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Récord: caso penal lleva 10 años sin acusación

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Desde 2006, un empresario no sabe si la Justicia lo absolverá o lo declarará culpable. Foto: Archivo
Expedientes judiciales, dicumantos, archivos policiales, nota a J. Gomez, fiscal de crimen organizado, ND 20130906, foto Julio Barcelos
Archivo El Pais

Fiscalía tiene 120 días para acusar y no lo hizo; expediente trata sobre evasión a DGI con boletas “truchas”.

El voluminoso expediente se encontraba encajonado en la parte inferior de un mueble en el Juzgado Penal de Rivera. A poca distancia del mueble, se ubica el escritorio de una actuaria.

Fuentes judiciales de Rivera señalaron a El País que por el caso pasaron una decena de operadores judiciales (jueces y fiscales) y ninguno de ellos se percató de la existencia del expediente sobre un caso millonario de evasión tributaria.

Recién el 3 de agosto de 2015, el Juez Letrado de Rivera de 1er Turno, Diego González Camejo, tomó cartas en el asunto y elaboró un informe sobre el caso.

"Luego de un somero análisis de las complejas actuaciones es posible advertir que formalmente estos autos (el expediente) deberían pasar al Ministerio Público para acusación de conformidad a lo dispuesto por el artículo 233 del Código de Proceso Penal", señaló el magistrado en un escrito al que tuvo acceso El País.

El artículo 233 señala: "Terminado el sumario o la ampliación en su caso, dentro del plazo de tres días el Juez mandará pasar el expediente al Ministerio Público a los fines de la acusación o el sobreseimiento".

En otra parte del documento, el magistrado se refirió al atraso que tenía el voluminoso expediente.

"Ante el exceso de demora en el trámite por un lado y la premura en adoptar, por otro lado, determinadas decisiones cuando existían diligencias pendientes y las partes (los abogados defensores de los acusados) nada habían manifestado, la Sede se permitirá destacar que el expediente se puso de manifiesto y la fiscalía evacuó la vista una vez vencido el plazo legal (...)", advierte el juez.

Consultado el abogado defensor del empresario acusado, Enrique Moller , coincidió con el magistrado sobre la extensa demora del expediente.

"Se trata de un caso penal que lleva diez años sin acusación fiscal. No se puede imputar la violación del plazo razonable del sumario. De los 120 días previstos por la ley para presentar la acusación, pasaron diez años", dijo el defensor.

Agregó que no se puede imputar la demora a las defensas de los acusados porque ninguna de ellas pidió pruebas.

Moller, quien asumió en agosto de 2016 como defensor del empresario Carlos F., pidió el sobreseimiento de su cliente, quien enfrentó una demora atípica de la Justicia uruguaya.

En un reciente escrito presentado ante el Juzgado Penal de Rivera, Moller señaló que era loable el esfuerzo del nuevo titular de la sede para "encauzar" este expediente, luego de que se reconociera judicialmente que, en casi diez años, no se pudo de oficio pasar a la etapa de plenario —parte final del expediente penal que termina en una sentencia— sin que defensor alguno haya entorpecido la labor judicial.

Por la demora, el profesional solicitó al juez que cualquier pedido de prueba que se estime pertinente debe realizarse luego de que la Fiscalía se expida sobre el pedido de sobreseimiento planteado por la defensa del empresario.

Boletas truchas.

Una resolución de la Dirección General Impositiva (DGI), fechada el 6 de octubre de 2006, constató infracciones tributarias y determinó las multas y recargos que debía afrontar el empresario acusado y otros cómplices. En dicha resolución, la DGI señaló que las personas denunciadas se hicieron de facturas apócrifas que utilizaron a los efectos de disminuir los importes sobre tributos a pagar en sus liquidaciones fiscales.

Dichas facturas, según la DGI, fueron clonadas de facturas reales emitidas originariamente por empresas existentes. Sin embargo, a los efectos de su utilización en forma ilegal, se modificaron los destinatarios de dichas facturas y los importes y conceptos correspondientes, señala la resolución.

En consecuencia, se utilizaba "documentación apócrifa" a efectos de inducir a engaño a la DGI pretendiendo que la misma aceptara importes menores a los correspondientes por IVA e IRIC, expresa la resolución de la Impositiva.

La DGI estimó que, entre tributos impagos, mora y multa por defraudación, el empresario acusado adeudaba al organismo la suma de $ 43 millones (US$ 18 millones al tipo de cambio promedio de octubre de 2006) por una de las empresas. En tanto, por otra firma, la DGI entendió que debía $ 10 millones (US$ 420.000).

El 10 de octubre de 2006, el empresario Carlos F. fue procesado por la Justicia de Rivera con prisión por un delito de defraudación tributaria.

El expediente penal señala que un funcionario de una gomería comenzó a ofrecer a sus clientes boletas "truchas" a efectos de descontar el IVA compras.

Como retribución, el gomero recibía un porcentaje en efectivo de lo obtenido en cada transacción.

El gomero se contactó con un socio del empresario Carlos F. y le entregó, en forma periódica, facturas apócrifas con información de cuál era la razón social de su firma, número de R.U.C. y conceptos por los cuales se habrían de completar las mismas.

El gomero y el socio del empresario Carlos F. reconocieron su participación en la maniobra. Sin embargo, Carlos F. declaró que ignoraba lo que sucedía en sus dos empresas.

Según la DGI, no resulta creíble la versión del empresario dado el elevado monto de la defraudación constatada por ambas empresas del acusado, lo que lleva a sostener que este no podía estar al margen del ilícito en su calidad de integrante de dichas sociedades.

Informes a la suprema corte.

Según dispone el Código de Proceso Penal (CPP), si pasados los 120 días de iniciada la etapa del sumario (recolección de pruebas) no se hubiera ordenado poner los autos de manifiesto (etapa de acusación), el juez del caso deberá informar por escrito a la Suprema Corte de Justicia sobre las causas de la demora. Dicho informe se repetirá cada 60 días después del vencimiento de los 120 días. El abogado defensor del empresario acusado, Enrique Moller, dijo que no sabe si los anteriores jueces de Rivera cumplieron con esa disposición. "Al parecer no informaron de la demora del expediente a la Corte", dijo en su escrito presentado ante el Juzgado.

Ediles esperaron 7 años acusación fiscal.

En 2006, el ex juez penal de Rivera, Federico Álvarez Petraglia procesó con prisión a 21 ediles y otras personas por la adulteración de facturas en perjuicio de la Junta Departamental riverense. Siete años más tarde, el 27 de septiembre de 2013, la entonces fiscal Alicia Gómez Fernández elevó al entonces juez Marcos Seijas —hoy en Atlántida— el pedido de condena de 29 involucrados en el ilícito.

El caso tuvo su origen en la denuncia formulada a través de una radio de Rivera por el hijo del edil Antonio da Rosa Nieves, quien acusó a su padre de adulterar el monto de las facturas de combustible. Esta denuncia dio lugar a la intervención de oficio por parte del fiscal. En esa instancia, el edil se negó a entregar la documentación solicitada por la Justicia. Pero, el 17 de febrero de 2006, un providencial incendio en la sede de la Junta Departamental le permitió al juez incautar la documentación probatoria.

En la indagatoria, el magistrado comprobó que muchos ediles llevaban las facturas de combustible en blanco, en virtud de que contaban con la colaboración de empleados de estaciones de servicio, quienes a la postre, también fueron remitidos a la cárcel.

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Desde 2006, un empresario no sabe si la Justicia lo absolverá o lo declarará culpable. Foto: Archivo

LENTITUD JUDICIALEDUARDO BARRENECHE

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