personas que están más expuestas a cometer homicidios culposos, aunque en general no tienen agravantes", dijo a El País el director del Instituto nacional de Rehabilitación (INR), Luis Mendoza

Condenas.

El Código Penal indica que los homicidios no intencionales pueden recibir una sanción que va desde seis meses de prisión a ocho años de penitenciaría.

Sin embargo, por tener una pena mínima menor a los dos años es un delito excarcelable, a lo que se agrega un beneficio por la condición de primario del responsable del delito.

"En el mundo entero se entiende que los delitos excarcelables pueden tener como sanción un procesamiento con medidas alternativas a la prisión. En Uruguay se sancionó en 2004 una ley en ese sentido, que prevé, con respecto al tránsito, la prohibición de conducir vehículos por hasta dos años", explicó a El País el penalista Jorge Barrera, abogado de varias compañías aseguradoras de Argentina y Uruguay.

Barrera recordó que Uruguay ha sido sancionado por organismos internacionales por el uso de la prisión preventiva, una práctica legal que no se estila en la mayoría de los países occidentales.

La presencia de alcohol en sangre es un elemento deter-minante para los jueces, a la hora de definir el procesamiento con prisión, explicaron a El País distintos abogados consultados.

"Es casi imposible tener un procesamiento sin prisión cuando hay alcohol de por medio en los accidentes fatales de tránsito No es lo mismo estar tomado que no respetar un cartel de Pare o no respetar la derecha, y que haya un fallecido por esa omisión; no se pondera de la misma forma", dijo un penalista.

La embriaguez es una falta autónoma pero cuando se produce un siniestro de tránsito implica otras violaciones a las normas que se suman a la negligencia e impericia. La ingesta abusiva es condenada con tareas comunitarias aunque no hubiera lesionados.

Cárcel.

Todas las personas procesadas con prisión en el área metropolitana deben pasar por el Centro de Diagnóstico de la ex Cárcel Central.

Una vez en el lugar, el procesado es sometido a una evaluación psicosocial y de seguridad. Se realiza un informe que es elevado a la Junta de Traslados, que resuelve a qué lugar es remitido a cumplir la pena.

"Si es primario y no tiene agravantes, como abuso de alcohol o conducir a alta velocidad, puede ir a una cárcel chacra. Si el procesado es una persona de trabajo o un delincuente conocido irán a distintos lugares. Los trabajadores van a establecimientos de confianza", explicó Mendoza.

El director del INR puso énfasis en la existencia de una "amplia gama de cárceles" con distintos niveles y categorías. "No es cierto eso que dicen, que si se mata a una persona en el tránsito se puede terminar en el Comcar junto a delincuentes comunes", indicó.

Si bien la mayoría de los homicidios culposos tienen que ver con siniestros de tránsito, también están incluidos casos vinculados a mala praxis o accidentes laborales.

El director del INR dijo a El País no tener presente si hay personas privadas de libertad por homicidio culposo que no estén vinculadas a siniestros de tránsito.

Evolución.

En los últimos 25 años hubo un total de 8.280 procesamientos por homicidio, de los que 2.747 no fueron intencionales; la mayoría por siniestros de tránsito.

En 2013 se produjeron 139 procesamientos con prisión por homicidios culposos, en 2014 hubo 135; en esos dos años se produjo el número más alto desde 1989, año en que se produjeron 91 procesamientos.

Reclamos en la Justicia Civil.

Una vez que la Justicia Penal identifica a un responsable del siniestro comienza la etapa de resarcimiento. La Justicia Civil debe fijar un monto para quienes tengan derechos sobre el fallecido. El seguro obligatorio (SOA) paga hasta US$ 34.000 pero hay casos en que los reclamantes obtuvieron US$ 300.000.

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Homicidios culposos son excarcelables: las más altas indemnizaciones llegan a US$ 300.000.

Los taxistas y choferes de ómnibus son los más expuestos

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