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Canales accionarán ante la Corte por la ley de medios

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Organismo de contralor dependiente de Presidencia es una de las objeciones. Foto: A. Martínez
Medios de prensa en la cena de despedida de la Embajadora de Estados Unidos, J. Reynoso, en el Quincho de Varela, Mvdeo., camaras de television , ND 20141202, foto Agustin Martinez - Archivo El Pais
Archivo El Pais

Las empresas de radio y televisión asociadas en Andebu (Asociación de Broadcasters del Uruguay) pidieron un informe jurídico al abogado Martín Risso sobre la ley de medios, en el que se basarán para plantear recursos de inconstitucionalidad contra la norma aprobada en diciembre pasado. El jurista entregará el informe a Andebu la próxima semana y con esos argumentos cada empresa planteará los recursos.

El abogado de Andebu, Juan Andrés Lerena, dijo a El País que cada medio de comunicación deberá presentarse si quiere recurrir la ley. Podrán hacerlo por separado o en una recurso conjunta, pero cada una deberá comparecer. Asimismo, si la Suprema Corte de Justicia fallara a favor de esos argumentos, los efectos de la inconstitucionalidad solo abarcarían a las empresas que hayan accionado.

Risso adelantó a El País que la ley 19.307, aprobada el 29 de diciembre, presenta varias inconstitucionalidades, y que si bien se le han realizado cambios, no se han subsanado todas las violaciones a la Constitución.

El jurista opinó que la principal inconstitucionalidad que tiene la ley es que el organismo de contralor estará sometido al Poder Ejecutivo, y eso es contrario a lo que establecen las normas internacionales.

El artículo 66 crea el Consejo de Comunicación Audiovisual —que sustituye a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicación— y será responsable de la aplicación, fiscalización y cumplimiento de las disposiciones de la ley. En el artículo 69 se establece que ese consejo "se vinculará administrativamente con el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Industria, Energía y Minería y actuará con autonomía técnica". No obstante, Risso entiende que se trata de una violación a la normativa internacional.

Otro artículo que para el constitucionalista es violatorio de la Constitución es el que obliga a los medios a proveer propaganda electoral gratuita.

La norma distribuye espacios de publicidad en los canales de televisión abierta y para abonados con vistas a la campaña electoral para las elecciones nacionales y el eventual balotaje en función de los resultados de los anteriores comicios.

Ese aspecto de la norma motivó que el Partido Independiente anunciara que también planteará la inconstitucionalidad de ese artículo. Pablo Mieres había señalado que al modificarse la legislación electoral se requiere una mayoría de dos tercios en el Parlamento, que el Frente Amplio no tiene.

Según los cálculos hechos por el Partido Independiente, en base a los artículos sobre publicidad gratuita que contiene el texto aprobado, "se le otorga por ley al Frente Amplio 45 minutos diarios de publicidad por canal de televisión, 26,40 minutos al Partido Nacional, 15,40 al Partido Colorado y 2,20 minutos al Partido Independiente".

El jurista Juan Pablo Cajarvi-lle también había planteado en el Parlamento, durante la discusión del texto, la inconstitucionalidad del uso de 15 minutos para campañas de bien público en televisión con previa autorización de Presidencia de la República y del Ministerio de Industria.

Andebu y los medios cuestionaron desde el primer momento la norma. El presidente de Andebu, Pedro Abuchalja, ha dicho que la ley "va a amordazar a los periodistas" y "va a amordazar los contenidos de radio y televisión". A su juicio, viola el artículo 29 de la Constitución que consagra que "es enteramente libre en toda materia la comunicación de pensamientos por palabras, escritos privados o publicados en la prensa, o por cualquier otra forma de divulgación, sin necesidad de previa censura; quedando responsable el autor y, en su caso, el impresor o emisor, con arreglo a la ley por los abusos que cometieren".

Protección de los menores y la grilla

La denominada ley de medios establece también el horario de protección a los menores entre la hora 6 y hasta las 22. Las empresas de comunicación han planteado que esa disposición impedirá la difusión de grillas enteras de programación procedente del exterior, ya que no podrán ser emitidas imágenes con violencia excesiva, apología, exaltación o incitación a la violencia, pornografía, consumo explícito y abusivo de drogas, o que hagan apología de conductas racistas.

Decreto reasigna las señales

El Poder Ejecutivo publicó esta semana un decreto que regula un aspecto de la ley de regulación de servicios audiovisuales. Por ese decreto caen las licencias de radio y televisión y se otorgan nuevas. Por medio del decreto, el Ministerio de Industria autoriza a prestar servicios de comunicación no satelital a los titulares de autorizaciones que hayan sido otorgadas con carácter precario y revocable. Asimismo se establece que la concesión de uso y asignación de espectro radioeléctrico" se otorga por el plazo de diez años para las radios y quince años para los canales de televisión. El abogado de Andebu, Juan Andrés Lerena, explicó que la ley de medios incluyó un capítulo de transiciones por el cual caen las licencias y se vuelven a otorgar. Indicó que el gobierno había anunciado que se iba a realizar una convocatoria para otorgar las nuevas licencias pero a juzgar por el contenido del decreto se realizó en forma automática.

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Organismo de contralor dependiente de Presidencia es una de las objeciones. Foto: A. Martínez

Martín Risso prepara informe para que los afectados presenten el recurso

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