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Abuso de Facebook en el trabajo puede sancionarse

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Se puede sancionar cuando la persona no cumple con su trabajo. Foto: EFE

LOS NUEVOS DESAFÍOS EN EL MUNDO LABORAL

¿Es lícito controlar el historial de búsquedas en internet?

¿Se puede sancionar a un empleado por usar Facebook durante el horario laboral? ¿Es lícito controlar el historial de su computadora? ¿Qué opciones existen si un empleado, desde su perfil particular, hace comentarios que dañan a la empresa?

Esas preguntas llegan cada vez con más frecuencia a los despachos de los abogados y son algunos de los desafíos que plantea el uso de la tecnología en el mundo del trabajo. Por ello el estudio Posadas, Posadas & Vecino realizó ayer una conferencia en su sede de Carrasco, en la que abordó esas problemáticas.

"La respuesta a la primera pregunta es que sí. Se puede sancionar a una persona que está usando las redes sociales, y también se puede revisar el historial de búsqueda de la computadora, siempre que ésta haya sido proporcionada por la empresa. En ambos casos, antes el empleador tiene que haber avisado que a partir de determinada fecha comenzarán a implementarse esos mecanismos de control", explicó la abogada Cecilia Demarco, especialista en Derecho Laboral y una de las expositoras de la conferencia.

Según comentó, es muy habitual que los trabajadores accedan a páginas que no son estrictamente de trabajo durante su horario laboral, y eso no necesariamente es negativo.

"El problema es cuando el empleado entra a sitios inadecuados, o comienza a disminuir su rendimiento en la empresa y se ve afectada la productividad", dijo. En tales casos sí se puede utilizar la información del historial para sancionar a una persona.

Garantías.

"Siempre tiene que haber una razón que amerite ese control", agregó Demarco, "pero en todos los casos se deben dar garantías de seguridad; es decir, que los datos que se obtienen a través de la fiscalización van a preservarse de una forma segura, según se establece en la Ley de protección de datos personales".

Sobre los comentarios de los trabajadores en las redes sociales acerca de la empresa en la que se desempeñan, Demarco explicó que la jurisprudencia admitió que se sancione ese tipo de acciones cuando se agravia a un compañero o a la propia compañía.

Los mecanismos de control con los que cuentan las empresas no sólo se limitan a la posibilidad de revisar el historial de búsquedas de la computadora; hay otros sistemas de fiscalización como las cámaras de videovigilancia en los espacios de trabajo —exceptuando vestuarios y baños— o los GPS en los autos de la empresa que son utilizados por los trabajadores durante el horario laboral.

"Los GPS suelen instalarse en camiones o vehículos de reparto. Hace un tiempo tuvimos una consulta de un empresario que tenía registros de los trayectos y comprobó que uno de sus empleados iba a otros lugares que no tenían que ver con sus obligaciones en el horario laboral. Y en esos casos sí se puede sancionar", indicó la abogada.

También el trabajador dispone de defensas gracias a las tecnologías de la propia empresa.

"Tuvimos un caso favorable a un empleado que recurrió a las imágenes de las cámaras de seguridad para comprobar las horas extras que hacía. Este trabajador salía mucho más tarde de lo que establecía el contrato. Eso muestra cómo la tecnología se puede utilizar para ambos lados: tanto en beneficio del empleador como del empleado", narró.

A nivel laboral, de acuerdo a la experta, las sanciones tienen que ser progresivas: "Si es una falta muy grave la empresa tiene la posibilidad de aplicar la sanción más severa, pero si son faltas leves se debe ir incrementando la sanción a medida que constata la reincidencia en los comportamientos inadecuados", sostuvo.

Desconexión laboral.

Durante la conferencia los expertos también abordaron el tema de la "desconexión laboral". Hay un proyecto a estudio en el Parlamento, similar al de otros países que han regulado ese derecho.

Las nuevas formas de estar conectado al trabajo, ya sea por mail, por WhatsApp o llamadas al celular, han hecho que el comienzo y el final de la jornada laboral sean más difusos que nunca.

Francia ha sido pionera en regular el derecho del trabajador a desconectarse fuera de su horario de oficina; en España, algunos estudios señalan que el 65% de los trabajadores es requerido fuera de su horario laboral y hay sindicatos que reclaman la regulación.

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