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La cultura nacional

HEBERT GATTO

Atendiendo a su importancia resulta razonable que los países promuevan sus industrias culturales. Procuran así, además del crecimiento económico, la difusión de su cultura, asumiendo que la misma, en todas sus manifestaciones, es la más acorde con el sentir de su población.

Pero esto no significa concebirla como un bloque homogéneo. Sólo retrógrados nacionalismos pueden negar hoy que la cultura de un pueblo es en distintos grados, múltiple y diversa, y que ninguna política sobre la misma es admisible en perjuicio del derecho a expresarse de las minorías. En este sentido una de las funciones del estado es no solamente respetar y promover diferentes modos de vida, sino además, ofrecerlos a la ciudadanía, para que sus integrantes escojan informadamente la vía pa-ra su propia realización.

En definitiva una cultura es legítima sólo si se traduce en mayor autonomía personal para sus ciudadanos.

Creo que es partiendo de estos presupuestos que debe valorarse el proyecto de ley referido a los medios, recientemente remitido por el Poder Ejecutivo al Parlamento y objeto de esta nota.

En la visión de sus redactores, la producción y distribución de contenidos culturales en cine, radio y televisión, se encuentran monopolizadas por grandes corporaciones transnacionales lo que impide al mercado garantizar su diversidad.

En esta situación y a efectos de facilitar a la ciudadanía el acceso a los contenidos elaborados localmente, apoyar a los protagonistas nacionales y fortalecer a las industrias culturales exportadoras, las empresas de televisión quedarán obligadas a difundir una cuota no menor al 50% de su programación total a través de contenidos de producción nacional, la que aumentará al 70% en el caso de los canales públicos. Algo similar ocurre con cines y radios.

Ahora bien ¿es compartible, esta imposición?

Fuera de lo estrictamente jurídico, la inquietud refiere a si en una democracia liberal resulta adecuado que el estado recorte la libertad de los ciudadanos, en aras de lo que estima son los intereses de los mismos, limitando, según su procedencia, los contenidos a difundir por los medios.

En este sentido podría alegarse que el proyecto incurre en paternalismo en cuanto decide, sin consultarlos, por el bien de terceros.

Y aun cuando se argumentara que ello se realiza para mejor ilustrarlos, siempre cabría argüirse que para tal demostración bastaría con utilizar los medios y canales estatales.

De igual modo que no podría defenderse la ley con el argumento, utilizado por la gremial de actores, que su sanción incrementaría el trabajo nacional, si ello, efectivamente, conculcara la libertad de la audiencia.

Todo esto demuestra estar en presencia de un debate complejo.

Tanto que sería más deseable que en lugar de imponerla, como se propone, se alentara la difusión de la cultura nacional mediante una política indirecta, de premios o desgravaciones fiscales.

Una opción que sin cuestionar la libertad encierra muy distintas consecuencias.

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