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"Señora, vaya al baño de hombres"

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Desde que inició sus funciones en julio de 2012, la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (Inddhh) recibió ocho denuncias referidas a ingreso y permanencia de personas en establecimientos privados que ofrecen un servicio público.

Cuatro de ellas se presentaron en 2015 y dos en lo que va de septiembre. Del total, tres refieren a casos de personas transexuales.

Hace nueve días, la Inddhh recibió el caso de una persona trans que ingresó al baño de mujeres del shopping de Punta del Este. Un guardia de seguridad le pidió que se retirara y que utilizara el baño de hombres. En 2014 pasó algo similar, cuando se le prohibió ingresar al baño de mujeres a una transexual en los "techitos verdes" de Fernández Crespo.

"Hay que respetar la identidad de la persona. La persona que se identifica con el género femenino, debería entrar al lugar donde se identifica: el baño de mujeres", dijo a El País Alicia Saura, vocera de la Comisión Honoraria Contra el Racismo, la Xenofobia y Toda Forma de Discriminación.

Este tipo de situaciones vienen siendo materia de debate y polémica en varios países. En marzo de este año, el subcomité de la Cámara de Representantes del estado de Florida, en Estados Unidos, aprobó una ley que convierte en delito que los transexuales utilicen baños públicos que no correspondan con su sexo de nacimiento.

La ley HB 583 de "Instalaciones para un solo sexo" fue impulsada por el republicano de Miami Frank Artiles, quien aseguró que el propósito de la normativa es mantener la seguridad pública y la privacidad.

En tanto, en Brasil existe una ley que establece que las instituciones de enseñanza, tanto públicas como privadas, deben garantizar el uso de los baños, vestuarios y demás espacios que estén segregados por sexo "de acuerdo con la identidad" de cada persona. Del mismo modo, si el centro educativo dispone de uniformes para sus alumnos, los transexuales tienen derecho a elegir cuál usarán en función de su identidad.

Iniciativa legislativa.

La Comisión Honoraria Contra el Racismo, la Xenofobia y Toda Forma de Discriminación maneja los mismos casos que la Institución de DD.HH. Ambas vienen trabajando, junto con la Defensoría del Vecino y la Intendencia de Montevideo, en una legislación acorde a los tiempos que corren, y que podría ser presentada en la Junta Departamental en aproximadamente un mes.

"No hemos tenido un gran avance a nivel judicial. Nosotros entendemos que el derecho de admisión no existe y estamos tratando de legislar sobre el derecho de acceso y permanencia sin ningún tipo de discriminación", explicó Saura.

Como punto de partida para la legislación que se está preparando, se tomó un proyecto redactado por la exedila del Frente Amplio Maite López.

El único caso manejado por las dos instituciones de DD.HH. que prosperó en los juzgados fue el de Tania Ramírez (ver nota aparte). También hubo un fallo en el del activista gay Fernando Frontán, aunque este hizo una denuncia personal.

El año pasado, el fiscal de Corte, Jorge Díaz, dictaminó que el derecho de admisión no está avalado por ninguna norma. Díaz se pronunció en ese sentido en un recurso de casación presentado por el propietario del pub "Tres Perros", que en 2011 expulsó a Frontán por usar una caravana y fue condenado por violencia privada (no por discriminación). En su escrito, Díaz señala que el derecho de admisión "no se sustenta en norma jurídica alguna".

Saura explicó que el proyecto original de la exedila Maite López ha tenido varias modificaciones y que la nueva norma hará hincapié en eliminar las "arbitrariedades"; por ejemplo en lo que tiene que ver con requisitorias de vestimenta y cortes de pelo. Hace pocos días, una matiné en Carrasco anunciaba una fiesta con la siguiente advertencia: "Estricta admisión, concurrir con vestimenta y cortes de pelo adecuados. No cortes de pelo escalonados, no rapado a los costados, no tinta en hombres, no caravanas ni piercings en hombres, no ropa deportiva de ninguna clase".

"El derecho de acceso es sin ningún tipo de discriminación. Lo que estamos promoviendo en este proyecto es que solo se pueda impedir el acceso por lo que dice el digesto municipal (estado de embriaguez o notorio desaseo). Las cosas que hacen a la identidad de la persona, como la vestimenta o el corte de pelo, no se pueden incluir. Tiene que haber motivos razonables, no arbitrarios", explicó Saura.

Los boliches y las normas.

La directora de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo, Ariela Peralta, dijo a El País que la entidad solamente realiza sugerencias que no son vinculantes. En el caso de los boliches, se hacen al organismo fiscalizador: la Intendencia. "Hay formas de preservar la identidad de una fiesta, por ejemplo diciendo previamente que todos los hombres deben ir de corbata, o se puede poner un precio caro", opinó. Peralta agregó que existen normas internacionales antidiscriminación que fueron aceptadas por el país y que por tanto deben ser acatadas.

discriminaciónANDRÉS LÓPEZ REILLY

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