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Apelan procesamiento de cónsul por las visas falsas

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El diplomático procesado fue cónsul en Corea del Sur y Valencia: tramitó 90 visados.
Cartel de edificio en proceso de restauracion en el Palacio Santos, Cancilleria, sede del Ministerio de Relaciones Exteriores, ubicado en 18 de Julio y Cuareim, Mvdeo., ND 20151121, foto Gerardo Perez
Archivo El Pais

Defensa dice que hubo “errónea valoración” de pruebas.

Los abogados Gúmer Pérez y Pedro Algorta apelaron el procesamiento sin prisión de un diplomático uruguayo por tráfico de personas y fraude, dictado el pasado 19 de noviembre por la jueza Julia Staricco. Según el fallo, el diplomático durante su desempeño como cónsul en Valencia y Corea del Sur otorgó a cambio de dinero 90 visas en forma irregular a ciudadanos chinos y marroquíes que pretendían ingresar al Uruguay.

Staricco le tipificó "reiterados delitos de tráfico de personas especialmente agravados en reiteración real con reiterados delitos de fraude".

Staricco le impuso, como medida sustitutiva a la prisión, el arresto nocturno por 120 días de 20 a 8 horas, así como la realización de tareas comunitarias por el mismo plazo, durante tres horas tres veces por semana. Por el momento, la magistrada no le tipificó el delito de cohecho (coima) solicitado por la fiscal Ana Tellechea.

La jueza decidió citar a declarar en calidad de testigo al excanciller y actual secretario general de la OEA, Luis Almagro. El procesado se desempeñaba en la sede de Corea del Sur cuando Almagro, entre 2007 y 2010, fue embajador en China y tenía responsabilidad sobre la representación coreana.

En el escrito, los abogados defensores hacen hincapié en la "errónea valoración de la prueba y la incorrecta interpretación" de los hechos por parte del juez y fiscal.

Los abogados señalan que la denunciante no pudo ser interrogada por la defensa porque no ratificó su denuncia ante la sede penal; que los testimonios de los ciudadanos chinos fueron sin asistencia de un traductor público, "motivo por el cual se desconoce si los mismos fueron capaces de comprender y expresar libre y naturalmente el interrogatorio"; y que la defensa no pudo acceder "con tiempo y legalidad pertinente a las actuaciones administrativas".

Más adelante Pérez y Algorta critican otros aspectos del proceso, como la evaluación que se hizo de las pruebas. "Por cierto, a la hora de ponderar la prueba recolectada en autos y realizar el relato de los hechos, la Sede omite decir primeramente que jamás hubo en mi patrocinado intención de perjudicar al Estado ni a nadie en particular, ni mucho menos que existió un concierto previo para delinquir", dicen los abogados defensores.

"No asistimos, por ende, a un concierto criminal para la comisión de un ilícito como sostiene la sentencia recurrida, y menos aun podemos advertir que la conducta de nuestro defendido haya sido violando las disposiciones penales", agrega más adelante.

Al final del escrito, los abogados dicen que su cliente es un funcionario "ejemplar de casi 20 años de carrera diplomática, sin sanciones". Y rematan: "Tipificarle su accionar en las condiciones previstas en el auto de procesamiento que hoy recurrimos, como autor de delitos de trafico de personas y fraude, traería tan solo consecuencias nefastas, negativas e irreversibles, y haría prácticamente imposible que esa persona pueda reinsertarse normalmente en la sociedad, y ser un ciudadano normal, de bien, de estudio y de trabajo, como sucedía con anterioridad a esta nefasta situación que le toca vivir".

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