Publicidad

Afiliados voluntarios y mayores de 40 en 1996 podrán dejar AFAP

Universo. Se trata de unas 690.000 personas que hoy están registradas

Compartir esta noticia
 20121101 800x391

MARCELA DOBAL

En el Diálogo de Seguridad Social hay coincidencia en que la desafiliación de las AFAP se permita a 690.000 trabajadores que ingresaron por su voluntad y a quienes tenían más de 40 años en 1996. Esta opción será general y no transitoria.

La reunión de la Comisión Ejecutiva del Diálogo que tuvo el martes comenzó de lleno a tratar el tema y se definieron algunos aspectos de base. Uno de ellos es quiénes podrán optar por desafiliarse de las Administradoras de Fondos de Ahorro Previsional (AFAP).

La subdirectora de Seguridad Social, Ivonne Pandiani, dijo a El País que "no hay dudas que aquellos que se afiliaron voluntariamente deberían poder hacer uso de esta nueva norma o disposición" que surgirá del Diálogo.

En este grupo también se consideran incluidos a quienes cuando comenzó a funcionar el sistema en 1996 ingresaron con más de 40 años de edad, ya que "no estaban obligados a estar en el régimen pero decidieron estarlo" por lo que "expresaron su voluntad".

Pandiani dijo que sobre este punto "hay coincidencia" en la Comisión, integrada por el Pit-Cnt, la gremial de pasivos Onajpu, los ministerios de Economía y Trabajo, la presidencia del Banco de Previsión Social (BPS), así como representantes de los empresarios y de los partidos políticos.

De acuerdo a la ley 16.713, es obligatorio aportar a una AFAP cuando el ingreso laboral supera los $ 28.067 nominales -en términos líquidos son unos $ 21.500 para un trabajador sin hijos-, por lo que los afiliados que perciben un monto superior no podrán salirse (por más que inicialmente, con un sueldo menor, hayan optado por ingresar al sistema).

Las AFAP remitieron un documento a la Comisión Ejecutiva donde notifican que en ese sistema de ahorro individual unas 690.000 personas nunca superaron los $ 28.067 y tienen en sus cuentas US$ 1.600 millones, informó a El País el representante de los trabajadores en el BPS, Ariel Ferrari.

Desde que el régimen comenzó en abril de 1996, los distintos gobiernos habilitaron períodos de "ventana" para que ciertos colectivos pudieran salir de las AFAP. Esto ocurrió en los años 1996, 2000, 2004 y 2008. Pandiani informó que si bien aún no se definió el tipo de norma que habilitará la desafiliación, sí se prevé que sea "una norma de carácter general y no un decreto transitorio como otras veces".

Lo que será motivo de discusión en las próximas reuniones de la Comisión es en qué momento se podrá desafiliar el trabajador, es decir, "a qué altura lo podría hacer: si cuando recién empieza a trabajar o cuando tiene la carrera laboral más avanzada", dijo Pandiani.

Aún no se definió si el criterio será la edad del afiliado (por ejemplo, a los 50 años) o la cantidad de años de historia laboral (a los 20 años de aportes, por ejemplo). La propuesta que se había planteado en discusiones previas y pierde terreno es que el afiliado pueda decidir al momento de jubilarse por qué sistema percibir la pasividad: el de reparto (solo se la paga el BPS) o el mixto (jubilación pagada en parte por BPS y en parte por la AFAP). Se entiende que esto genera mayor incertidumbre al BPS y genera un costo inesperado a ese régimen del BPS, señalaron Pandiani y Ferrari. En tanto no se acuerden éste y otros aspectos, la desafiliación no podrá habilitarse, por lo que aún no se sabe cuándo estará disponible.

Otro aspecto sobre el que hay coincidencia en el Diálogo es en la importancia de que el BPS tenga la obligación de informar a los trabajadores sobre las implicancias de uno y otro régimen. No obstante, quedan también pendientes otros aspectos, entre ellos de qué manera se traspasarían los fondos de los afiliados de AFAP que salgan del sistema al BPS. "Si vuelven al BPS en plata o si los títulos pueden pasar a su nombre hasta su vencimiento", dijo Ferrari.

Analizan revertir el aporte 50%-50%

En el Diálogo se planteó también analizar la posibilidad de que los afiliados obligados al sistema de ahorro individual (cuyos ingresos nominales superan los $ 28.067) puedan revertir su decisión de aportar por un 50% de su sueldo a su Administradora de Fondos de Ahorro Previsional (AFAP) y el otro 50% al Banco de Previsión Social (BPS).

Este aspecto está vinculado con el artículo 8 de la ley 16.713 de seguridad social, que da dos opciones a los afiliados. Una es aportar a su cuenta individual de la AFAP un 50% de los aportes jubilatorios (que se invierten con el fin de obtener una rentabilidad) y el resto al BPS.

La otra opción es aportar al BPS por el tramo de ingreso hasta los $ 28.067 y a la AFAP por el tramo que sobrepase ese monto.

Lo que estudia el Diálogo es que aquellos afiliados obligados que decidieron aportar por la mitad de su sueldo a la AFAP puedan revertir su decisión si se sienten perjudicados, informó a El País el representante de los trabajadores en el directorio del BPS, Ariel Ferrari.

Así, esos trabajadores siguen obligados a aportar al sistema pero muchos podrán optar por aportar menos de lo que actualmente vierten a su cuenta individual (cambiar su voluntad). Esto busca contemplar a aquellos trabajadores que usualmente no ganan más de $ 28.067 pero algún mes cobraron más (por horas extras o algún trabajo extra) y entonces aportaron a la AFAP un monto insignificante para su ahorro individual.

¿Encontraste un error?

Reportar

Te puede interesar

Publicidad

Publicidad