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Recurso de inconstitucionalidad contra regulación de aplicaciones

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Easy rebate dos puntos del decreto aprobado por la Junta Departamental. Foto: G. Pérez

Alega la empresa Easy que la IMM no puede prohibir el cobro en efectivo.

La compañía Easy, una de las tres junto con Uber y Cabify que ofrecen servicio de transporte de pasajeros a cargo de choferes particulares a través de una aplicación para celulares, presentó el martes ante la Suprema Corte de Justicia un recurso de inconstitucionalidad contra dos puntos del decreto 36.197 aprobado por la Junta Departamental de Montevideo.

Para Easy, la prohibición del cobro en efectivo y el establecimiento de un canon para los conductores por parte de la Intendencia capitalina violan los principios de legalidad, igualdad y libre competencia expuestos en los artículos 8 y 10 de la Constitución de la República.

En los últimos días, pese a que no se hizo ninguna intimación formal a la empresa y había un acuerdo de migración gradual hacia el sistema electrónico, inspectores municipales le quitaron la matrícula a un conductor como sanción por cobrar en efectivo.

Desde la empresa se dijo que asumirán el costo de la chapa y respaldarán legalmente al conductor afectado, mientras se continúa adelante con la acción de inconstitucionalidad ya iniciada.

Competencias.

Felipe Vargas Arias, manager de Easy, explicó que la compañía "se ajusta en todos los casos a la normativa y no cuestiona la necesidad de respetarla, pero en este caso entendimos que debíamos apelar a la Suprema Corte, porque se están planteando exigencias que no se ajustan a derecho".

La acción legal de Easy fue acompañada con un informe del catedrático Martín Risso Ferrand, director del Departamento de Derecho Constitucional y Derechos Humanos de la Universidad Católica del Uruguay.

Principios.

En lo que refiere al principio de legalidad, el documento presentado, y suscrito por el asesor de la empresa, Américo Cabillón Oliveri, indica que "solo por ley nacional se puede impedir la circulación del uso de efectivo. No tiene el gobierno departamental competencia para ello".

Respecto a la igualdad y libre competencia, se señala que "básicamente en una misma categoría (transporte particular de pasajeros) se permite a los taxis y remises mantener el cobro en efectivo mientras se les impide (sin justificación alguna) a los autos particulares habilitados".

Impuesto encubierto.

La segunda exigencia impugnada es el canon de 0,45 Unidades Indexadas por kilómetro recorrido que deben pagar los choferes a la Intendencia de Montevideo.

La representación legal de Easy argumenta en este caso que la generación de nuevos tributos es privativa del Poder Ejecutivo, con aprobación de las cámaras legislativas, de acuerdo a los artículos 10 y 297 de la Constitución. Se agrega que el canon "es un impuesto encubierto, que excede el marco de la potestad tributaria departamental, carece de fuente legal y, por ende, es inconstitucional".

Por último, la empresa, que funciona desde 2014 en Montevideo, cuestiona el Fondo de Movilidad, para el que se destinarán $ 6 millones mensuales recaudados por la comuna a partir del cobro del canon cuestionado. Easy considera que no se conoce su funcionamiento y no presenta garantías en cuanto a que mejore efectivamente el transporte en la capital.

Una APP utilizada por 28% de los usuarios.

El 28% de los montevideanos que han usado plataformas digitales para el transporte en la vía pública asegura haberlo hecho con Easy, según una encuesta realizada por Zigma Consultores.

La aplicación más utilizada es Uber (la utiliza el 54% de los usuarios). Le siguen Voy en taxi, de la patronal del taximétro (16%) y Cabify (2%).

Easy, presente en 420 ciudades del mundo según reza su sitio web, cuenta en Uruguay con dos servicios: Easy Go (de vehículos particulares que trabaja desde octubre de 2016) y también Easy Taxi (taxis tradicionales). En autos particulares se puede pagar con tarjeta y en efectivo.

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Easy rebate dos puntos del decreto aprobado por la Junta Departamental. Foto: G. Pérez

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