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Lo que se debe saber sobre los principales tributos en Uruguay

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Ingresos: eran $46.340 en el hogar.
Billetera con dinero, billetes, pesos uruguayos , cotización, consumo, ND 20120515, foto Américo Plá - Archivo El País
Archivo El País

Dentro de todas las obligaciones que tienen los uruguayos a la hora de pagar, hay siete que se destacan por su importancia. Vea cuáles son y las características de cada uno.

Una refinanciación en seis años: ni quita ni amnistía.

El Congreso de Intendentes resolvió un plan para el pago por la patente de rodados en todo el país para quienes tienen deudas por incumplimiento hasta el 31 de diciembre de 2015. El Plan de Regularización de Adeudos consiste en la posibilidad de pagar el monto de la deuda por impuesto de patente de rodados, sanciones por mora y multas de tránsito con diferentes facilidades de acuerdo a la situación del contribuyente.

Las deudas se podrán pagar hasta en 72 cuotas (seis años) y el valor total no podrá superar el 50% del valor del vehículo, explicó a El País César García, consejero del Congreso de Intendentes. Según García, se aplicará por “primera y única vez” y comenzará a funcionar a partir de marzo de este año. Lo que pretende la medida, explicó, es “regularizar el parque automotor viejo”. “Se establece un plan de regulariazación interesante donde no se hacen quitas ni recargos pero se da posibilidad de que las cuotas sean chicas”, apuntó. “De no estar en pesos, las deudas se transformarán a pesos tomando como referencia la última cotización del dólar interbancario del mes de diciembre de 2015 o al valor de la Unidad Reajustable del mes de diciembre de 2015”, dice el proyecto del decreto. Quienes pretendan regularizar su situación deberán pagar un 10% de la deuda al comenzar el convenio. “Lo que hemos visto es que la gente lo que más quiere es poder pagar y no cuánto le estas cobrando” expresó y destacó que los contribuyentes aceptan pagar sus deudas una vez que los planes de pago les resultan accesibles. El endeudamiento por patente ha venido creciendo en un promedio de alrededor de 3% y 4%, según el presidente de la Comisión de Seguimiento del Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares (Sucive), José Luis Falero. Este plan de regularización pretende reducir las cifras de morosidad para todas las intendencias del país.

La patente de rodados se paga en seis cuotas durante el año, en enero, marzo, mayo, julio, setiembre y noviembre. Las multas por mora son las establecidas por el Código Tributario (5%, 10% y 20% según atraso) y el recargo es capitalizable diaramente según determinadas tasas de intereses publicadas por el Banco Central del Uruguay (BCU). A su vez, el beneficio por pago contado anual es de un 20% y si se realiza en cuotas y los pagos son en fecha, el descuento es de un 10% de la cuota. Lo anterior aplica para los 19 departamentos.

Egresados que becan.

El Impuesto de Solidaridad fue creado para que egresados de la Universidad de la República y los del nivel terciario del Consejo de Educación Técnico Profesional (UTU) y de la Universidad Tecnológica (UTEC), aporten a un fondo que permita el pago de becas a estudiantes con bajos recursos. El plazo para pagar el Fondo anualmente es el último día hábil de diciembre, y para los que pagan el adicional, el último de agosto. Se puede pagar en cuatro cuotas y no hay bonificaciones. La multa es de hasta 0,5 Bases de Prestaciones y Contribuciones (BPC) por año de ejercicio con un máximo de 2 BPC por acumulación.

Para la escuela.

Este impuesto de primaria, que afecta a las propiedades urbanas, suburbanas y rurales se paga en tres cuotas. Los vencimientos los fija ANEP y suelen ser entre marzo y junio, julio y setiembre y octubre y diciembre. No tiene bonificaciones para buenos pagadores previstas por ley y las multas por mora varían entre el 5%, 10% y 20%, de acuerdo con el plazo que transcurra luego del vencimiento. Los recargos son determinados sobre determinadas tasas de intereses publicadas por el Banco Central del Uruguay. En 2014, un 64% de los ingresos por este impuesto fueron destinados a la alimentación en escuelas públicas.

Impuesto al consumo.

El Impuesto al Valor Agregado (IVA) para los servicios personales afecta a aquellas personas que venden servicios. Se paga de bimestralmente -los plazos los establece la Dirección General de Impositiva (DGI) - y las multas por mora van entre el 5% y 20%, según. En caso de atrasarse, los contribuyentes pueden pedir que se eliminen las multas si pagaron en fecha en el año previo. Para utilizar este recurso, el pago se debe hacer en el mismo mes del vencimiento de la cuota. En caso de no pagar en fecha hay posibilidades de refinanciación en hasta 36 cuotas y también se pueden realizar acuerdos tributarios.

Rentas gravadas.

El Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas abarca diferentes rentas, pero en el caso de los trabajadores dependientes su evasión sería responsabilidad de la empresa que hace las retenciones a su salario. Para los trabajadores independientes sí hay más probabilidades de cometer evasión. Tiene un vencimiento bimestral, definido por DGI y tiene multas por mora del 5%, 10% y 20%, dependiendo de los días de atraso. Los recargos son mensuales y luego de cuatro meses lo acumulado se suma a la deuda, lo que incrementa el monto a recargar en el futuro. Hay posibilidad de amparo a régimen de buen pagador.

Inmuebles en Montevideo.

La contribución inmobiliaria, que aplica a bienes inmuebles depende, tanto en multas y recargos, como beneficios y plazos, de cada una de las 19 intendencias del país. Este año en Montevideo tiene tres vencimientos: marzo, julio y noviembre. A su vez, tiene una multa por mora de un 1,5% diario hasta el décimo día del vencimiento. A partir de ahí pasa a ser un 15% fijo. Los recargos son del 0,067% hasta el décimo día luego del vencimiento y posteriormente pasa ser un 2% capitalizable mensualmente. En algunas intendencias hay amnistías, rebajas y bonificaciones por pago al contado o a buenos pagadores.

Seguridad social.

Los aportes al Banco de Previsión Social (BPS) son diferentes si se trata de industria y comercio, actividad doméstica, sector rural y sector de la construcción. Los empleadores deben realizar estos aportes para asegurar la jubilación y gastos de salud de sus empleados. En el caso de industria y comercio, los aportes que se deben hacer tienen vencimientos que son fijados por BPS. Hay acuerdos con facilidades de pago que están determinados por ley y las multas por mora y recargos son los establecidos por el Código Tributario: de 5% al 20% dependiendo del atraso y el recargo es capitalizable cada cuatro meses.

Fuente: Guillermo Sena, Posadas Posadas y Vecino y El País

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