Cambian IRPF: la hora de los cálculos

2008-07-29 00:00:00 300x300

El gobierno anunció ayer los cambios en el IRPF y a otros impuestos buscando aliviar algunas cargas tributarias en parte de la población y responder a las fuertes presiones preelectorales de sus votantes y desde la interna del Frente Amplio

La decisión promedió las aspiraciones del ministro de Economía, Danilo Astori y las de la bancada del Frente. La suba del mínimo no imponible y la aprobación de deducciones por menores a cargo regirán desde la vigencia de la ley, muy probablemente a partir del 1° de setiembre, ya que se descuenta que el Parlamento aprobará la norma en agosto.

Pero los alivios tributarios en las declaraciones por núcleo familiar quedarán para 2009 ya que Astori reiteró ayer que no hay posibilidad material de los organismos recaudadores para instrumentarlas antes.

Astori no mencionó cambio alguno en el actual sistema de franjas, lo que fue confirmado a El País en el Ministerio de Economía: "Las franjas no se tocan" se aseguró.

En la bancada del Frente hay intención de votar la reforma de la reforma cuanto antes, y la propuesta del gobierno fue bien acogida (ver página A7)

Los cambios tributarios insumieron ayer la mayor parte del Consejo de Ministros y luego fueron el propio presidente Tabaré Vázquez y Astori quienes los anunciaron en conferencia de prensa.

"Actuamos con coherencia, no hacemos electoralismo, demagogia, ni es un carnaval electoral", afirmó ayer el presidente Tabaré Vázquez durante el Consejo de Ministros dijeron participantes a El País

El ministro de Economía estimó la reducción de ingresos tributarios en US$ 100 millones y dijo que unos 170.000 de los 400.000 contribuyentes del IRPF dejarán de pagarlo.

Vázquez destacó que con los cambios a la tributación de los pasivos el 86% ya no tributa, mientras que el 70 % de los trabajadores no pagará el impuesto. Y agregó un "aviso a los navegantes": "Por el momento, las modificaciones que pensamos llevar adelante, se agotan aquí".

Varios cambios. Astori dijo que los cambios alcanzan no solo al IRPF, sino también al IVA y al Impuesto a las Transmisiones Patrimoniales (ITP) para el caso de las enajenaciones de viviendas del Banco Hipotecario y de la Agencia Nacional de Vivienda y al Impuesto a la Renta de las actividades económicas (IRAE) mediante mayores deducciones (150%) a las inversiones en fertilizantes para praderas y genética ganadera.

Se bajarán asimismo las tasas de tributación de las rentas derivadas de derechos de autor sobre obras literarias, artísticas o científicas, que hoy pagan 12%, a 7%. Además se exonerará del IVA a todas las obras musicales y cinematográficas que se publiquen como discos compactos o discos de video digital.

En el proyecto de ley se incluirá también una facultad al Poder Ejecutivo para disminuir el impuesto que pagan pasajes aéreos que se emiten en el país que compiten con los pasajes que se emiten en el exterior. (Más información en A 8)

El IRPF En el caso del IRPF se eleva el mínimo no imponible -hoy en $ 8.875, equivalente a 5 bases de prestación contributiva (BPC)- en tres casos: 1) en la liquidación individual pasará a ser de $ 12.425 mensuales (7 BPC); 2) cuando se trate de tributación por núcleo familiar, si los dos miembros de la pareja perciben por mes más de un salario mínimo nacional, el monto no imponible será de $ 24.850 (14 BPC) para el núcleo; y 3) en el caso de la tributación por núcleo familiar, cuando uno de los miembros de la pareja no tribute o perciba por mes menos de un salario mínimo nacional (SMN), el mínimo no imponible será de $ 14.200 (8 BPC).

Astori puso un ejemplo: "Para una pareja típica del país, con dos hijos menores de 18 años, en la que ambos aportan por Impuesto a la Renta, para empezar a pagar Impuesto a la Renta una vez que estén en vigencia todas las modificaciones, se requerirá un salario del núcleo familiar nominal, de unos $ 35.000 pesos. Recién a partir de los $ 35.000 nominales de ingreso del núcleo familiar se empieza a pagar Impuesto a la Renta". Fuentes del equipo económico precisaron que la cifra de ingreso familiar es de $ 36.400.

Asimismo, las deducciones por menor a cargo por gastos de salud (que se ajustan en la reliquidación anual del IRPF) irán de $ 961 a $ 1.922, anuales.

Frente fiscal. La renuncia fiscal por los cambios tributarios fue estimada por Astori en US$ 100 millones, lo que se suma a los US$ 40 millones a los que el gobierno debió renunciar por la derogación del IRPF a los pasivos que sustituyó por el Impuesto a la Asistencia a la Seguridad Social.

Vázquez aseguró que el país está hoy "en el punto más próximo" al equilibrio fiscal con "un pequeñísimo déficit" del 0,4%.

Astori no abundó sobre el sacrificio fiscal que se suma al aumento de gasto previsto en la Rendición de Cuentas.

El diputado de Asamblea Uruguay, Alfredo Asti explicó a El País que la "renuncia fiscal" se solventa en base a previsiones de crecimiento económico más positivas que las que se establecen en la norma presupuestal y a los mejores resultados de recaudación que se esperan en la DGI, el BPS y la Dirección Nacional de Aduanas.

El legislador recordó que, en la Rendición de Cuentas de este año, el Ejecutivo estimó en el primer trimestre del año un crecimiento de un 5,25% del PIB y la actual estimación oficial es de 6,8%, mientras que los analistas privados vaticinan que el crecimiento rondará el 10%. Agregó que para 2009, los analistas privados prevén un incremento del PIB de un 4,4%, mientras que el Poder Ejecutivo estima que este será de un 4%. "Esos guarismos, más el incremento de la actividad y de la eficacia de los organismos de contralor, van a cubrir los US$ 100.000 que costarán los cambios en el IRPF", sostuvo Asti.

Las Modificaciones tributarias anunciadas

Cambios al mínimo no imponible en el IRPF

Aumento. El mínimo no imponible del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para los casos de trabajadores individualmente considerados pasará de $ 8.875 a ser de $ 12.425 mensuales. El sistema de franjas para el aporte no registra cambios.

Alternativa para quienes tributen como familia

Núcleo. Tributando como núcleo familiar, hay dos posibilidades: si cada miembro de la pareja cobra más de un salario mínimo ($ 4.150), el monto no imponible será $ 24.850; y si uno de los dos gana menos de un SMN, el monto no imponible será $ 14.200.

Mayor deducción por los menores de 18

Beneficio. La propuesta oficial plantea duplicar la deducción permitida por hijo menor de 18 años, que pasará de los actuales $ 961 a $ 1.922 al año. Empezará a regir a partir del mes siguiente a la promulgación de la ley por parte del Poder Ejecutivo.

Los autores pagarán menos por su ganancia

Rebaja. Se disminuye la tasa que se aplica a los rendimientos derivados de derechos de autor sobre obras literarias, artísticas o científicas. Hoy pagan 12% y pasarán al tributar el 7%. Se las considera rentas del trabajo y no de capital.

El núcleo familiar pagará menos en mayoría de casos

Tras una primera lectura, los analistas sostienen que en los casos donde ambos integrantes de una pareja superen los ingresos de un salario mínimo nacional, les convendrá siempre tributar por núcleo familiar.

La segunda etapa de cambios en la liquidación del IRPF regirá a partir de enero de 2009, cuando se permitirá que cónyuges o parejas legalizadas puedan optar por sumar sus ingresos para calcular el impuesto a pagar si eso les beneficia.

Para los que opten sumar sus ingresos regirán dos montos de mínimos no imponibles diferentes:

1. Para los casos en que los dos miembros de la pareja ganen cada uno más de un salario mínimo nacional (SMN) -$ 4.150- el mínimo no imponible será de $ 24.850.

2. Cuando uno de los integrantes de la pareja gana menos de un SMN o no tiene ingresos y el otro más de un SMN, el mínimo no imponible por núcleo familiar será de $ 14.200.

A efectos de saber en qué casos conviene pasar a esta forma de tributación, los integrantes de la pareja deberán comparar cuánto pagan por separado por IRPF, con lo que pagarían por el nuevo sistema sumando sus ingresos y teniendo en cuenta: el nuevo mínimo no imponible que corresponda y la franja en que se ubica la suma de sus dos ingresos que supere el mínimo no imponible lo que determinará su porcentaje de tributación.

Según la primera lectura de analistas consultados por El País, en esos casos -cuando los dos integrantes de la pareja ganan más de un SMN cada uno- les conviene tributar por núcleo familiar.

Fuentes del Ministerio de Economía dijeron a El País que "una familia tipo (donde los dos ganan más de un SMN y tienen dos hijos) no paga hasta los $ 36.400 mensuales" nominales de ingresos sumados.

En cambio, en los casos donde se aplica el mínimo no imponible por declarar como núcleo familiar de $ 14.200, dependiendo el ingreso que tenga, le convendrá más optar por la declaración individual o por núcleo.

De acuerdo a las fuentes de Economía, dos personas que trabajen y una de ellas gane menos de un SMN y con dos hijos menores a cargo, no pagarán IRPF hasta los $ 23.000.

El "núcleo familiar" está considerado como la pareja que recibe ingresos. Para poder declarar como tal, la pareja deberá estar casada o con el régimen de unión concubinaria, según varias fuentes oficiales.

Hay aspectos de este régimen que se definirán en la reglamentación de la ley, como por ejemplo si hay un período de tiempo por el que se debe declarar por uno u otro, una vez que se haya realizado la opción.

FRANJAS. Lo que está claro, es que las franjas del IRPF no sufrirán cambios. En el caso de la declaración individual, la franja siguiente al mínimo irá de $ 12.426 a $ 17.750 (por ese tramo de ingreso se abonará 10%).

En el caso del núcleo familiar con el mínimo de $ 14.200, la franja siguiente irá de $ 14.201 a $ 17.750 (por ese tramo se abona el 10%). Para el mínimo de $ 24.850, la franja que le sigue irá de $ 24.851 a $ 79.875 (por ese tramo de ingreso se abonará el 20%).

Para Leonardo Isoardi, gerente del Departamento Tributario del estudio Ferrere, las franjas del sistema debieran modificarse porque, de lo contrario, se establecen situaciones de inequidad, según contó a El País.

Por ejemplo, en una familia que tiene ingresos conjuntos por $ 30.920 pueden darse dos situaciones bien diferentes. Si en un caso hay un sueldo por un salario mínimo nacional ($ 4.150) y otro de $ 26.770 es claro que conviene liquidar por núcleo familiar, ya que con el actual sistema el sueldo mayor hoy tributa individualmente $ 1.772 y por núcleo familiar no paga nada. En cambio si el sueldo menor es inferior a un SMN, por ejemplo de $ 4.100 y el principal de $ 26.820 no se le duplica el monto mínimo no imponible (queda en $ 14.200) y pasa a pagar $ 1.944, más que en la liquidación individual del sueldo mayor que es de $ 1.376.

INDIVIDUAL. La suba del monto mínimo no imponible de $ 8.875 a $ 12.425 (que comenzará a regir un mes después de promulgada la ley) y la duplicación de las deducciones por hijo menor de 18 años a cargo, permitirá que cerca de 127.000 contribuyentes del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) dejen de pagarlo, según cálculos de la Dirección General Impositiva (DGI). Además, para el resto de los contribuyentes (los que tienen ingresos nominales desde $ 15.200 en adelante) supondrá un ahorro mensual de $ 355 en el IRPF (ver cuadro: "El IRPF según los sueldos").

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