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Aduana recaudó US$ 1,8 millones por compras web irregulares

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Entre enero y noviembre entraron 230 mil paquetes comprados vía web. Foto Shutterstock

La Dirección Nacional de Aduanas (DNA) recaudó durante el año pasado $ 43 millones (US$ 1.852.889 tomando en cuenta el tipo de cambio promedio de 2014) por compras en el exterior a través de Internet que al momento de llegar al país no estuvieron amparadas por la normativa vigente para el sistema de encomiendas internacionales y fueron retenidas.

Esas compras aportan un monotributo de 60% sobre el valor de la mercadería siempre que no superen los US$ 100.

En caso contrario, un despachante de aduanas debe tramitar su liberación a través de un Documento Único Aduanero (DUA) de importación, según informó la oficina recaudadora.

Para que la mercadería llegada desde el exterior a través de Internet no pague tributos de importación o el monotributo de 60% debe cumplir con ciertos requisitos que además fueron ampliados desde el 1° de enero.

Anteriormente, regía un decreto de julio de 2012 que fue modificado a fines del año pasado luego del crecimiento exponencial de las compras por Internet y de presiones de los comerciantes locales para que hubiese mayor control sobre esas operaciones.

Al respecto, el director nacional de Aduanas, Enrique Canon, dijo días atrás a El País que el nuevo marco regulatorio tiene por objetivos que el consumidor uruguayo "tenga a disposición las compras por Internet que son de la modernidad" y a su vez que sean hechas dentro de un marco "que ponga resguardo al comercio nacional de la competencia desleal" por parte del comercio internacional.

Los nuevos controles exigen una tarjeta internacional de crédito para poder comprar en el exterior por Internet.

Además, la DNA accederá a datos de los compradores que no tenía, como la descripción de la mercadería de acuerdo a una codificación que se anexó al decreto de diciembre del año pasado, la especificación del tipo de tarjeta de crédito o débito del titular de la compra, el emisor de la tarjeta y la inclusión en la documentación de los cuatro últimos dígitos del número de la tarjeta de crédito o débito del titular de la compra.

El nuevo decreto también estableció que las encomiendas del exterior para ser exoneradas de impuestos deberán ser recibidas por una misma persona física mayor de edad; no tener fines comerciales; y, en caso que la encomienda contenga una compra, el pago de la mercadería deberá realizarse mediante la tarjeta de crédito o débito internacional, cuya titularidad coincida con el titular de la compra y con el destinatario de la encomienda.

Se permite un máximo de cinco compras anuales para cada persona física, número que se mantiene desde el comienzo del régimen a mediados de 2012.

Además, cada compra de entrega no expresa menor a US$ 50 —que antes no tenían límite en cantidad— estará incluida dentro de las cinco anuales.

El régimen no permite la compra de mercadería en el exterior que se encuentren gravadas con Imesi. Eso incluye bebidas alcohólicas, bebidas concentradas sin alcohol (productos alimenticios concentrados sólidos o líquidos como ser suplementos nutricionales), cigarrillos y tabacos, aceites y grasas lubricantes, artículos de perfumería y Cosméticos.

Desde el 1° de enero se permite la compra de lentes de sol, que anteriormente estaban prohibidas transitoriamente por el Ministerio de Salud Pública por motivos sanitarios.

Esa nueva disposición sorprendió a los ópticos locales que no fueron notificados por las autoridades sobre el cambio de la normativa y sostienen que el nuevo permiso afectará la venta de lentes de sol en el mercado local.

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Entre enero y noviembre entraron 230 mil paquetes comprados vía web. Foto Shutterstock

Mercadería que no cumplía con requisitos vigentes para no pagar tributos

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