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La Fiscalía General de la Nación

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No siempre el trámite parlamentario contribuye a mejorar un proyecto de ley enviado al Parlamento por el Poder Ejecutivo. Hay ejemplos de leyes cuya efectividad se arruinó sin remedio durante el debate parlamentario por circunstancias políticas o simplemente por desconocimiento o errores de los legisladores.

Ojalá que nada de esto suceda con el proyecto de ley sobre Fiscalía General de la Nación actualmente a estudio de una comisión parlamentaria.

Un proyecto por el cual el gobierno de Tabaré Vázquez disipó las dudas planteadas por la ministra de Educación y Cultura, María Julia Muñoz, cuando anunció el traspaso de las fiscalías desde su ministerio a la Presidencia de la República, cosa que, según ella, se haría mediante un decreto que instauraría "una secretaría nacional" a cargo del fiscal de Corte. Esa declaración de la ministra levantó una ola de críticas dado que la iniciativa se interpretó como una amenaza a la independencia técnica de los fiscales, funcionarios no dependientes del Poder Judicial, pero que intervienen en los procedimientos judiciales en representación del conjunto de la sociedad. Demostrando sensibilidad ante los comentarios adversos casi unánimes, el Poder Ejecutivo, desmintiendo a su ministra, envió al Parlamento un proyecto que convierte a la Fiscalía General de la Nación en un servicio descentralizado.

La Comisión de Constitución, Códigos, Legislación y Administración de la Cámara de Representantes dedicó varias sesiones a debatir el proyecto y a oír opiniones de juristas y expertos en la materia. En esas sesiones quedó de manifiesto que la solución corriente en otros países es convertir al Ministerio de Público y Fiscal en organismo autárquico del tipo de la Corte Electoral o el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, como ocurre por ejemplo en Argentina y Brasil. Sin embargo, para crear un órgano así sería preciso reformar la Constitución, razón por la cual se optó por configurarlo como un servicio descentralizado. Similar orientación tuvo un proyecto enviado por el gobierno anterior al Parlamento sin que finalmente se lo aprobara.

Ahora todo indica que las fiscalías saldrán finalmente de la órbita del ministerio de Educación y Cultura para integrarse a un servicio descentralizado cuya cabeza sería como hasta ahora el fiscal de Corte y procurador general de la Nación transformado en los hechos en director del novel servicio.

El problema es que según ciertos trascendidos hay legisladores que manejan la posibilidad de que esa institución tenga no uno sino tres directores, es decir un gobierno colegiado que podría ser integrado como otros servicios, es decir, con cuota política para mayorías y minorías.

Esta alternativa es tan descabellada que debería descartarse sin más porque supone politizar un servicio que, por definición, tiene carácter técnico. Las mismas críticas que se formulaban cuando se lo quería insertar en la órbita presidencial son válidas para sostener que las fiscalías deben quedar al margen de la política partidaria en virtud de la delicada tarea que realizan. Una tarea que cuando entre en vigencia dentro de dos años el nuevo Código del Proceso Penal será más gravitante pues una de sus reformas es la que otorga a los fiscales la responsabilidad de llevar adelante las investigaciones así como formular la acusación. Cuesta imaginar que un servicio de esa naturaleza pueda teñirse con orientaciones políticas.

Más allá de los argumentos de fondo existen también objeciones formales a la peregrina idea de colocar un cuerpo colegiado a la cabeza del nuevo servicio descentralizado. El artículo 68° de la Constitución asienta el concepto de que el fiscal de Corte es una sola persona, no varias. Un fiscal de Corte que, como en el pasado, es la cabeza de una vasta red de funcionarios diseminados por el país sobre quienes ejerce su autoridad como jerarca administrativo aunque sin potestad de influir en las resoluciones que los fiscales deben adoptar en cada caso. Sería inconcebible que ese responsable del servicio, a quien el proyecto adjudica un nutrido conjunto de obligaciones, tuviera que discutir y negociar previamente todas sus decisiones con los demás componentes de un directorio.

En suma, tal como están redactados los 18 artículos del proyecto podrán ser retocados en función de lo que aconsejen los expertos en la materia y la propia Fiscalía de Corte, pero siempre descartando de plano el desacierto que sería instalar el nuevo servicio descentralizado comandado no por el fiscal de Corte sino por un cuerpo colegiado.

Editorial

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