Viernes | 21.07.2006
Montevideo, Uruguay | 11:33
 La Semana En El País
la batalla del papel | La decisión de la Corte puso especial énfasis en que se utilicen todos los mecanismos de acuerdo | Gros Espiell sostuvo que el 14 a 1 superó las expectativas
El fallo recogió los principales argumentos de posición uruguaya
La resolución del tribunal desestimó por completo la petición argentina al entender que no probó sus alegaciones

Cuando la jueza Rosalyn Higgins comenzó a leer los argumentos de la Corte Internacional de Justicia para denegar el pedido de Argentina, los embajadores Héctor Gros Espiell y Carlos Gianelli intercambiaron una rápida mirada y asintieron con una discreta sonrisa. Para el estricto protocolo del Palacio de la Paz, el comentario mudo equivalió al gol gritado en el último minuto. El fallo de 14 a 1 superó las expectativas de la delegación uruguaya, como reconoció el propio Gros Espiell poco después.

La decisión de la Corte recogió los argumentos centrales de Uruguay, al asegurar que Argentina no había logrado demostrar el inminente daño que causarían las plantas de celulosa. Pero también enfatizó la responsabilidad que le cabe a Uruguay en cuanto al control medioambiental, ciñéndose a lo previsto en el Estatuto del Río Uruguay.

La audiencia realizada ayer duró una hora y cinco minu-tos. En su totalidad se trató de la lectura de la resolución que, en británico inglés leyó la presidenta del cuerpo de magistrados internacionales.

Más de la mitad de la extensa exposición consistió en un resumen de las posiciones de ambos países. Sólo en los párrafos finales del dictamen la Corte explicitó los fundamentos de su decisión.

ARGUMENTOS. "En tanto que Argentina no ha persuadido a la Corte de que la construcción de las plantas de celulosa implican un daño irreparable del ambiente; en tanto tampoco ha sido demostrado que la construcción de las plantas constituya una amenaza presente de daño económico o social irreparable; en tanto, además, Argentina no ha demostrado que la mera suspensión de la construcción de las plantas, pendiente de juicio final en la etapa de méritos, podría revertir o reparar las consecuencias económicas y sociales alegadas por Argentina", expresaba en sus conclusiones el fallo de la Corte.

Los tres argumentos resumidos por la jueza Higgins conformaron el eje de las exposiciones argentinas para solicitar la medida cautelar. Cabe recordar que, en las audiencias del 8 y 9 de junio, la delegación argentina intentó demostrar que no detener la construcción de las plantas tendría efectos gravemente negativos en el ambiente, pero también en los planos económicos y sociales. Para ello indicaron que, por ser Gualeguaychú una zona de fuerte impacto turístico la presencia de las fábricas al otro lado del río ahuyentaría a los turistas y también a futuros inversores.

Otro aspecto importante destacado en los argumentos de la Corte para fundar su fallo fue el papel que se le da a la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU). En tal sentido el máximo órgano de Justicia de Naciones Unidas precisó que "es función de la CARU la de asegurar la calidad del agua en el río, para lo cual debe regular y minimizar los niveles de contaminación".

Este punto resulta de particular interés para la posición uruguaya. En la presentación realizada por los expertos se puso especial énfasis en las discusiones llevadas adelante en el seno de la comisión y se recordó a la Corte, documentación mediante, que ya a fines de 2005 la CARU había acordado las líneas generales para un plan de monitoreo. No obstante, este acuerdo no llegó a concretarse debido a que la delegación argentina de la CARU no propició el tratamiento del tema al dar un vuelco el gobierno argentino en su consideración del diferendo.

En otro de los puntos de la resolución la Corte declaró la responsabilidad que le compete a Uruguay en la detección de todo impacto negativo sobre el río Uruguay. Este punto en particular fue comentado ayer por representantes del gobierno argentino como favorable a su posición. No obstante, en la exposición hecha por la jueza Higgins este aspecto se liga con los argumentos presentados por Uruguay en cuanto a que el Tratado no confiere a ninguna de las dos partes un derecho al veto a proyectos que se proponga la otra parte.

Por último, antes de enunciar el fallo en sí, una última línea que no supera los cuatro renglones, la Corte recogió en sus propias consideraciones la oferta de monitoreo conjunto formulada por Uruguay.

El párrafo 83 de la resolución hizo referencia a la última exposición del embajador Héctor Gros Espiell en la audiencia del 9 de junio: "... y repitió `como expresión concreta de tal intención` su oferta de realizar monitoreos conjuntos continuos con la República Argentina".

En este pasaje final del fallo la Corte formuló además una sugerencia encaminada a las negociaciones directas entre ambos países, que por lo demás recomendó en forma explícita.

Con una cortés invitación a ambas delegaciones a trasladarse a otra sala, la presidenta Rosalyn Higgins levantó sin más la sesión. Ordenadamente, los 15 magistrados abandonaron la sala y más tarde lo hicieron las delegaciones.

Fijan los siguientes pasos del juicio

La reunión que siguió a la audiencia de ayer permitió establecer la agenda para los futuros pasos del juicio.

De acuerdo con los procedimientos de la Corte Internacional de Justicia, una vez zanjada la etapa de consideración de medidas cautelares o provisionales, se entra de lleno en la cuestión de fondo. Cabe recordar que la misma refiere a la acusación de Argentina acerca de la supuesta violación del Tratado del Río Uruguay al haber autorizado el gobierno uruguayo la construcción de las plantas.

En primer término, corresponde que Argentina presente la denominada "memoria" del caso. Se trata del recuento de la evolución del conflicto hasta la fecha, según la versión argentina. Luego se solicita la denominada "contramemoria", que corresponde a Uruguay con un recuento similar.

Estos elementos serán los considerados por los jueces para adoptar sus decisiones finales. No obstante, es posible que antes de ello se convoque a una nueva audiencia a las partes.

Cada una de las delegaciones tiene un plazo que oscila entre los seis meses y un año para presentar sus respectivas exposiciones. Por el momento ni la Corte, ni las representaciones han comunicado detalles al respecto.

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RESULTADO. La jueza británica Rosalyn Higgins leyó ayer la decisión de la Corte Internacional de La Haya, que descartó pedido argentino.
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