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Chediak: no se puede dilatar pago de fallos

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Jorge Chediak, ministro de la Suprema Corte de Justicia. Foto: Archivo de El País.
JORGE CHEDIAK, NUEVO MINISTRO DE SUPREMA CORTE DE JUSTICIA,ND 20090910 - NICOLAS PEREYRA
NICOLAS PEREYRA

Con los votos del Frente Amplio y del diputado colorado Fernando Amado, la Cámara de Representantes aprobó el jueves 3 el artículo de la Rendición de Cuentas que establece que el Poder Ejecutivo queda "eximido de los plazos de cumplimiento" de pagos por demandas perdidas o laudos arbitrales, si considera que "ello afecta la atención de los servicios a su cargo", pero se le agregó que la postergación podrá ocurrir cuando no haya circunstancias apremiantes para quienes ganen esos juicios.

El presidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Chediak evitó ayer pronunciarse sobre un proyecto de ley que tiene media sanción. Sin embargo, el ministro recordó que, un artículo antecedente del Presupuesto anterior que establece un mecanismo que alarga y le quita certezas al cobro de sentencias judiciales contra el Estado, ya tiene una sentencia en contra de la Corte.

Por unanimidad, los ministros de la Suprema Corte entendieron que ese artículo era inconstitucional y así lo declararon en un recurso planteado por una funcionaria de Salud Pública.

"Ya hay jurisprudencia en el artículo 733, todavía vigente hoy, de la inconstitucionalidad de una norma que beneficia al Estado ante ciudadanos, afecta cumplimiento de fallos y la separación de poderes", expresó.

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Jorge Chediak, ministro de la Suprema Corte de Justicia. Foto: Archivo de El País.

ES INCONSTITUCIONAL

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