Publicidad

Suprema Corte falla sobre validez de acuerdos en materia laboral

Compartir esta noticia
Corte: "En un acuerdo, ambas partes ceden derechos inciertos". Foto: Gerardo Pérez
Entrada del edificio sede de la Suprema Corte de Justicia, ubicado en Gutierrez Ruiz y Tarigo, barrio Centro, Montevideo, ND 20160801, foto Gerardo Perez
Archivo El Pais

Sostiene que en una transacción ambas partes ceden.

Una disputa judicial entre una empresa de alimentos y un exempleado de confianza por horas extra mal pagadas, presentismo y salarios mal liquidados llevó a que la Suprema Corte de Justicia (SCJ) debatiera sobre la validez de los acuerdos firmados entre los trabajadores, los sindicatos representados por sus delegados y la firma demandada.

El 27 de octubre de 2015, el Juzgado Letrado de Trabajo de la capital de 16° Turno obligó a la empresa a pagar $ 735.055 por horas extra mal liquidadas y no hizo lugar al reclamo del presentismo porque este beneficio había sido acordado por la empresa y el sindicato. Dicho acuerdo fue cumplido por la firma en los años posteriores.

La empresa apeló el fallo. Cinco meses más tarde, el Tribunal de Apelaciones del Trabajo de Primer Turno confirmó el fallo de primera instancia aunque objetó que éste recogiera el acuerdo firmado entre la empresa y el empleado reclamante. Pero no hizo lugar al pago de horas extra ni a las diferencias de salarios y no acogió el reclamo del trabajador al pago del presentismo.

En una sentencia fechada el 24 de agosto pasado, la Corte resolvió, por unanimidad, hacer lugar al recurso de casación presentado por la empresa y confirmar la sentencia en primera instancia en cuanto a la validez de la transacción entre las partes al entender que éste zanjó una situación conflictiva y que ello no implica contradicción con los principios de irrenunciabilidad de los derecho de los trabajadores. Por mayoría, la Corte confirmó el primer fallo en cuanto a que la empresa deberá pagar dos horas extra diarias a su exempleado.

El eterno femenino de una imaginativa pintora
Corte: "En un acuerdo, ambas partes ceden derechos inciertos". Foto: Gerardo Pérez

OTRO TRIUNFO DE LA ECONOMÍA COLABORATIVA

¿Encontraste un error?

Reportar

Te puede interesar

Publicidad

Publicidad