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Es tiempo de balances

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Es todo un desafío atraer la atención del lector en esta época del año, y en un tema poco estival como pueden ser los impuestos. Por eso, procuraremos no limitarnos a una descripción o racconto de lo que vimos en materia tributaria en este año, sino mirarlo en perspectiva.

En línea con una de las 10 propuestas prioritarias para el país al comienzo de este período de Gobierno, se continuó avanzando en la digitalización de la economía. Así fue que vimos normas referidas a la implementación del recibo de sueldo electrónico y encontramos más contribuyentes en el cronograma de incorporación a factura electrónica. También se extendió hasta fin del 2016 el plazo para incorporar tecnología para implementarla con beneficios fiscales.

Otra vieja conocida que sigue contribuyendo al proceso de formalización de la economía fue la Ley de Inclusión Financiera. Esta norma de 2014, previó un calendario para la incorporación gradual de transacciones cuyo pago no podrá realizarse ya en efectivo. A fines de setiembre se reglamentó el pago de remuneraciones y jubilaciones a través del sistema financiero. También fue tiempo de prórrogas y se postergó hasta junio de 2016 la limitación al uso de efectivo en pagos por compra de bienes o servicios por más de cuatro o dieciséis mil dólares. Y habrá que esperar a hasta abril de 2016 para que los tributos nacionales por más de mil dólares, deban pagarse electrónicamente.

Todo esto hace a la administración de lo que ya existe, pero ¿qué hay de las nuevas inversiones? En noviembre se procuró incrementar transitoriamente los beneficios de la Ley de Inversiones y se concedió beneficios de impuesto a la renta a quienes participen en Fideicomisos Financieros para vivienda de interés social. Se apostó también a dar un marco más ágil y claro para inversiones de gran porte, a través del aggiornamiento de la reglamentación de los contratos de Participación Público Privada. En el debe quedó la modificación de la ley de Zonas Francas. El proyecto -que se espera sea discutido al comienzo de la nueva legislatura- prevé no sólo la incorporación de nuevos objetivos a los que un negocio podrá contribuir para beneficiarse de exoneraciones, sino también la creación de zonas temáticas de servicios.

Al margen de controversias sobre el rumbo de la política comercial internacional, el Mercosur emitió una disposición relevante para nuestro país sobre criterios de origen. Así, la Decisión 33 dispuso que las mercaderías originarias de un Estado Parte no dejen de serlo por pasar por zona franca, si éstas se encuentran bajo control aduanero (lo cual ocurre en Uruguay luego de la aprobación del CAROU). Al terminar 2015 esto no está aún vigente, pues para ello se requiere que los Estados lo recojan en sus leyes internas.

En el contexto tributario internacional, el país profundizó y continuó el camino emprendido hace ya unos años. Vimos más acuerdos con países como Australia, Canadá, Suecia o Sudáfrica, y con otros destinos más exóticos como Luxemburgo, Singapur o las Islas Feroe. Se podrá preguntar el lector en pos de qué objetivo concluir este tipo de acuerdos internacionales. No sólo para lo más tangible o evidente como mitigar posibles efectos de doble imposición, sino para el intercambio de información que el mundo cada vez más globalizado demanda. No fue sorpresa que se anunciara que Uruguay cumple con los estándares y que asumiera el compromiso de adherir desde 2018 al intercambio automático de información financiera en materia fiscal. Como corolario de esta política - sin que esto implique por el momento la membresía plena -, el país pasó a formar parte del Centro de Desarrollo de la OCDE y fue invitado a integrar su Comité de Asuntos Fiscales.

Hasta aquí nuevas inversiones y administración, pero no podemos terminar la nota sin referirnos a la vedette de la política tributaria: la generación de recursos. En 2015 se extendió el Impuesto de Primaria, incluyendo en su materia imponible los inmuebles rurales. También la recientemente aprobada Ley de Presupuesto trajo para el sector agropecuario la restitución de la alícuota de 1,25% del impuesto de Contribución Inmobiliaria Rural. No podemos mencionar todas las modificaciones de esta Ley pero sí que habrá que retener IRNR sobre servicios de publicidad y propaganda prestados desde el exterior y que aumentó el monto y plazos de aportación al Fondo de Solidaridad por parte de los profesionales. También se restringió la deducción incrementada de gastos salariales en el IRAE cuando el contribuyente reciba beneficios de promoción de inversiones por el indicador de empleo. Pero no todo fueron malas noticias, y así es que se permitirá exonerar del IP los activos de las Administradoras de Crédito afectados a la realización de operaciones de microfinanzas productivas y se dejó fuera del hecho generador del ITP las transmisiones que se realicen por sustitución o cese de fiduciarios.

Hecho este resumen, puede apreciarse que los anuncios de no modificar las reglas del juego en materia tributaria se cumplieron. Pero en un contexto de desaceleración económica deberá reflexionarse sobre en qué medida la introducción de nuevos gravámenes distaría de ser neutra o favorable a la creación de inversión, tan necesaria para la generación de recursos que mejoren la calidad de vida de todos los uruguayos.

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Asesoramiento Tributario y Legal
PwC Uruguay
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