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Cae acusación de Ancap contra Campiani por cheques sin fondos

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Matías Campiani junto a su abogado Jorge Barrera. Foto: Archivo El País
Matias Campiani, ex Director de Pluna, llega a declarar con su abogado Jorge Barrera, para explicar transferencia de dinero a Juan D. Viveros Cartes desde la carcel, en el juzgado de Bme. Mitre, Mvdeo., foto Leonardo Carreño, nd 20150528
Archivo El Pais

CIERRE DE PLUNA

Jueza y fiscal habilitaron prueba presentada por defensa del empresario.

Un escrito presentado por la defensa del exgerente de Pluna S.A., Matías Campiani, prueba que Ancap cobró todos los cheques emitidos por el empresario argentino y sus dos socios, Sebastián Hirsch y Arturo Álvarez Demalde, para pagar combustible a Ancap, lo cual desmorona el argumento central de sus procesamientos con prisión por estafa ocurridos en 2012. Los empresarios integraron el consorcio Leadgate que gestionó Pluna S.A. entre 2007 y su cierre en 2012.

En un escrito presentado ante el Juzgado Especializado en Crimen Organizado, el abogado penalista Jorge Barrera busca demostrar que no existió perjuicio a los acreedores de Pluna S.A., lo que "desvirtúa" el argumento central de su procesamiento.

El expediente se encuentra en la etapa del sumario. La Fiscalía aún no presentó una acusación contra Campiani y sus socios.

Ante la jueza especializada María Helena Mainard, Barrera presentó documentos del Juzgado de Concurso que prueban que Pluna S.A. pagó todos los cheques emitidos para Ancap por suministro de combustibles para aviones y demuestran que su defendido tuvo "efectivamente la previsión y absoluta certeza de pago" al momento de librar los cheques a favor del organismo.

Para Barrera, no solo fue infundada la imputación de estafa presentada por Ancap a los tres empresarios, sino que posteriormente a sus procesamientos "queda demostrada" la ausencia de fundamento del auto de procesamiento dictada por una jueza anterior a Mainard por una presunta "calesita" de cheques en perjuicio del ente público.

El profesional recordó que los anteriores titulares del Juzgado y de la Fiscalía entendieron que los cheques de Pluna S.A. entregados a Ancap eran el argumento principal por el cual se le denegó la libertad a Campiani en siete ocasiones. En todas ellas, expresa Barrera, se adujo que el empresario argentino tenía una responsabilidad mucho mayor por el hecho de haber firmado dichos cheques.

"Vuelve a ratificarse que el encarcelamiento de mi defendido, como así también las sucesivas negativas a las excarcelaciones oportunamente solicitadas, fueron manifiestamente ilícitas a la luz de la prueba que aporto", afirma el documento.

En el expediente, de 40 testigos, solo uno de ellos manifestó haber observado indicios de comportamiento delictivo: el entonces presidente de Ancap (Raúl Sendic), expresa el escrito de Barrera presentado a la Justicia.

Enseguida agrega: "Obviamente, sus dichos solo refieren a los cheques emitidos por Pluna S.A. a favor de Ancap, y no a temas que son ajenos a esa relación comercial. Y la opinión del entonces Presidente de la petrolera uruguaya no resiste el peso contundente de las opiniones técnicas y, por supuesto carece de valor testimonial, pues fue emitida por el principal ejecutivo de la empresa denunciante". El escrito del penalista advierte que nunca ha existido un reclamo civil por parte del Estado hacia su defendido ni antes ni después de su procesamiento.

El documento de Barrera, que también es apoyado por las defensas de Hirsch y Álvarez Demalde, Carlos Uriarte y Enrique Moller, ingresó, en un hecho poco usual, fuera del período de pruebas. Mainard y el fiscal Enrique Pacheco hicieron lugar a la petición por considerar que se trataba de una "prueba superviniente". Es decir, se trata de un hecho nuevo posterior al procesamiento.

Un Tribunal analiza la validez de las pericias.

Un Tribunal de Apelaciones analiza las pericias económico-financieras sobre Pluna S.A. realizadas por dos técnicas a pedido de la Justicia Especializada en Crimen Organizado. Los abogados de Sebastián Hirsch y Arturo Álvarez Demalde, Carlos Uriarte y Enrique Moller, respectivamente, consideraron que las peritas actuaron con parcialidad. Uriarte criticó a las dos peritas por demorar más de un año en realizar un informe final sobre el estado financiero de Pluna S.A. En diciembre de 2016, la jueza especializada María Helena Mainard rechazó dichas impugnaciones. En su escrito, consideró que no se menoscabó ningún derecho de los exgerente de Pluna S.A. y entendió que las pruebas sobre el estado económico y financiero de la empresa fueron presentadas en tiempo y forma.

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