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Regreso al atajo prohibido

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EDITORIAL

La consigna es aferrarse al poder y en esa búsqueda vale todo: lo bueno y lo malo. Solo así puede entenderse la insistencia del FA en intentar aprobar una ley, muy similar a otra que fue declarada inconstitucional el año pasado, que viola principios republicanos básicos.

Si algo ha caracterizado a los Parlamentos de mayoría frentista es su pésima producción. No por la cantidad de leyes aprobadas sino, sobre todo, por la muy pobre calidad de su tarea. Basta ver las inconstitucionalidades que les han caído o las dificultades de interpretación de las normas que son leyes y con las cuales deberán sobrevivir y defender sus derechos los ciudadanos de este país. Penoso. Más cuando se insiste a sabiendas del resultado.

Hace un año, la Suprema Corte de Justicia declaró inconstitucional el artículo 143 de la denominada ley de Medios que regulaba la adjudicación gratuita de publicidad electoral. Allí se disponía que el 80% de la publicidad gratuita se distribuiría de acuerdo al porcentaje de los votos recibidos por cada Partido en la última elección; a los Partidos nuevos la cantidad de minutos equivalente al que votó peor en la elección anterior y solo un 20% de manera igualitaria y general entre todos los partidos.

Los argumentos de la Corte fueron de clara inspiración republicana, como son los contenidos y los principios de nuestra Constitución:

— "La norma impugnada, no solo viola el principio de igualdad, sino una de las bases del sistema democrático, esto es, la libertad de expresión de pensamiento de los partidos políticos (…). El principio debe ser que los partidos políticos participen en condiciones de igualdad y no discriminación, para lo cual el Estado no solo no debe obstaculizar por vías indirectas tal ejercicio, sino actuar con medidas positivas para favorecer su más amplia libertad".

—"Facilitar que el soberano elija en las mejores condiciones posibles. Es el interés de los electores y no de los partidos el que debe contemplarse primordialmente".

—"El elector debe contar con la posibilidad real de acceder a las propuestas de todos los partidos de manera tan equilibrada como sea posible, evitando la generación artificial de desigualdades que se fundan en resultados electorales del pasado que probablemente afecten a los resultados electorales futuros".

—"No se advierte ninguna justificación razonable para beneficiar a quienes más votos obtuvieron cinco años antes, en lugar de privilegiar la posibilidad de que todos los partidos políticos expongan sus ideas y propuestas en forma equilibrada e igualitaria, para el futuro, con el fin de que el ciudadano ejerza, con la mayor información posible, su derecho al voto".

Ocurre que ahora el reincidente FA se aprovechó del proyecto de ley de financiamiento de los partidos políticos en el Senado para insistir con el tema y, a grandes rasgos, lo que se hizo fue rebajar del 80% al 50% (artículo 13) la distribución de publicidad en base a la elección anterior, en tanto los partidos nuevos y los que no tienen representación legislativa dispondrán (entre todos) de un 5%. Para la mayoría frentista el problema de la inconstitucionalidad es el porcentaje y no la flagrante desigualdad que encierra el criterio de distribución.

Pero no sorprende. La ideología populista que impera en algunos países amigos del FA en la región no se caracteriza precisamente por su apego a los principios republicanos. La consigna es un vale todo para aferrase al poder como si fuera un derecho divino. Allí está el ejemplo de Nicolás Maduro, su máximo exponente, que tantas simpatías y tantas expresiones de apoyo y admiración recoge en el FA. Aquí todavía son tímidos, aunque también buscan sus atajos. El senador Pedro Bordaberry, que llevó la voz cantante de la oposición durante la sesión de la Cámara Alta, fue categórico al afirmar que el Frente "estaba sacando una ventaja para la próxima elección. Quien hoy está en el gobierno y tiene mayorías busca aprobar una ley que le da ventajas frente a los otros partidos en la elección y es la segunda vez que intenta hacerlo. Esto va rumbo a ser inconstitucional de acá a la China", remató.

Con todo, la nota saliente estuvo a cargo de la senadora Constanza Moreira, que consideró que hay una interferencia de la Suprema Corte de Justicia en la tarea legislativa ("a través de las declaraciones en la sentencia de inconstitucionalidad de la ley de Medios, la Corte está interviniendo en la política pública y en la legislación") y reclamó que el Parlamento "no abdique de su derecho a legislar para dejarlo en manos de la Suprema Corte de Justicia". La senadora le erró muy feo: la Corte no se arroga legislar cuando determina una inconstitucionalidad, sino simplemente le exige al legislador que respete la Constitución y legisle dentro de su marco. El problema es cuando no se entienden los principios republicanos básicos, incluido el elemental de separación de poderes.

Así vamos y seguiremos hasta las elecciones de 2019.

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