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Prohíben recortar el mandato a Maduro

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Nicolás Maduro. Foto: AFP
FABRICE COFFRINI

El Tribunal Supremo de Venezuela (TSJ) determinó ayer que "cualquier enmienda" que se pretenda hacer a la Constitución del país para reducir el período presidencial no podrá aplicarse al actual jefe de Estado, Nicolás Maduro, porque se estaría "desconociendo la voluntad del pueblo".

"Esta Sala Constitucional (del TSJ) concluye que tratar de utilizar la figura de la enmienda constitucional con el fin de acortar de manera inmediata el ejercicio de un cargo de elección popular, como el de Presidente de la República, constituye a todas luces un fraude a la Constitución", dice la sentencia.

Con este dictamen del Tribunal Supremo se invalida la aprobación en primera discusión del proyecto de enmienda constitucional para reducir el período presidencial de seis a cuatro años que el Parlamento de contundente mayoría opositora hizo el miércoles pasado.

En el texto de la decisión del TSJ se señala que la Constitución prevé "un mecanismo político efectivo" para aplicarse a funcionarios en funciones "como el referendo revocatorio contemplado en el artículo 72 de la Carta Magna", un sistema que la oposición también procura activar.

El proyecto de enmienda, que solo esperaba una segunda discusión para su aprobación definitiva, establece, además, que solo es posible una sola reelección presidencial, echando por tierra la legislación vigente que la prevé "indefinida".

La oposición venezolana quiere que Maduro, que ya tiene tres años en el poder que constituyen la mitad de su mandato, salga de la Presidencia lo más pronto posible y por ello han decidido activar, desde el Parlamento, una enmienda constitucional, y también un referendo revocatorio que implicaría una consulta electoral.

Ahora la oposición espera que el Consejo Nacional Electoral proporcione las planillas para recoger la cantidad de firmas para activar el referendo revocatorio, el siguiente mecanismo que buscan aplicar. EFE

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Nicolás Maduro. Foto: AFP

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