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Las bases legales de la esencialidad

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La ley general de educación de 2008 del primer gobierno de Tabaré Vázquez, la ley que creó la Comisión de Productividad, Precios e Ingresos (Coprin) del presidente Jorge Pacheco Areco en 1968, y un decreto-ley de la dictadura de 1978 fueron las tres bases legales a las que apeló el Poder Ejecutivo para aprobar el decreto de esencialidad en la educación pública.

La ley 13.720 de Pacheco Areco y el decreto-ley 14.971 de la dictadura también fueron el respaldo para el decreto de esencialidad del expresidente José Mujica en la salud pública en 2012.

El decreto de Vázquez recuerda las negociaciones con los sindicatos y dice que a pesar de los avances estos "mantuvieron las medidas de conflicto, prolongándose en el tiempo la interrupción del servicio público con el consecuente perjuicio aparejado a la educación de niños y adolescentes".

"Las medidas adoptadas hasta el momento han provocado la pérdida de una significativa cantidad de horas docentes y de servicios de alimentación en escuelas de todo el país, afectando a 250.000 beneficiarios e impactando especialmente a los sectores más vulnerables de la población", agrega. En los considerandos el Poder Ejecutivo se respalda en la declaración de la Conferencia Mundial de Derechos Humanos, aprobada en Viena en 1993, y afirma que los paros de los sindicatos de docentes "comprometen, por su extensión, derechos básicos que tienen su origen en la dignidad y el valor de la persona humana (…)". "El Estado ha agotado todas las instancias legales de negociación con los gremios docentes, y sin embargo, estos no han declinado su voluntad de avanzar hacia una huelga que afectará el aprendizaje de nuestros niños y jóvenes, así como la seguridad y la estabilidad de las familias frente a sus responsabilidades laborales", añade el decreto de Vázquez. Enseguida menciona la ley general de educación de 2008, que en su artículo primero ubica a la educación como un "derecho humano fundamental". Por su parte, la ley de 1968 que creó la Coprin, y el decreto-ley de 1978 facultaron al Ministerio de Trabajo a disponer las medidas necesarias para el mantenimiento de los servicios considerados esenciales. El Poder Ejecutivo también apeló al Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que en 2006 consideró servicio esencial "el suministro de alimentos a los alumnos en edad escolar y la limpieza de los establecimientos escolares", admitiendo la pertinencia de la esencialidad en casos de conflictos largos.

Ley de Educación de Vázquez, Pacheco y la dictadura

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