Publicidad

Los derechos laborales en la era digital

Compartir esta noticia
María Noel Chaves. Foto. El País

ENTREVISTA A MARÍA NOEL CHAVES

"Nuevas formas combinan elementos del trabajador dependiente y autónomo", dijo María Noel Chaves, especialista en derecho laboral y consultora externa del BID.

Cómo garantizar los derechos de los trabajadores, en medio de la regulación y flexibilización que trae consigo la era digital? Es una pregunta a la que aún le faltan respuestas, pero hay un camino trazado por algunas naciones del mundo que sirve de guía. El BID publicó recientemente un trabajo (*) enfocado en Latinoamérica, haciendo hincapié en las alternativas existentes para modernizar las regulaciones. Entre los autores está la Dra. María Noel Chaves, especialista en derecho laboral y de la seguridad social, consultora en el área de Mercados Laborales del Banco Interamericano de Desarrollo. Para Chaves, las zonas grises que aparecen a la hora de definir entre trabajadores dependientes y autónomos y preservar los derechos de ambos, es uno de los grandes desafíos, sobre lo que han avanzado varios países.

A continuación, un resumen de la entrevista.

-El mundo laboral está en tensión debido a los cambios culturales y la incidencia de la tecnología. ¿Estamos otorgando la debida importancia a la acelerada afectación de los mercados laborales?

-Se hace evidente la necesidad de pensar en estrategias para actualizar las habilidades de los trabajadores y evitar pérdidas de empleo. La emergencia de estas nuevas formas de trabajo a través de plataformas digitales regidas por algoritmos está alterando el funcionamiento de los mercados de transporte, reparto y servicios digitales, entre otros. A su vez, las tecnologías también han hecho posible trabajar de forma remota desde cualquier lugar y en cualquier momento. Todo esto sucede en un contexto en el que la participación laboral femenina va en aumento y los millennials demandan una mayor flexibilidad. Si bien estos temas están en la agenda de los países, todavía falta un enfoque global que aborde todas las aristas de este nuevo mundo del trabajo.

-Un concepto que entra en tensión es la distinción entre trabajadores dependientes y autónomos. ¿Cómo afrontarlo?

-Ser trabajador dependiente implica tener un régimen de protección laboral y de seguridad social amplio. Salario mínimo, vacaciones remuneradas, protección frente al despido, derecho a organizarse y formar sindicatos, son algunos de sus beneficios. Por el contrario, para los trabajadores autónomos este régimen de protección desaparece o es significativamente menor, por lo que existe una distancia importante en términos de protección entre ambos grupos. Las nuevas formas de trabajo desdibujan los límites entre ambas categorías, tornando difícil encuadrar a estos trabajadores en una u otra categorías.

-Precisamente, entre los mayores problemas a resolver están las “zonas grises” que se encuentran entorno a las nuevas relaciones laborales. ¿Cómo vencerlas?

-En líneas generales para distinguir el trabajo dependiente del autónomo, se utilizan los “indicios de subordinación”. Si el trabajador recibe órdenes de su empleador, si cumple un horario fijo, si utiliza las herramientas de la empresa, si está inserto en la organización, estamos ante un trabajador dependiente. En caso contrario, ante un trabajador autónomo. El problema se presenta porque estas nuevas formas de trabajo combinan elementos de ambas categorías. Es lo que se conoce en la jerga legal como “zona gris”. Para resolver este tema algunos países están ampliando la definición de trabajador dependiente y así minimizar la zona gris. Es lo que ocurrió en Italia con la reforma laboral del 2019.

-¿De qué forma se está revisando y buscando soluciones a este tema a nivel global?

-Existen distintas alternativas. La primera es aplicar el régimen vigente en cada país y calificar al trabajador en una u otra categoría en virtud del principio de la realidad, que depende de las características del vínculo entre las partes, independientemente de cómo le llame su empresa (socio, conductor, proveedor, etc.). En California, cuna de las plataformas de Silicon Valley, el Congreso aprobó una ley (Ley AB5 de 1°/01/2020) que considera trabajadores a los conductores de plataformas, entre otros. Otra opción es crear una tercera categoría que combine elementos del trabajador asalariado y del autónomo. Quienes ingresen a esta categoría tendrían un número limitado de derechos laborales y a la vez mantendrían la flexibilidad del trabajo autónomo. Esta opción ya rige en Francia y está a estudio en España a través de una redefinición del Trade (trabajador autónomo económicamente dependiente). Otra alternativa es otorgar un piso mínimo de derechos y garantías para todos los trabajadores, con independencia de su calificación. La Unión Europea viene avanzando en este sentido.

-La disrupción que generó la llegada de las plataformas al mundo laboral, es un gran llamado de atención...

-Las plataformas han permitido la inserción laboral de personas con dificultades para ingresar al mercado de trabajo como estudiantes, mujeres con responsabilidades familiares, desempleados de larga duración. Sin embargo, en la mayoría de los países, estos trabajadores no están cubiertos por el marco normativo y no tienen acceso a los beneficios y protecciones establecidos en la ley del trabajo. Por eso, es clave lograr una regulación adecuada que evite la precarización laboral. Tenemos que perderle el miedo a estas nuevas formas de trabajo y leer correctamente las señales de los tiempos, porque adaptabilidad laboral no significa precariedad si se toman las medidas regulatorias adecuadas.

-En Uruguay, ya tuvimos un fallo de la justicia reconociendo la relación de dependencia de un chofer de Uber. ¿Es un caso paradigmático, que puede cambiar la relación?

-La reciente sentencia de Uruguay no es ajena a lo que ha estado ocurriendo en el mundo. En EE.UU. y Reino Unido, por ejemplo, los conductores fueron considerados trabajadores por la Justicia. Lo problemático es que existen sentencias contradictorias, aún dentro de un mismo país. En Brasil, Reino Unido y España por ejemplo, ha habido sentencias que califican a los choferes como dependientes mientras que otras como autónomos. Incluso algunos jueces han reclamado la acción del regulador para resolver de una vez por todas este tema.

-El trabajo del BID en el que participó hace referencia a los sindicatos “APP”. ¿Es posible preservar derechos y tener una defensa sindical en un contexto de relación y trabajo individual?

-Si bien la relación de trabajo es individual, las malas condiciones de trabajo (bajos salarios, accidentes de trabajo) fueron el detonante que llevó al surgimiento de nuevos sindicatos. El sindicato APP (Asociación de Personal de Plataformas) en Argentina, que agrupa a repartidores y conductores de Rappi, Glovo y Uber, fue el primer gremio en América Latina. En Chile, se creó el Sindicato Regional de Conductores de Uber. En España el sindicato Riders x Derechos ya asume la defensa de sus afiliados.

-El desarrollo tecnológico y la incidencia de la inclusión financiera en el pago de remuneraciones, ha permitido la trazabilidad de los ingresos. ¿Resulta una buena herramienta de defensa para los asalariados?

-Sin entrar en el debate sobre la obligatoriedad de la inclusión financiera, lo que sí es claro es que la trazabilidad de los ingresos puede ser un gran insumo para el regulador. La capacidad de dar seguimiento a los datos (trazabilidad) que ofrecen las plataformas digitales es una gran promesa: todas las transacciones quedan registradas, y los trabajadores reciben sus ingresos vía transferencia bancaria. Las plataformas son una fuente de información esencial para visibilizar a los trabajadores y estructurar esquemas de protección social que se ajusten a sus circunstancias particulares. La tecnología se transforma así en un gran aliado a la hora de legislar, permitiendo conocer la situación del trabajador en tiempo real.

-¿Qué criterios deberían tener en cuenta los responsables de modernizar la legislación en la región?

-En primer lugar, alcanzar la universalidad; es decir, hacer que la protección social no dependa de la modalidad o del sector en el que se desempeña el trabajador. Segundo, lograr la neutralidad para que las regulaciones no produzcan distorsiones, como recurrir a trabajadores autónomos con el único propósito de evadir las regulaciones laborales y de seguridad social. Y, tercero, la eficiencia: permitir que la sociedad en su conjunto (individuos, empresas y gobierno) maximice el bienestar social que produce con sus relaciones laborales. La regulación actual de la región, que data de principios del siglo pasado, no cumple con estos principios. No es universal, sino que se enfoca únicamente en proteger al trabajador dependiente. No es neutral, ya que genera incentivos al “disfrazar” a trabajadores dependientes como autónomos para eludir obligaciones. Y tampoco es eficiente, ya que deja sin protección social a una buena parte de la población. Avanzar en la legislación de derechos laborales que cumplan estos principios puede no solo revertir los problemas del pasado, sino también prevenir problemas potenciales que podrían surgir en un entorno cambiante como el actual.

Y la cuarta revolución industrial ha puesto en evidencia que los modelos regulatorios tradicionales no son los más adecuados para afrontar los desafíos de un mercado de trabajo en constante cambio. En general, las regulaciones son lentas y tardan años en ajustarse a los cambios. Las nuevas formas de regulación deben ser procesos dinámicos y flexibles que se adapten a la velocidad de los cambios. Existen varias tendencias en innovación regulatoria que pueden ayudar a romper con los moldes tradicionales de regulación reactiva para avanzar hacia esquemas regulatorios que combinen las oportunidades de la tecnología, de la economía del comportamiento y de esquemas colaborativos para modernizar la legislación laboral en la región.

(*) El futuro del trabajo en América Latina y el Caribe: ¿Cómo garantizar los derechos de los trabajadores en la era digital?

¿Encontraste un error?

Reportar

Te puede interesar

Publicidad

Publicidad