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¿Quién paga la tarifa de OSE?

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Calidad de agua en duda. Foto: Archivo El País
Cuenca del Santa Lucia, Aguas Corrientes, contaminacion, foto Francisco Flores, nd 20150321
Archivo El Pais

Hace exactamente dos años, se publicaba en este suplemento, una nota relativa al problema del agua potable en la cuenca del Río Santa Lucía. En aquel entonces se produjo un duro intercambio de opiniones entre el Ministro de Defensa y el vicepresidente de OSE del momento, Daoiz Uriarte, cuando este último acusó al Ministro Eleuterio Fernández Huidobro de "tira bombas" por haber declarado a la prensa que el Uruguay necesitaba un "plan b" para el suministro de agua potable en Montevideo.

El incidente se generó a raíz de un hecho idéntico al que está sucediendo en este momento en Maldonado con el agua que se extrae de la Laguna del Sauce. En efecto, en el año 2013, la excesiva concentración de algas potencialmente tóxicas en la cuenca del río Santa Lucia, del cual se extrae el agua potable que abastece a más de un millón y medio de personas, si bien no resultaba tóxica tenía mal gusto y mal olor.

En Maldonado, la causa del problema con el agua de la Laguna del Sauce es la misma y tiene su origen en el vertido de fertilizantes con nutrientes, como el fósforo y el nitrógeno, y en la introducción de aguas residuales urbanas e industriales.

Por tanto, el Estado y OSE eran plenamente conscientes de la situación en Maldonado y del riesgo asociado, máxime después del problema ocurrido en el año 2013 con el agua potable en Montevideo.

En este sentido, ya en el año 2010 la Universidad de la República había publicado un trabajo científico de investigación titulado "Bases técnicas para el manejo integrado de Laguna del Sauce y cuenca asociada", en el que se señala lo siguiente: "…la Laguna del Sauce es un sistema que experimenta problemas de calidad del agua asociado a una elevada concentración de nutrientes (proceso denominado eutrofización). La causalidad de este proceso se vincula a las actividades humanas en la cuenca y en el propio espejo de agua. (…) El sedimento de la laguna actúa como sumidero de los nutrientes aportados por diferentes usos del suelo (agricultura, ganadería, vertidos residuales líquidos de asentamientos humanos y jardinería). Las respuestas a esta concentración elevada de nutrientes son: floraciones de algas microscópicas o cianobacterias y crecimiento desmedido de plantas sumergidas. El primer caso puede implicar la pérdida de calidad de agua (por liberación de toxinas, cambios de color y olor) o el aumento de los costos de potabilización (por incorporación de filtros de carbón activado)".

Previsible y evitable.

El informe de la UdelaR confirma que lo sucedido con el agua en Maldonado era un hecho previsible y por consiguiente, no se trata de un caso fortuito o de fuerza mayor.

En consecuencia, no existe un eximente que libere de responsabilidad a OSE —como proveedor del servicio público de agua potable— y a los demás organismos del Estado con competencia en materia de salud y medio ambiente.

La fuerza mayor o el caso el fortuito como eximentes de responsabilidad, deben reunir los caracteres de imprevisible e irresistible, aunque la doctrina y jurisprudencia sostienen que el elemento más relevante de la eximente, es la irresistibilidad o inevitabilidad, porque puede suceder que el hecho sea previsible pero no evitable, como sería el caso de un terremoto.

Por otra parte, para configurar el caso fortuito se requiere que el deudor no haya provocado la causa extraña tal como advierten los arts. 1.342 ("causa extraña que no le es imputable") y 1.322 ("caso fortuito a que no ha dado causa") del Código Civil.

En este caso concreto, si bien OSE no provocó el evento dañoso, lo facilitó con su conducta omisa, por cuanto lo previó, tenía las soluciones al alcance de la mano y aun así no tomó las medidas necesarias.

En este sentido, en el año 2013, el vicepresidente de OSE de entonces, Daoiz Uriarte —refiriéndose al problema de las algas en la cuenca del Santa Lucía— realizó las siguientes declaraciones que también resultan de aplicación al caso actual de Maldonado: "En principio vamos a iniciar los estudios para una licitación a fin de construir una planta dosificadora de carbón activado en Aguas Corrientes (Canelones). La segunda etapa será estudiar a fondo la viabilidad de incorporar filtros granulados de carbón activado también en la planta de Aguas Corrientes. Ya lo tenemos previsto en las plantas chicas que diseñamos para la ciudad. Pero una cosa es hablar de plantas para alimentar a 20.000 personas y otra, para 1.600.000 usuarios. No hay muchas experiencias en el mundo".

Las declaraciones del ex-jerarca demuestran que el Estado tenía conocimiento del problema y sabía cuál era la solución para el mismo y aun así, no la implementó. Tal vez debería haber asignado los recursos públicos de otra manera, por ejemplo, en lugar de invertir en el Antel Arena, podría haberse invertido en mantener la calidad del agua potable.

Solución política.

Días atrás, OSE anunció que se habría de realizar una rebaja de la tarifa del 5%, justificando dicho cálculo en base a un estimado del costo del agua mineral que los usuarios del servicio en Maldonado, se verían obligados a comprar. El criterio era absolutamente absurdo desde el punto de vista tanto cualitativo, como cuantitativo. Adviértase, que el proveedor monopólico de agua potable la suministra sin su cualidad esencial, la potabilidad, lo que la torna inútil para el consumo de los usuarios y aunque pueda no ser tóxica, genera un perjuicio muy superior al 5% de la tarifa mensual. Si un proveedor de agua mineral entrega el agua en forma tardía o en una cantidad inferior a la comprada, es razonable que se haga un descuento en el precio, pero en el caso en cuestión, la rebaja del 5% propuesta por OSE no guardaba una relación lógica con el perjuicio causado.

Ello sin calcular la incidencia del daño sobre la actividad turística, en un país que se vende al mundo como "Uruguay Natural". Como era previsible, la decisión de la OSE generó críticas inmediatas en todos los sectores políticos, incluso en el oficialismo, ya que hasta los candidatos del Frente Amplio al gobierno departamental de Maldonado cuestionaron duramente la decisión de la OSE.

El Poder Ejecutivo reaccionó rápidamente y dispuso a través de Presidencia de la República y en acuerdo con el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente habilitar a la OSE a aplicar la exoneración total del consumo de agua en la tarifa a partir del 16 de marzo de 2015 hasta el cese del episodio. No obstante, en la referida resolución administrativa, se estableció la siguiente salvedad: "Esta medida no debe considerarse un precedente genérico por lo que en caso de verificarse situaciones análogas se estudiarán caso a caso". Este párrafo no hace más que confirmar el temor fundado del Poder Ejecutivo de que estos hechos se repitan y por más que se sostenga que la resolución no genera un precedente, lo cierto es que sí lo es. En efecto, el principio de igualdad obliga a la OSE y al Estado a tratar de la misma manera a los usuarios y consumidores en situaciones semejantes o idénticas. Por consiguiente, si el problema con el agua se repite —con las mismas características— en otro departamento, la OSE estaría obligada a no cobrar la tarifa mientras dure el problema.

Sin perjuicio de ello, los usuarios podrían perfectamente reclamar una mayor indemnización en función de la magnitud del perjuicio, máxime cuando la calidad monopólica del servicio público les impide optar por un proveedor alternativo, los que permitiría mitigar el daño. En tal sentido, los hoteles de Maldonado pueden haber sufrido una pérdida de clientela, al igual que los fabricantes de alimentos del departamento pueden haberse visto gravemente perjudicados por la falta de calidad del agua y eso no se solución con la exoneración temporal de la tarifa.

El perjuicio.

Los ciudadanos de Maldonado quedaron conformes con la resolución del Poder Ejecutivo, y el resto de los usuarios de OSE la vieron como una solución justa, en la medida que parece razonable que si el servicio es defectuoso, por lo menos los damnificados directos no tengan que pagar la tarifa. En realidad, lo que hizo el Estado no fue otra cosa que colectivizar el costo de la exoneración o indemnización, trasladando la pérdida de ingresos al resto de los clientes. De esta manera, todos los usuarios deberán soportar la pérdida de ingresos correspondiente a la exoneración antes referida. En definitiva, el costo de la exoneración se trasladará a todas los clientes de OSE mediante un aumento de tarifas.

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Calidad de agua en duda. Foto: Archivo El País

GONZALO RAMÍREZ

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