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Cines, teatros y entes deberán tener parkings para bicicletas

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Los locales que no tengan parking para vehículos no estarán obligados. Foto: Archivo
Bicicletario Unibici, estacionamiento para bicicletas - Nota por Ciclovias Universitarias, proyecto del Programa Unibici y la IMM para crear un bicicircuito que une varias facultades de Montevideo, ND 20131023, foto Maria Ines Hiriart
Archivo El Pais

Locales públicos y privados tienen un año para adaptarse a la normativa.

Instituciones culturales, museos, salas de convenciones y congresos, auditorios, teatros, cines y parkings privados, deberán tener en el plazo de un año estacionamientos para bicicletas. También los bancos, instituciones de enseñanza, mutualistas, hospitales, todos los edificios donde se emplacen organismos púbicos y los nuevos proyectos edilicios en general, según un decreto municipal que acaba de ser reglamentado.

Básicamente, todos los locales que tengan estacionamiento para clientes deberán acondicionar un espacio para bicicletas cada 5 autos, aunque la nueva normativa no abarca a aquellos cines o teatros, por ejemplo, que no cuentan con un parking vehicular, según explicó a El País el prosecretario de la Intendencia de Montevideo, Christian Di Candia.

"Esto abarca al parking de un comercio, de una sala de cine o de lo que fuera. Si el lugar no lo tiene es porque en su momento la aprobación edilicia no se lo requirió, o porque es anterior a otras normativas. A ellos no les vamos a pedir que salgan a buscar estacionamientos", precisó el jerarca. De todos modos, la Intendencia podrá exigir al organizador de un espectáculo público la colocación de bicicletarios portátiles.

Di Candia indicó que ya hay parkings privados que están aceptando bicicletas, aunque no todos cobran lo que establece la norma: el 10% de lo que pagan los automóviles.

El año pasado, cuando el decreto ahora reglamentado fue aprobado por la Junta Departamental, el vocero de la gremial que agrupa a los parkings, Luis Fernández, dijo a El País que el mismo le parecía "ridículo" y que "por más que haya algún beneficio por algún lado, estamos hablando de una propiedad privada a la que no se le puede imponer algo que un propietario no quiere hacer".

"Ya tenemos la experiencia con las ciclovías. No circula ninguna bicicleta por la Ciudad Vieja; lo que hacen las ciclovías es perjudicar el buen funcionamiento, las entradas y las salidas", agregó el empresario.

El vocero de la gremial que agrupa a los parkings (nucleada dentro de la Unión de Vendedores de Nafta Unvenu) agregó que "la resolución complica porque hay que destinar un lugar donde se van a juntar las bicicletas. Eso genera problemas, más con gente que no está acostumbrada al funcionamiento de los parkings".

"En un espacio de auto en una cuadra se pueden poner fácilmente 20 bicicletas. A 20 bicicletas por cuadra, se terminó el problema. Lo que pasa es que lo más fácil es esto, donde la Intendencia no tiene que hacer nada. Lo más fácil es pasarle la dificultad a otro", sostuvo.

Edificios públicos.

El nuevo decreto establece que todos los edificios donde funcionen organismos públicos deberán tener estacionamientos exclusivos para bicicletas, destinados a sus funcionarios y al público en general.

Según la norma, "deberán contar con bicicletarios de larga estadía con capacidad mínima para 4 bicicletas destinados preferentemente para uso de los funcionarios y de corta estadía con capacidad mínima para 4 bicicletas destinados exclusivamente para uso del público en general".

Sin perjuicio de ello, las oficinas de organismos públicos con superficie menor o igual a 50 metros cuadrados "quedarán eximidas de tal exigencia si no cuentan con atención al público".

Permisos de obra.

También en los nuevos permisos de construcción o trámites de viabilidad de uso que se otorguen a edificios en los cuales sea exigible una cantidad mínima de estacionamientos, será obligación incluir un espacio para bicicleta por cada cinco destinados a automóviles.

Del mismo modo, en los pliegos de licitación de los contratos de concesión de obra pública o concesión de uso de un inmueble propiedad de la Intendencia se dispondrá, en forma preceptiva, que el concesionario deba instalar o acondicionar en el lugar estacionamientos para bicis.

Los establecimientos comerciales que deseen incorporar bicicletarios para sus clientes en el espacio público deberán solicitar permiso al Servicio de Ingeniería de Tránsito de la Intendencia.

Bicis con luz adelante y atrás; no pueden "hacer zigzag".

La normativa advierte que para poder circular, las bicicletas deberán contar con frenos, espejos retrovisores, faro de luz blanca adelante y faro de luz roja atrás, reflectantes laterales en cada una de las ruedas y dispositivo retro-reflectante en ambas caras de cada uno de sus pedales. "Eso debería fiscalizarse por parte de la Tránsito", indicó Di Candia.

El artículo 14 del decreto también establece que los ciclistas deberán: "mantener su línea, excepto para adelantar algún obstáculo o vehículo, detenido o en marcha lenta, maniobra que harán con precaución y haciendo las señales correspondientes. No deberán hacer zigzags, ni actuar en forma que pueda resultar peligrosa".

A su vez, deberán "mantenerse próximos al cordón de la acera derecha, a distancia no mayor de un metro, salvo que exista zona reservada específicamente para la circulación de bicicletas o causa justificada, caso en que, adoptarán el máximo de precauciones".

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Los locales que no tengan parking para vehículos no estarán obligados. Foto: Archivo

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