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Condenan a un pae que extorsionaba a Josema

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Pae Virginio promocionaba sus "brujerías para el bien y para el mal" con la imagen de Giménez.

Una jueza de Montevideo condenó a un pae afroumbandista a no usar imágenes del futbolista José María Giménez que empleaba para promocionar sus "brujerías para el bien y para el mal", y le pidió a Google, Microsoft y Yahoo que bloqueen en sus buscadores toda referencia entre este hombre y el defensa de la selección.

Giménez recibió el video que le envió el pae en el que se promociona haciéndose pasar por su "abuelo" y muestra una foto con él de cuando era menor. Sus abogados presentaron un recurso de amparo.

La demanda contra el pae Virginio dice que Giménez es "un conocido y hábil jugador de fútbol" de la selección uruguaya y del Club Atlético de Madrid, y que este año firmó un contrato de publicidad con la multinacional Pepsi donde se establece el uso exclusivo de su imagen.

Giménez se enteró el 8 de septiembre que el pae Virginio —que promociona "brujerías para el bien y para el mal"— estaba usando su imagen cuando recibió el mensaje por Whastapp con el video "que se ha vuelto viral", dice la demanda. En el video, el pae utiliza una fotografía con Giménez cuando éste era menor de edad, en forma "ilícita, con fines comerciales y propagandísticos" sin su autorización. Además el pae intentó extorsionar al futbolista, advirtiéndole que tenía videos "más comprometedores" mostrando a Giménez en una "corneada de animales donde no hay veterinario" y advertía que tenía "muchas cosas malas para marcarle".

La demanda agrega que Giménez tuvo un "escaso conocimiento" con el pae, que desde hace años no tiene ningún contacto con él y que "los videos más comprometedores y las cosas feas que tiene que marcarle a las que hace referencia son necesariamente de cuando era menor y se encuentran protegidas incluso para su uso no publicitario por las disposiciones del CNA (Código de la Niñez y la Adolescencia)".

El uso que el pae hace de la imagen de Giménez para publicitarse él y al rito afroumbandista puede afectar el contrato del futbolista con Pepsi, dice la demanda. "Su falsa vinculación pública, además, a un rito promovido por alguien que alega realizar brujerías para el bien y para el mal y la utilización del apodo brujito pueden también violar cláusulas contractuales" entre Giménez y Pepsi, agrega.

El fallo de la jueza Gloria Seguess Mora, del 1° de octubre, le da la razón a Giménez y afirma que los derechos protegidos por el recurso de amparo son los consagrados "expresa e implícitamente" en la Constitución, en la Declaración de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, los Pactos Internacionales de Derechos Civiles de 1996 y la Convención Americana de Derechos Humanos. En particular cita el artículo 7 de la Constitución: "Los habitantes de la República tienen derecho a ser protegidos en el goce de su vida, honor, libertad, seguridad, trabajo y propiedad. Nadie puede ser privado de estos derechos sino conforme a las leyes que se establecen por razones de interés general". Y el artículo 72: "La enumeración de derechos, deberes y garantías hecha por la Constitución, no excluye los otros que son inherentes a la personalidad humana o se derivan de la forma republicana de gobierno".

Además cita los artículos 20 y 21 de la ley 9.739 (Propiedad Literaria y Artística), de diciembre de 1937, que establecen que las fotografías o retratos de una persona son propiedad de ésta y no pueden ser comercializadas sin el consentimiento expreso de la misma, y permitiendo su libre publicación solo con fines científicos, didácticos, culturales o de interés público, o que se hubiesen realizado en público.

En función de esto, la jueza concluye que "teniendo en cuenta que el derecho de imagen es un derecho constitucional y legalmente protegido, y que también es un derecho constitucionalmente protegido la no injerencia arbitraria en la vida privada de la persona", el pae que realiza trabajos "para el bien y para el mal" utilizó la imagen de Giménez de forma "manifiestamente ilegal".

Además señala que este uso de la imagen le "provoca y amenaza provocarle un daño moral y económico irreparable" al futbolista por su contrato de exclusividad con Pepsi.

Así, la jueza hace lugar a la acción de amparo de Giménez y condena al pae a cesar de inmediato el uso de la imagen del futbolista por cualquier medio, "incluso su nombre, fama y prestigio", con fines publicitarios.

La jueza pide que se gestione ante Facebook, Whastapp y YouTube que desde las cuentas de las redes sociales del pae no se publiquen imágenes de Giménez. También le pide a Google, Microsoft y Yahoo que bloqueen en sus buscadores toda referencia que vinculen a "Pay Virginio o Pay Virginio de Ogun a José María Giménez o Josema Giménez".

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Pae Virginio promocionaba sus "brujerías para el bien y para el mal" con la imagen de Giménez.

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