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Proyecto baja plazos de garantía de obras

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En el Parlamento se analiza un proyecto de ley presentado por la bancada del Frente Amplio que reduce la responsabilidad de constructores y arquitectos ante determinadas fallas que surjan en las edificaciones.

Por el nuevo texto legislativo se reduce de 10 a 5 años la obligación de responder por "vicios y defectos que no afecten la estructura del edificio ni amenacen su ruina".

Además queda establecido que por las "fallas y defectos que afecten elementos de terminaciones y acabados de las obras, la responsabilidad será por espacio de dos años".

Según informó la revista Propiedades, con este proyecto de ley, la responsabilidad decenal corresponderá únicamente cuando "un edificio se arruina en todo o en parte por vicio de la construcción o por vicio del suelo previsible o por la mala calidad de los materiales".

El presidente de la Sociedad de Arquitectos de Uruguay, Álvaro López, explicó en la Comisión de Constitución y Legislación del Senado que las disposiciones del Código Civil hoy les adjudican a los agentes de la construcción "los defectos que en la obra se noten", lo cual los convierte en "responsables de prácticamente todo lo que en la realización de la obra se produzca".

De acuerdo a lo que se desprende de la versión taquigráfica a la que accedió la revista Propiedades, desde la Sociedad de Arquitectos se explica que han comprobado que en las construcciones se pueden producir defectos, que son verificables o apreciables a los cinco años y no amenazan ruina, ni generan problemas estructurales o posibles colapsos.

"Esos problemas se pueden atender de forma diferente en cuanto a la responsabilidad. Es frecuente que, para abaratar costos, antes o en el transcurso de la obra, a los agentes de la construcción se les sugiera la utilización de materiales que no tienen, ni por los laboratorios instituidos ni por el fabricante que los realiza, la duración de 10 años que es el tiempo que el Código le pide al profesional que se haga responsable", relató el presidente de la SAU.

Otro ejemplo para el cambio de los plazos, son los reclamos que les hacen por el estado de la pintura. En su opinión, es imprescindible que la responsabilidad de esa terminación la tenga el propietario, que debe realizar el mantenimiento.

CONSTRUCCIÓN

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