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Publicada el 29 de setiembre
Buenos Aires: fijaron límites para protestas y ejercicio de prostitución
Normas de convivencia prevén castigo con multas y no prisión. Deben pagar hasta U$S 332 o trabajos comunitarios

BUENOS AIRES | EFE

Los bloqueos de tránsito sin previo aviso y la prostitución callejera en zonas pobladas serán castigados con multas en Buenos Aires, según un nuevo código de faltas que fue aprobado anoche por la Legislatura de la ciudad.

Después de varios meses de discusiones, los legisladores llevaron a cabo un extenso debate de los puntos más polémicos del Código Contravencional, al que se oponen organizaciones de desocupados, vendedores ambulantes, travestidos y prostitutas.

El también llamado Código de Convivencia Urbana establece multas tanto para las manifestaciones y bloqueos de tránsito que no cuenten con autorización de las autoridades como a la oferta y demanda de sexo en zonas cercanas a viviendas, templos y escuelas.

En estos casos los infractores deberán pagar multas que van de 66 a 332 dólares o realizar trabajos comunitarios, pero la regulación no incluye la pena de arresto que impulsaban las bancadas de fuerzas conservadoras.

PROTESTA. La discusión de cada artículo comenzó el miércoles por la tarde y se produjo mientras a las puertas del edificio unos 2.000 manifestantes repudiaban la normativa bajo una fuerte custodia policial.

Una concentración similar había derivado en graves disturbios el 16 de julio pasado, cuando activistas de izquierda causaron destrozos en la Legislatura y debió suspenderse el debate del llamado "código de convivencia".

La nueva regulación cuenta con el firme rechazo de los piqueteros, organizaciones de desempleados que prácticamente a diario cortan calles y carreteras en las principales ciudades de Argentina como forma de protesta.

Cuando entren en vigor las normas, los organizadores de manifestaciones deberán avisar con cinco días de anticipación al Gobierno de la ciudad y precisar si la concentración implicará la obstrucción de alguna vía pública.

En tanto, hasta que no se autoricen las denominadas "zonas rojas" en Buenos Aires será penado el ejercicio de la prostitución a menos de 200 metros de casas, templos religiosos y establecimientos educativos.

El miércoles los legisladores trataron en particular 45 de los 122 artículos que componen el Código Contravencional que fue aprobado en general el 7 de julio último y reemplazará al vigente desde 1998.

Entre otras cosas, se estableció sancionar con multas económicas a quienes "exijan" dinero sin autorización por cuidar vehículos estacionados en la ciudad o ensucien bienes públicos o privados.

La prensa local calculó hoy que la normativa entrará en vigor recién dentro de tres o cuatro meses, siempre y cuando el Poder Ejecutivo no vete alguno de los artículos, lo que generaría nuevas demoras.



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