PABLO MELÉNDREZ
A un juzgado penal llegan diversos asuntos; algunos trágicos como la muerte de una persona en un accidente, y otros de menor trascendencia como puede ser un hurto. Pero tanto los jueces, como los funcionarios judiciales y fiscales sienten una sensación de particular rechazo cuando se trata del fallecimiento de un niño, porque saben que más allá de que sancionen a los responsables -si es que hubo un delito- se ha perdido una vida en sus comienzos, y ya nada puede hacerse al respecto.
Lógicamente que la indignación es mucho mayor aún cuando el fallecimiento del niño fue producto de la acción o la omisión de sus padres o responsables legales, que en lugar de velar por su cuidado y atención, terminan cegando su vida.
El Código Penal, vigente desde 1934, prevé en su artículo 279: "El que omitiere el cumplimiento de los deberes de asistencia inherentes a la patria potestad poniendo en peligro la salud moral o intelectual del hijo menor será castigado con tres meses de prisión a cuatro años de penitenciaría".
Esa figura es aplicable en casos donde existe una omisión, pero cuando esa situación deriva en un fallecimiento, la situación judicial de los padres o responsables del niño es mucho más compleja, porque el hecho pasa ser un eventual homicidio.
Así, un hombre y su pareja fueron procesados con prisión imputados por el delito de "homicidio especialmente agravado en la modalidad de comisión por omisión". Ambos fueron responsabilizados por las circunstancias en las que falleció la hija del hombre, de poco menos de dos años de edad.
Luego de los enjuiciamientos, las defensas apelaron esa decisión bajo un argumento tan similar como reprochable: el hombre responsabilizaba a la mujer por las condiciones en que se encontraba la niña, mientras que ésta acusaba al padre.
La defensa del hombre sostuvo que prácticamente no estaba con la niña, ya que pasaba la mayor parte del día trabajando. Por eso, la pequeña se encontraba mayormente bajo el cuidado de su pareja, que también se ocupaba de otros dos niños nacidos de una relación que la mujer tuvo con otro hombre.
El abogado del padre de la niña fallecida pidió que se le modificara la imputación, pasando de "homicidio especialmente agravado en la modalidad de comisión por omisión" a un delito de "omisión de los deberes inherentes a la patria potestad". Por su parte, la defensa de la mujer reclamó su absolución total, al entender que no tuvo ninguna responsabilidad en el hecho, según alegó.
Ante los argumentos de las defensas, el caso fue elevado a un Tribunal de Apelaciones Penal que, por un unanimidad de sus tres integrantes, ratificó los procesamientos de ambos en una contundente sentencia.
Los magistrados tomaron en cuenta que el informe forense que estableció que la niña falleció a causa de varias heridas y golpes, lo que en esa especialidad médica se conoce como "Síndrome del Niño Maltratado".
"Conforme a lo expuesto y aplicando el criterio de la Sala al caso, resulta a esta altura que los encausados son quienes se han vinculado directamente con la víctima todo el tiempo desde que empezaron a convivir, teniendo los dos las mismas oportunidades para lastimarla y resulta que las lesiones que presenta la niña, no sólo eran indisimulables -lo que descarta la ignorancia del padre al respecto-, sino que además ninguna de ellas podía tener causa en las que invocaron ambos inicialmente", expresa la resolución del Tribunal.
Por otra parte, la sentencia llega a la conclusión de que ambos eran conscientes de los malos tratos a los que era sometida la pequeña, en virtud de "las acusaciones recíprocas que se hacen los encausados, donde uno dice que la oportunidad de provocar las lesiones la tuvo la otra solamente y la otra dice expresamente que quien maltrataba a la niña y era violento con ella era el otro".
Finalmente, la resolución señala que si bien los procesados no admitieron expresamente la existencia de malos tratos, esa situación se evidencia en algunas situaciones, cuando el padre "zamarreaba" a la niña.
Al filo de la ley
Pareja a procesada por muerte de niña
ficha
Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 1er Turno
Fecha: 29 octubre 2009
Redactor: A. Damasco
Firmantes: Ángel Cal y Alberto Reyes
Situación: pareja procesada con prisión por los malos tratos infligidos a la hija del hombre, de apenas dos años, que falleció.
Fallo: confirmó los enjuiciamientos, al considerar que los golpes y lesiones que presentaba la niña fueron responsabilidad de ambos.
Mantenga y vigile el nivel de debate y recuerde que nuestras Normas de Participación implican obligaciones y responsabilidades.