Amparan a menores en contratos con clubes

EDUARDO DELGADO

Una sentencia judicial cambia la situación de los deportistas menores de 18 años. Si los padres no consintieron su contrato con un club, el mismo no tiene valor y los menores pueden intentar jugar en la institución deportiva que deseen.

En sus reglamentos, la Asociación Uruguaya de Fútbol (AUF) y la Federación Uruguaya de Basketball (FUBB) consideran que en lo deportivo un jugador pertenece al club con el que tiene firmado un contrato y para obtener su pase el interesado debe negociar con esa institución.

En el caso de los menores de 18 años, esas organizaciones sostienen que el contrato prima incluso sobre la voluntad de los padres del menor y del propio implicado, si desean que practique deporte en otro club.

Sin embargo, una sentencia de la Justicia declaró que esa situación es irregular y ordenó a un club de básquetbol que otorgue a un menor el pase a la institución que él decida.

Lo ocurrido preocupa fundamentalmente a clubes "pequeños", los que sostienen que instituciones con mayores recursos pueden llevarse jugadores de sus divisiones formativas con facilidad.

Pero así como la AUF se maneja con sus propias reglas, paralelas y en algunos puntos contradictorias con las que rigen en el país, si los clubes acuerdan no contratar a los menores que logren este tipo de fallos serán difíciles de aplicar.

demanda. El Tribunal de Apelaciones de Familia de 2° Turno fue el que amparó la demanda de un jugador del club Larre Borges y dispuso que esa institución libere al deportista adolescente de su vinculación con el club, "concediéndole el pase respectivo para cualquier otra institución a la que él mismo opte".

El menor, luego que no pudo concretar su deseo de jugar en el club Aguada por la negativa de Larre Borges a darle el pase, volvió a ese club, donde actualmente juega. Cuando se tomó la resolución judicial, el menor ya había regresado a Larre Borges y eso fue comunicado al tribunal. Los ministros del tribunal consideraron que la situación "no debe ser considerada una rectificación de lo actuado, sino por el contrario es la demostración de una limitación más de la libertad del adolescente a practicar deporte en la institución que prefiere".

El recurso de amparo fue desestimado por el juzgado que lo recibió, al considerar que existe una "ausencia manifiesta de ilegitimidad" en lo planteado y que no era la vía apropiada para realizar este reclamo. Sin embargo, esa decisión fue apelada ante el tribunal, que no coincidió con la postura del juzgado de primera instancia y analizó el recurso de amparo.

El club Larre Borges no dio el pase solicitado por este jugador para otra institución deportiva, "por entender básicamente que está sujeto a los reglamentos respectivos de su inscripción o fichaje", expresa el fallo del tribunal de segunda instancia. "Dicho derecho se condicionó a la percepción previa de una suma dineraria a entregársele por la nueva institución", añade.

Pero según el tribunal, "no le asiste razón" al club, puesto que "la sujeción" que se le pretende imponer al adolescente no se sostiene "en función de una declaración de voluntad válida y eficaz a los fines de respaldarlo".

El tribunal indicó que el documento presentado por Larre Borges en el juicio es la inscripción deportiva ante la FUBB, la que "resulta manifiestamente objetable desde que la suscribe un sujeto de derecho adolescente, sujeto a la patria potestad". Tampoco surge del documento entregado por el club que los padres del menor hayan actuado en su representación, añade la sentencia.

"Las normas deportivas de orden reglamentario o administrativo que supongan la limitación o coartar derechos fundamentales del adolescente, deben ser de interpretación estricta y virtualizarse jurídicamente con quienes representen debidamente al deportista", destaca la resolución.

El País

¿Encontraste un error?

Reportar

Te puede interesar