Con variada argumentación, el juez federal subrogante de Concepción del Uruguay, Gustavo Pimentel, consideró que "supeditar el cese de la obstrucción de la ruta al desmantelamiento de la planta de celulosa (de UPM) deviene desproporcionado e irrazonable".
Por ello, ratificó oficios judiciales emitidos en 2006 y 2007 que ordenaban arbitrar los medios necesarios para garantizar la normal circulación, lo que señaló está supeditado a las instrucciones que reciba la Gendarmería del Ministerio del Interior de Argentina.
El magistrado resaltó que la medida de corte "no recae sobre quien se sindicaría como protagonista del riesgo -emprendimiento UPM ex Botnia-, sino sobre terceros -usuarios del carril vial-, (por lo cual) debe descartarse de cuajo la búsqueda de justificación en la legítima defensa", puesto que "sólo tiene sentido frente al agresor y no frente a terceros que no han intervenido en la agresión".
Con relación al reclamo de los piqueteros de desmantelar la planta de UPM, Pimentel indicó que "solicitar al poder público algo que éste no se halle autorizado para conceder no solamente es absurdo, sino también contrario a la ética cívica que debe privar en las relaciones entre gobernantes y gobernados".
El juez consideró que a la fecha "no existen elementos que permitan restarle validez" a las ordenes judiciales de 2006 y 2007, más aun cuando preveían "a fin de evitar cualquier tipo de excesos, que se vele por la seguridad de los manifestantes"; "no siendo por ende necesaria una nueva disposición al respecto".
En esos oficios mencionados por Pimentel se marcaba la necesidad de "arbitrar los medios necesarios para garantizar la normal circulación de vehículos que transiten por las rutas nacionales" y "la totalidad de los pasos fronterizos".
Además, ordenaban individualizar a los manifestantes que cortan la ruta y a resguardar "los derechos de libre circulación".