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Brasil: nueva ley puede sancionar a periodistas que divulguen información reservada

Brasilia - El gobierno brasileño preparó un proyecto de ley que puede provocar sanciones contra los medios de comunicación que divulguen trechos de grabaciones secretas ordenadas por la justicia, afirma el diario Folha de Sao Paulo.

La nueva ley contiene reglas para "contener abusos y desvíos" con la información reservada, y abre una brecha para la sanción a periodistas que divulguen el contenido de grabaciones secretas, aun de aquellas realizadas con autorización judicial.

La grave crisis política que vive Brasil comenzó cuando una revista divulgó el contenido de una grabación en la que un funcionario de los Correos estatales pedía un soborno a favor de un aliado del presidente Luiz Inácio Lula da Silva.

El proyecto reprime la divulgación de escuchas telefónicas con prisión de uno a tres años, además de una multa en dinero.

Según Folha, el proyecto será enviado al Congreso por el presidente Lula da Silva en febrero, fue preparado a pedido del ministro de Justicia, Marcio Thomaz Bastos, y actualmente está siendo analizado por la Casa Civil, la jefatura de gabinete.

En el trecho en que puede abrir paso a la sanción de periodistas, el proyecto prevé que la pena por la difusión de escuchas reservadas se agravará en un tercio "si la divulgación se da por medio de diarios y otras publicaciones periódicas, servicios de radiodifusión y servicios noticiosos, y por la Internet".

Violar el secreto de grabaciones reservadas ordenadas por la Justicia ya es un crimen en Brasil, en base a una ley sancionada por el ex presidente Fernando Henrique Cardoso (1995-2002), que prevé una pena de uno a cuatro años de prisión, pero el texto no incluye ninguna mención a los medios de comunicación.

El nuevo proyecto limita la grabación reservada a doce tipos de delitos: terrorismo, narcotráfico, tráfico de mujeres y substracción de incapaces, lavado de dinero, contra el sistema financiero nacional, y contra el orden económico y tributario.

También se podrá realizar grabaciones ocultas en la investigación de crímenes contra la administración pública que prevean una pena de prisión, falsificación de moneda, robo, extorsión simple y con secuestro, secuestro y cárcel privada, homicidio doloso, amenazas telefónicas y aquellos cometidos por una organización delictiva.

Otra importante novedad de la ley es que elimina la posibilidad de que un juez autorice verbalmente una escucha telefónica, tal como sucede ahora,y prevé que la autorización sea siempre por escrito.

En su autorización, el juez deberá enumerar los indicios del crimen que se investiga, y demostrar que las pruebas buscadas no pueden ser obtenidas por otros medios.

ANSA



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