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Avalan prohibir el velo en el trabajo

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Un fallo del Tribunal del Justicia prohibió el uso del velo en el trabajo. Foto: Pixabay

La Justicia europea avaló que las empresas privadas prohíban a sus empleados lucir velo islámico en el lugar de trabajo.

Así lo estableció ayer martes el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), la máxima instancia judicial comunitaria, que no consideró discriminatorio que una empresa belga despidiera a una recepcionista tras negarse a quitarse el pañuelo islámico en su puesto de trabajo.

La corte, no obstante, precisó que esta prohibición sí podría resultar discriminatoria si ocasiona "una desventaja particular a aquellas personas que profesan una religión o tienen unas convicciones determinadas".

La corte falló así ante una consulta del Tribunal de Casación de Bélgica por el caso de una mujer que fue despedida por no respetar la norma interna de su empresa, que prohibía lucir prendas de tipo religioso para mantener la "neutralidad" de cara a los clientes.

La demandante en cuestión, Samira Achbita, fue contratada en 2003 como recepcionista por la compañía GS4. En abril de 2006, Achbita informó a la empresa de su intención de lucir pañuelo islámico en el trabajo, a lo que la firma respondió que no toleraría el uso de tal prenda porque "ostentar signos políticos, filosóficos o religiosos era contrario a la neutralidad que la empresa había impuesto para seguir en las relaciones con sus clientes", recordó la corte.

Tras un período de baja por enfermedad, la empleada se reincorporó a su actividad laboral y anunció que lo haría cubierta con el pañuelo islámico, a lo que la empresa reaccionó modificando el reglamento interno para prohibir expresamente ese atuendo. La corte con sede en Luxemburgo entiende que la norma de la empresa "trata por igual a todos los trabajadores, ya que les impone "de forma general e indiferenciada, una neutralidad indumentaria".

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Un fallo del Tribunal del Justicia prohibió el uso del velo en el trabajo. Foto: Pixabay

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