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Cosas veredes...

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juan oribe stemmer
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La frase “Cosa veredes, amigo Sancho que harán fablar las piedras” no figura en El Quijote. Pero es una buena frase que se aplica perfectamente a nuestro continente, donde no cesa de expandirse la lista de acontecimientos que hacen “fablar las piedras”.

Un ejemplo reciente es la declaración del Secretario General de la OEA, Luis Almagro, en un acto oficial celebrado en Bolivia. Almagro afirmó que sería absolutamente discriminatorio que el actual presidente de ese país, Evo Morales, no pudiese ser candidato en las próximas elecciones presidenciales, en comparación con otros presidentes que han participado en procesos electorales sobre la base de un fallo judicial reconociendo la garantía de sus derechos humanos.

Para comprender la gravedad de esa afirmación es necesario recordar el proceso político de Bolivia en la última década y media.

El presidente Morales fue elegido por primera vez en el 2005. En esa época la Constitución estipulaba que el mandato del Presidente era improrrogable.

En el 2009 se reformó la Constitución y se estableció que el Presidente podía ser reelecto por una sola vez de manera continua. Con esto (sorpresa, sorpresa...) Morales consiguió otro mandato.

No satisfechos con ello, las fuerzas sociales (ya sabemos quienes), impulsaron un referendo que propuso abrir la posibilidad para la reelección presidencial por un tercer período consecutivo que se llevó a cabo en febrero de 2016. El proyecto fue rechazado por una mayoría de 51,3 % contra 48,7 %. La derrota no significó el final de las ambiciones presidenciales de Morales.

El partido de Morales (Movimiento al Socialismo - MAS) impugnó la constitucionalidad del límite a dos períodos en la Constitución (que ellos habían impulsado) ante el Tribunal Constitucional Plurinacional. Este cuerpo, haciendo gala de una considerable imaginación jurídica, entendió que la limitación de la reelección violentaba los derechos humanos del presidente e invocó como fundamento nada menos que la Convención Interamericana de Derechos Humanos.

Esta sentencia inmediatamente sirvió de antecedente para una decisión del Tribunal Supremo Electoral de Bolivia (controlado por el partido de Morales) que lo habilitó para presentarse nuevamente como candidato para el período 2019-2025.

La afirmación del Secretario General de la OEA no solamente fue una interferencia no justificada en un proceso electoral interno que, como era de esperar, fue vista como una unción de la controvertida candidatura de Morales a la presidencia y una crítica a los argumentos de la oposición. También estableció un precedente gravísimo para otros casos similares.

Lo que llama la atención es que en el 2017 el Secretario General había solicitado a la Comisión de Venecia un estudio sobre el derecho de reelección. Este organismo consultivo del Consejo de Europa concluyó que la limitación de los mandatos no es uno de los motivos de discriminación contenidos en los tratados internacionales. También consideró que “Los límites a la reelección están orientados a proteger la democracia de convertirse en una dictadura de facto” y que “limitar los mandatos presidenciales con el fin de salvaguardar la democracia... no equivale a discriminación”. Las explicaciones de Almagro, desde entonces, no han aclarado las cosas.

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