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El mínimo no imponible del IRPF se incrementará 8% hasta $ 15.582

Ajuste. Ejecutivo definió suba de la Base de Prestaciones y Contribuciones

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MARCELA DOBAL

El Poder Ejecutivo decidió aumentar 8% la Base de Prestaciones y Contribuciones (BPC), por lo que su monto pasará de $ 2.061 a $ 2.226. Esto repercutirá en el mínimo no imponible del IRPF, que pasa a ser de $ 15.582 para los trabajadores.

"El aumento va a ser de 8%", anunció a El País el ministro de Trabajo, Eduardo Brenta, al ser consultado sobre el ajuste de la BPC que es retroactivo al 1° de enero.

El ajuste es un punto porcentual mayor a la inflación registrada el año pasado, que fue de 6,9%, y menor al del incremento de los salarios (10,1%) en los 12 meses cerrados a noviembre, según el Instituto Nacional de Estadística (INE).

El aumento de la BPC se puede realizar tanto por la evolución del Índice de Precios al Consumo como por el Índice Medio de Salarios. En cualquiera de los dos indicadores que sea empleado, el Poder Ejecutivo tiene discrecionalidad para ajustar más/menos un 20%.

El incremento que resolvió este año es mayor al que se definió en 2010 (6%), pero menor al de comienzos de 2009 (9,5%).

A partir de la BPC se fija el mínimo no imponible del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF), las franjas de aportes de ese gravamen y sus deducciones. Por tanto, el mínimo no imponible pasará a ser de $ 15.582 (siete BPC), es decir, $ 1.155 superior que el actual ($ 14.427).

También sube el mínimo no imponible en caso de tributar por núcleo familiar. Si los dos integrantes de la pareja perciben más de un salario mínimo por mes, tendrán como mínimo no imponible de IRPF el equivalente a 14 BPC, que serán $ 31.164 (actualmente es $ 28.854). Si solo uno de ellos percibe un salario mínimo o más, el nuevo mínimo no imponible para tributar bajo núcleo familiar pasa de $ 16.488 a $ 17.808.

Además, se modifican las franjas de aportación. Pasarán a pagar 10% los salarios en- tre el mínimo no imponible ($ 15.582) y $ 22.250; 15% los comprendidos entre $ 22.250 y $ 33.375; 20% desde $ 33.375 hasta $ 111.300 y 22% entre $ 111.300 y $ 222.600.

A partir de los $ 222.600 se tributará 25%. Ese monto era de $ 206.101 el año pasado, es decir, $ 16.499 por debajo del que entra a regir en 2011.

Las deducciones que pueden aplicar para el pago del IRPF cambian también. Por hijos menores de edad a cargo se pueden deducir $ 2.411,6 al mes. En tanto, por hijos mayores o menores legalmente declarados incapaces se puede deducir $ 4.823. En el caso de tutela o curatela se aplican las mismas deducciones.

La deducción por hijo es por concepto de salud (cuando está amparado por el Fonasa), gastos de educación, alimentación y vivienda.

PASIVOS. Los cambios también alcanzarán a los pasivos. La jubilación mínima actualmente se ubica en 1,75 BPC, es decir, $ 3.607. Con el ajuste de 2011, ese monto se elevará a $ 3.895.

Como el Ejecutivo ya anunció que la jubilación mínima aumentará a dos BPC el 1° de julio, a partir de ese mes se ubicará en $ 4.452.

Asimismo, cambia el monto mínimo no imponible por el Impuesto de Asistencia de Seguridad Social (IASS), que aumentará de los $ 16.488 actuales a $ 17.808.

Las franjas de aportación también se modifican. Pasarán a descontarles 10% a las jubilaciones de entre $ 17.808 y $ 33.390, 20% desde $ 33.390 a $ 111.300 y 25% para montos superiores a ese último.

SUBSIDIO POR ENFERMEDAD. El seguro por enfermedad equivale a 70% del salario del trabajador a partir del cuarto día que se ausenta o desde el primer día de internación. Su tope fue ajustado y a partir de este año es de cuatro BPC o su equivalente a partir del ajuste de $ 8.904.

La reciente ley 18.725 aprobada por el Parlamento en diciembre modificó el tope de subsidio por enfermedad, que hasta 2010 era de tres BPC. Los legisladores decidieron que ese beneficio máximo se incrementará en una BPC anual hasta que en enero de 2015 sea de ocho BPC.

ASIGNACIÓN FAMILIAR. El tope de ingresos totales para recibir este beneficio económico varía según la cantidad de niños a cargo. En el caso de dos hijos, el tope sube a $ 22.260 (diez BPC), en los de tres hijos o más aumenta a $ 24.486 (11 BPC).

Además, se modifican las dos franjas de ingresos que determinan el monto de la asignación: el que recibe el mayor beneficio pasa a ser aquél con ingresos inferiores a $ 13.356. Hasta el momento, esa franja alcanzaba a los $ 12.366.

BECAS UNIVERSIDAD. Los egresados de la Universidad de la República (Udelar) y de nivel terciario de la UTU contribuyen al Fondo de Solidaridad que otorga becas a estudiantes universitarios a partir de los cinco años de haber egresado.

Sus aportes también se rigen por la BPC. En ambos casos, si la carrera de la que se recibieron es menor a cuatro años, deberán aportar $ 1.113. Para las de cuatro años, el aporte es de $ 2.226 y para las de cinco o más deberán pagar $ 3.710.

A su vez, aumenta el beneficio que reciben los estudiantes becados.

El monto máximo de apoyo económico que otorga el Fondo es de dos BPC mensuales (que se perciben de forma bimestral), por lo que con el ajuste de 2011 aumentará de $ 4.122 a $ 4.452.

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