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Mató a un delincuente y lo procesaron sin prisión

Jueza. Dictó "homicidio culposo"; no hubo legítima defensa

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DIEGO CASTRO

La Justicia procesó sin prisión a un hombre que mató a un delincuente de 18 años, en momentos en que éste perpetraba un hurto en una finca próxima a la suya. Se le tipificó un delito de homicidio culposo.

El hecho ocurrió en la noche del jueves, en una vivienda ubicada en Calle C y 21, en Parque del Plata. El ahora procesado manifestó a la Policía que al observar que un desconocido había ingresado a la casa de un vecino, tomó una escopeta calibre 16, de su propiedad con el fin de realizar un tiro intimidatorio, contra el ladrón.

Sin embargo, el disparo dio en el pecho de Christian Sergio Caputto Araújo, de 18 años, causándole la muerte.

Al llegar la Policía se constató que Caputto tenía dos heridas, una en el pecho y la otra debajo de la axila. Sin embargo, la pericia forense determinó que fue un solo disparo, con una escopeta de perdigones.

H.N.B., de 66 años fue trasladado al juzgado de Atlántida, donde declaró durante toda la jornada. Sobre las siete de la tarde, la jueza Gabriela Tejera, determinó su procesamiento sin prisión por homicidio culposo, al entenderse que la intención del procesado no era matar al ladrón, sino efectuar un disparo intimidatorio.

Desde la Suprema Corte de Justicia, Raúl Oxandabarat explicó que "el resultado del acto es homicidio, pero es culposo cuando yo queriendo hacer una cosa, hago otra".

Este caso, se asemeja al del herrero que en la noche del domingo dio muerte a otro ladrón cuando robaba de los fondos de su casa en Paso de la Arena.

"Hay una diferencia sustancial, en el caso de Paso de la Arena el hombre le dispara al ladrón cuando estaba huyendo, en el caso de Parque del Plata el asaltante estaba de frente, por lo que se puede asumir que aún hay una situación de peligro o de amenaza para quien dispara", sostuvo Oxandabarat.

En ninguno de los dos casos se configura la legítima defensa completa o incompleta, figura legal que se aplicó en varios casos en los últimos tiempos y por la cual reclamaron tanto vecinos de Parque del Plata como los de Paso de la Arena.

"Para que esto se configure deben existir tres características: en primer lugar debe existir una agresión ilegítima, se debe estar en igualdad de condiciones y no debe existir provocación de parte de quien se defiende", dijo el vocero judicial.

canelones. Un asentamiento de la capital del departamento canario fue testigo de un enfrentamiento entre dos conocidos ladrones de la zona, que culminó con la muerte de uno de ellos.

El hecho ocurrió a última hora del jueves, cuando un sujeto, que es buscado por la policía, llegó al domicilio de Rubén Bentancurt, de 43 años, a increparle por una deuda que mantenía con el por tema de drogas.

La discusión pasó a una pelea, hasta que el sujeto, ahora prófugo, fue a su domicilio, contiguo al de Bentancurt, y desde el patio efectuó un disparo que lo hirió mortalmente.

Fuentes policiales, vinculadas al caso, indicaron que luego de herir a Bentancurt, el heridor y su esposa lo trasladaron en una motocicleta hasta un hospital cercano, donde lo dejaron y huyeron. Minutos después Bentancurt falleció.

Tanto el heridor como el fallecido tienen varios antecedentes penales.

Para la Policía, el caso está aclarado, aunque se busca el asesino de Bentancurt, también conocido como "El Tiki", así como su esposa, ya que ambos fugaron de los lugares que habitualmente frecuentan, luego de cometido el crimen.

Se trata de un hombre de 32 años, cuyo antecedentes son, en su gran mayoría, por hurtos, realizados en buena parte del departamento canario.

Disparo fue intencional

El caso del herrero que disparó y dio muerte a un delincuente, sorprendido cuando ingresaba a robar, no se encuadró a juicio del magistrado en una hipótesis de "legítima defensa incompleta", como reclamó el defensor del autor del disparo. En el auto de procesamiento del juez Álvaro Beyauth, se revela que el acusado intentó argumentar que el disparo había sido "accidental", por ende sin intenciones de matar al intruso. "E.R.R. agregó que el arma de fuego la portaba en su mano derecha, hacia abajo, al enredarse con la cadena del perro `de un metro y medio` se le escapó un tiro", recoge el fallo judicial. No obstante, la declaración del indagado es luego contrastada con la pericia del Departamento de Balística Forense de Policía Técnica, que expresa: "el arma dubitativa no admite el disparo en forma accidental, debiendo en todos los casos para efectuar un disparo presionar la cola del disparador". El arma en cuestión era un rifle CBC calibre 22. La indagatoria recoge también el testimonio de un sereno que vio al delincuente cuando huía y oyó cuando gritó que no le dispararan. "Iba caminando por la calle y ahí fue cuando gritó que no le tiraran", declaró. El juez adujo que la legítima defensa incompleta "no lo exoneraría de responsabilidad" y sólo sería tomada como un atenuante. Por ello E.R.R. fue procesado por homicidio.

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