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"Hubo omisión del gobierno con Claro"

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Torre Ejecutiva. Foto: D. Borrelli
Vista de la Plaza Independencia, al fondo el Palacio Estevez, la Torre Ejecutiva y el edificio Ciudadela, barrio Centro y Ciudad Vieja, ciudad de Montevideo, ND 20170209, foto Darwin Borrelli - Archivo El Pais
Darwin Borrelli/Archivo El Pais

TRIBUNAL DE APELACIONES

Fallo ordena al Poder Ejecutivo entregar decodificadores.

Torre Ejecutiva. Foto: D. Borrelli
Torre Ejecutiva. Foto: D. Borrelli

El Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 3° Turno obligó al Poder Ejecutivo a liberar, antes del próximo miércoles, 500 decodificadores de la empresa Claro demorados por Aduanas en el puerto de Montevideo. Aduanas exigía , para liberarlos, una resolución del Ejecutivo que estableciera que Claro si tiene autorización para la prestación de servicios de televisión satelital. La sentencia señala que el Poder Ejecutivo incurrió "en una omisión contumaz" al no permitir a la empresa Claro vender dichos servicios.

Fuentes de la empresa dijeron a El País que, en este momento, Claro ofrece servicios de televisión satelital a 200 clientes.

Con el fallo del Tribunal de Apelaciones, la empresa retirará los 500 decodificadores y luego analizará los próximos pasos comerciales a seguir. Es posible que realice una segunda importación de este tipo de aparatos más adelante, según las fuentes.

Desconocimiento.

En su edición de ayer, Búsqueda señaló que el Poder Ejecutivo tuvo un "desconocimiento flagrante" de una sentencia de 2012 dictada por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) a favor de la empresa Claro y "se resiste contumazmente a su cumplimiento".

En octubre de 2016, otra resolución del TCA consideró que el Poder Ejecutivo incurrió en reiterados desacatos al no derogar una resolución que impedía a la empresa Claro ofrecer servicios de televisión satelital.

El TCA dispuso que un alguacil se presentase en persona ante el Poder Ejecutivo e intimase al cumplimiento de las resoluciones del organismo sobre Claro. El 28 de septiembre de 2016, la alguacil del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, Liliana Ferreira, intimó al Poder Ejecutivo a cumplir con la sentencia N° 587 del 23 de octubre de 2014 en un plazo de diez días. Pero ello no ocurrió.

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