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INAU: 15 empleados iniciarán juicios civiles

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Golpiza en INAU. Foto: Subrayado.

JUSTICIA

La Corte falló que fueron encarcelados en forma indebida.

El video recorrió programas informativos de los canales de televisión: un grupo de funcionarios del hogar Centro de Privación de Libertad (Ceprili) redujo a tres menores en el marco de un principio de motín. Era tarde en la noche del 24 de julio de 2015 en el hogar ubicado en la avenida Burgues a la altura del 3191 (barrio Atahualpa).

El 21 de agosto de 2015, veintiséis funcionarios del Inisa fueron procesados por delitos de tortura y complicidad de tortura por el entonces juez penal Gustavo Iribarren, entre ellos el presidente del sindicato, Joselo López. El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 3° Turno absolvió a 15 funcionarios incluyendo a López. Sin embargo, la fiscal Silvia Porteiro presentó un recurso de casación y el expediente pasó a a estudio de la Suprema Corte de Justicia.

Ahora, el fallo de la Corte ratifica el dictamen del Tribunal de Apelaciones, exculpa a los acusados y abre el camino para demandas civiles de 15 funcionarios del Inisa por sufrir prisión indebida, dijo a El País el catedrático de derecho penal y procesal y abogado del sindicato del Inau, Juan Raúl Williman. "A esos funcionarios, la Corte les revocó el procesamiento con prisión. Tienen derecho a una reparación patrimonial", insistió Williman.

El abogado defensor de un jerarca procesado, José Antonio Maldonado, también mencionó la presentación de demandas reparatorias. "Los daños y perjuicios ocasionados por el burdo procesamiento inicial que ha dejado secuelas familiares y funcionales difíciles de superar

"Seguramente en breve se analizarán acciones para reparar y subsanar al menos en parte la injusta y dolorida situación parecida", dijo Maldonado.

El fallo, redactado por la ministra Elena Martínez, recoge la opinión de Porteiro, quien entiende que el Tribunal de Apelaciones realizó una errónea valoración de la prueba sobre el acccionar de los funcionarios del Ceprili.

Porteiro entendió que el Tribunal debió mantener los procesamientos porque dentro de los funcionarios había personal jerárquico que podría haber encauzado el procedimiento y evitado que personal subalterno actuara con "arbitrariedad" hacia los internos.

"El Tribunal analizó la conducta de cada uno de los funcionarios y, de ese modo, determinó si actuó con violencia más o menos excesiva, lo cual a criterio de la recurrente (Fiscalía) no es correcto", dijo Poreiro en su recurso.

Tras advertir que estaba de acuerdo con la tipicidad del delito de abuso de autoridad contra los delitos decretado por el Tribunal de Apelaciones, la fiscal advirtió que ese cuerpo debió tomar en cuenta la realización de "actos arbitrarios", lo que resulta "más amplio" que la mera violencia. "Los funcionarios actuaron con irracionalidad, ya que los internos se encontraban reducidos al momento en que los primeros realizaron los actos abusivos contra ellos", dijo la fiscal Porteiro.

La representante del Ministerio Público cuestionó al Tribunal de Apelaciones por absolver a los indagados que el juez Iribarren había procesado como cómplices. "Esos funcionarios cooperaron con la ejecución del quehacer ilícito, sea con actos morales o materiales. Esta misma consideración se aplica incluso a quienes, como José Lorenzo López, se quedaron expectantes al tiempo que los demás funcionarios realizaban el delito de abuso de autoridad contra los detenidos", señaló la fiscal.

Incidentes en el Ceprili
VIDEO | Represión a internos del Hogar Ceprili en 2005

El fallo.

La Corte criticó a la Fiscalía por pretender imputar conductas delictivas por la mera presencia de los acusados en los hechos y sin distinguir la situación de cada uno de ellos en los mismos. "No existe (en el recurso de Porteiro) ninguna referencia a la participación concreta, ni a la posición funcional de los indagados", dice el fallo. La Corte advirtió, además, que su cometido es analizar errores de derecho de los Tribunales de Apelaciones y no analizar los hechos.

Una larga puja entre jerarca y el gremio

La revocación del procesamiento de Joselo López por un Tribunal de Apelaciones y ratificado por la Suprema Corte de Justicia (SCJ) es una batalla ganada por el sindicalista en su enfrentamiento con el gobierno. La puja comenzó desde antes del nombramiento el 20 de mayo de 2015 de la psicóloga Gabriela Fulco al frente del entonces Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente. En el período anterior, Fulco fue asesora del ministro del Interior, Eduardo Bonomi, en materia carcelaria. Desde antes de asumir, Fulco advirtió que no toleraría golpizas ni violaciones a los derechos humanos dentro de los hogares. Desde el gremio se le recriminaba la inexistencia de un protocolo de seguridad para los funcionarios.

El gremio publicó ayer en una red social:

"Esto (sin lugar a dudas es un paso gigante, pero todavía falta seguir peleando por los 11 compañeros que todavía están enganchados (con el caso de Ceprili. Hoy más que nunca se confirma: la Justicia tarda pero llega". Los fallos favorables de la Corte y del Tribunal de Apelaciones reposicionó a López dentro del Pit-Cnt mientras mantiene su liderazgo en el gremio de empleados del Estado (COFE) y en el sindicato del INAU e Inisa. Durante dos años de una "paz armada", el sindicato ha realizado movilizaciones más pensando en la interna que en tener exposición pública. Ambas partes han negociado mejores condiciones laborales luego de episodios de violencia protagonizados por internos.

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