MARCELA DOBAL
El Poder Ejecutivo decidió que la suba de la Base de Prestaciones y Contribuciones (BPC) sea igual a la inflación de 2012, lo que entre otras cosas elevará el mínimo no imponible del IRPF este año a $ 18.185 y también la deducción por hijo.
El jefe de la Asesoría Macro-económica del Ministerio de Economía, Andrés Masoller, adelantó ayer a El País que el aumento de la BPC será idéntico a la evolución de los precios al consumidor (que en 2012 avanzaron un 7,48%), por lo que esta unidad de referencia subirá de $ 2.417 a $ 2.598.
A partir de la BPC se determina el mínimo no imponible del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF), las franjas de aportes de ese tributo y sus deducciones. Lo mismo ocurre con el Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (ver nota aparte).
Como consecuencia, el mínimo no imponible subirá de $ 16.919 a $ 18.185 (siete BPC) y ahora los ingresos laborales nominales menores a ese valor estarán exonerados de IRPF. Ese es el estimativo mensual, si bien el impuesto es de carácter anual. La suba fue de $ 1.266.
En cuanto a las franjas de aportación mensuales, pasará a pagar 10% el tramo del salario entre $ 18.186 y $ 25.978.; un 15% el que va entre $ 25.979 y $ 38.967; 20% desde $ 38.968 hasta $ 129.890; 22% de $ 129.891 a $ 194.834 y 25% de $ 194.835 hasta $ 298.746. Finalmente, pagará un 30% el salario que supere ese monto, que era de $ 277.955 el año pasado ($ 20.791 menor).
También sube el mínimo no imponible que aplica en caso de tributar por núcleo familiar. Si los dos integrantes de la pareja perciben más de un salario mínimo por mes, tendrán como mínimo no imponible de IRPF el equivalente a 14 BPC, que serán $ 36.369 (hasta el año pasado $ 33.838). Si solo uno de ellos percibe un salario mínimo o más, el nuevo mínimo no imponible pasa de $ 19.336 a $ 20.782 (ocho BPC).
Con la suba de la BPC también se ajustan las deducciones que pueden hacerse al IRPF. La correspondiente por cada hijo menor a cargo aumentará de $ 2.618 a $ 2.814. En el caso de una persona a cargo con discapacidad (no importa la edad), la deducción sube de $ 5.237 a $ 5.629.
Por otra parte, este año comenzará a aplicarse una deducción por pago de cuotas hipotecarias, según dispuso la ley de cambios tributarios aprobada en 2012. Se podrá acceder al descuento siempre que el valor de la vivienda no haya superado las 794.000 Unidades Indexadas ($ 2.005.802 a hoy, unos US$ 103.429). La ley especificó que el monto total deducible "no podrá superar" las 36 BPC anuales; esto es $ 93.520 en el año, que equivale a un tope de $ 7.793 al mes.
ANTECEDENTES.
El ajuste anual de la BPC se puede realizar tanto por la evolución del Índice Precios al Consumo (IPC) como por el Índice Medio de Salarios. En cualquiera de los dos indicadores que sea empleado, el Poder Ejecutivo tiene discrecionalidad para ajustar más/menos un 20%.
Este año es la segunda vez consecutiva que el gobierno opta por que la suba de la BPC iguale la inflación.
Un año atrás la evolución del IPC era más alta (8,6%) y por ende la suba de la BPC fue mayor. Como los salarios iban creciendo a mayor ritmo que la inflación, en esa oportunidad se resolvió que algunas prestaciones de seguridad social dejaran de ajustarse por BPC, como los topes que pueden cobrarse por seguro de paro y enfermedad, el valor de las asignaciones familiares, así como el tope de ingreso para acceder a la prima por edad. Así, pasaron a ajustarse en función de la variación de la Unidad Reajustable -que acompaña la suba del salario medio-. Este año el ajuste fue de 12,22%, como informó El País el viernes. Con aquella decisión los ministerios de Trabajo y Economía recogieron la preocupación que habían transmitido la organización de jubilados (Onajpu) y el Pit-Cnt.
Mínimo de IASS en $ 20.782
El ajuste de la Base de Prestaciones y Contribuciones (BPC) también produce un incremento en el mínimo no imponible del Impuesto a la Asistencia de la Seguridad Social. Ahora, el mínimo mensual pasará de $ 19.336 a $ 20.782 (ocho BPC), por lo que aquellos que perciben pasividades inferiores a ese monto estarán exonerados del pago del tributo.
También se modifican las franjas que determinan los pagos del IASS, al igual que ocurre con el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Así, el tramo de pasividad que estará gravado con una tasa de 10% es el que va de $ 20.783 a $ 38.967, se le descontará un 20% al tramo entre $ 38.968 y $ 129.890 y el tramo de la pasividad que supere ese monto pagará un 25% de IASS.
También se verá afectada la jubilación mínima, que hoy está en 2,25 BPC. Con el ajuste de 7,48% que resolvió el Poder Ejecutivo esta prestación subirá de $ 5.438 a $ 5.845. A su vez, el Poder Ejecutivo está discutiendo con la gremial de pasivos (Onajpu) una nueva suba de la jubilación mínima a 2,5 BPC en julio.
El director de Seguridad Social, Roberto Baz, dijo a El País que aún "no está decidido" y que el diálogo "se retomará en marzo".
En caso de que se alcance un acuerdo, como ocurrió el año pasado (que en julio la jubilación mínima subió de 2 a 2,25 BPC), se lograría que al incremento que ya habrá desde enero de $ 407 se sume otro de $ 649.